C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20241227-37)
Plan estratégico subvenciones – Orden 2178/2024, de 13 de diciembre, de la Consejera de Sanidad, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid para los años 2025, 2026 y 2027
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
VIERNES 27 DE DICIEMBRE DE 2024
Pág. 289
Órgano instructor: Dirección General Asistencial del SERMAS.
Su concesión se articula en régimen de concesión directa mediante la suscripción
anual de convenio específico con Asociación Española de Esclerosis Lateral
Amiotrófica.
La Asociación ADELA mantiene un trabajo constante para mejorar la calidad de
vida de las personas con Esclerosis Lateral Amitrófica, por lo que existen razones
de interés sanitario que justifican su concesión directa sin que se menoscabe los
principios de igualdad y objetividad.
g. Evaluación de la línea de ayuda en planes estratégicos anteriores.
Presente en anteriores planes, está línea viene alcanzado el cien por cien de su ejecución (el 75 por ciento a 2 de octubre de 2024), dando un cumplimiento satisfactorio a lo establecido en los respectivos convenios anuales.
SUBVENCIÓN DESTINADA A ASOCIACIONES, FUNDACIONES
U ORGANIZACIONES SIN ÁNIMO DE LUCRO QUE LLEVEN A CABO
PROYECTOS PARA LA ASISTENCIA SOCIOSANITARIA
DE LAS PERSONAS AFECTADAS POR VIH/SIDA
a. Sector al que se dirige la ayuda.
Las ayudas se destinan a entidades sin ánimo de lucro que trabajan en la asistencia
sociosanitaria de las personas afectadas por VIH/SIDA.
b. Objetivo al que se vincula la ayuda.
Atención y asistencia domiciliaria como el alojamiento y acogida en centros asistenciales para las personas afectadas por el VIH/SIDA. La atención domiciliaria
apoya la inserción familiar de los enfermos, intentado reducir su dependencia hospitalaria. Las casas de acogida en las que se proporcionan cuidados sanitarios representan también un recurso de apoyo social con el que se pretende satisfacer las
necesidades de hogar y afecto de los enfermos.
En consecuencia, esta línea de subvención promueve la consecución del objetivo
primero, contribuyendo a la mejora sanitaria e integración social.
c. Plazos de consecución.
Dada su naturaleza, el objetivo se va alcanzando de forma continuada, por lo que
las ayudas se proyectan para todo el plan estratégico.
d. Costes previsto y financiación.
Se prevé un importe global máximo de 400.000 euros por convocatoria
anual, 1.200.000 de euros para todo el plan.
Se vincula cada convocatoria a un ejercicio presupuestario, por tanto, queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el Programa 312B,
subconcepto 48099 del centro gestor 171188100, de los sucesivos Presupuesto
Generales de la Comunidad de Madrid.
No se prevén otros fondos financiadores que no sean los propios de la Comunidad
de Madrid.
e. Indicadores. Los indicadores para el seguimiento y evaluación establecidos son:
— Número de entidades concurrentes a la convocatoria.
— Porcentaje de ejecución presupuestaria del crédito destinado.
— Porcentaje de proyectos debidamente ejecutados respecto a los proyectos que
obtuvieron subvención en la convocatoria anterior.
f. Plan de acción.
Órgano instructor: Dirección General Asistencial del SERMAS.
Su concesión se articula en régimen de concurrencia competitiva. Las bases reguladoras fueron aprobadas por Orden 973/2013, de 14 de noviembre, de la Consejería de Sanidad.
El mecanismo para poner en práctica la línea de subvención es la convocatoria
anual de las ayudas que se publica en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID.
g. Evaluación de la línea de ayuda en planes estratégicos anteriores.
Presente en anteriores planes, está línea de subvención viene alcanzado un alto
grado de cumplimiento que, con los últimos datos disponibles (2023), se aproxima al 100 % del importe total establecido para el ejercicio, otorgándose dichas
ayudas a todos los solicitantes que cumplía con los requisitos establecidos en la
convocatoria.
BOCM-20241227-37
B.O.C.M. Núm. 308
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 27 DE DICIEMBRE DE 2024
Pág. 289
Órgano instructor: Dirección General Asistencial del SERMAS.
Su concesión se articula en régimen de concesión directa mediante la suscripción
anual de convenio específico con Asociación Española de Esclerosis Lateral
Amiotrófica.
La Asociación ADELA mantiene un trabajo constante para mejorar la calidad de
vida de las personas con Esclerosis Lateral Amitrófica, por lo que existen razones
de interés sanitario que justifican su concesión directa sin que se menoscabe los
principios de igualdad y objetividad.
g. Evaluación de la línea de ayuda en planes estratégicos anteriores.
Presente en anteriores planes, está línea viene alcanzado el cien por cien de su ejecución (el 75 por ciento a 2 de octubre de 2024), dando un cumplimiento satisfactorio a lo establecido en los respectivos convenios anuales.
SUBVENCIÓN DESTINADA A ASOCIACIONES, FUNDACIONES
U ORGANIZACIONES SIN ÁNIMO DE LUCRO QUE LLEVEN A CABO
PROYECTOS PARA LA ASISTENCIA SOCIOSANITARIA
DE LAS PERSONAS AFECTADAS POR VIH/SIDA
a. Sector al que se dirige la ayuda.
Las ayudas se destinan a entidades sin ánimo de lucro que trabajan en la asistencia
sociosanitaria de las personas afectadas por VIH/SIDA.
b. Objetivo al que se vincula la ayuda.
Atención y asistencia domiciliaria como el alojamiento y acogida en centros asistenciales para las personas afectadas por el VIH/SIDA. La atención domiciliaria
apoya la inserción familiar de los enfermos, intentado reducir su dependencia hospitalaria. Las casas de acogida en las que se proporcionan cuidados sanitarios representan también un recurso de apoyo social con el que se pretende satisfacer las
necesidades de hogar y afecto de los enfermos.
En consecuencia, esta línea de subvención promueve la consecución del objetivo
primero, contribuyendo a la mejora sanitaria e integración social.
c. Plazos de consecución.
Dada su naturaleza, el objetivo se va alcanzando de forma continuada, por lo que
las ayudas se proyectan para todo el plan estratégico.
d. Costes previsto y financiación.
Se prevé un importe global máximo de 400.000 euros por convocatoria
anual, 1.200.000 de euros para todo el plan.
Se vincula cada convocatoria a un ejercicio presupuestario, por tanto, queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el Programa 312B,
subconcepto 48099 del centro gestor 171188100, de los sucesivos Presupuesto
Generales de la Comunidad de Madrid.
No se prevén otros fondos financiadores que no sean los propios de la Comunidad
de Madrid.
e. Indicadores. Los indicadores para el seguimiento y evaluación establecidos son:
— Número de entidades concurrentes a la convocatoria.
— Porcentaje de ejecución presupuestaria del crédito destinado.
— Porcentaje de proyectos debidamente ejecutados respecto a los proyectos que
obtuvieron subvención en la convocatoria anterior.
f. Plan de acción.
Órgano instructor: Dirección General Asistencial del SERMAS.
Su concesión se articula en régimen de concurrencia competitiva. Las bases reguladoras fueron aprobadas por Orden 973/2013, de 14 de noviembre, de la Consejería de Sanidad.
El mecanismo para poner en práctica la línea de subvención es la convocatoria
anual de las ayudas que se publica en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID.
g. Evaluación de la línea de ayuda en planes estratégicos anteriores.
Presente en anteriores planes, está línea de subvención viene alcanzado un alto
grado de cumplimiento que, con los últimos datos disponibles (2023), se aproxima al 100 % del importe total establecido para el ejercicio, otorgándose dichas
ayudas a todos los solicitantes que cumplía con los requisitos establecidos en la
convocatoria.
BOCM-20241227-37
B.O.C.M. Núm. 308
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID