C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20241227-37)
Plan estratégico subvenciones – Orden 2178/2024, de 13 de diciembre, de la Consejera de Sanidad, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid para los años 2025, 2026 y 2027
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BOCM
VIERNES 27 DE DICIEMBRE DE 2024
Pág. 287
En consecuencia, esta línea de subvención promueve la consecución del objetivo
primero, contribuyendo a la humanización y conciliación de la vida personal y familiar del paciente con la esfera sanitaria.
c. Plazos de consecución.
Dada su naturaleza, el objetivo se va alcanzando de forma continuada, por lo que
las ayudas se proyectan para todo el plan estratégico.
d. Costes previstos y financiación.
Se prevé un importe global máximo de 386.000 euros por convocatoria
anual, 1.158.000 de euros para todo el plan.
Se vincula cada convocatoria a un ejercicio presupuestario, por tanto, queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el Programa 311O,
subconcepto 48099 del centro gestor 170130000, de los sucesivos Presupuesto
Generales de la Comunidad de Madrid.
No se prevén otros fondos financiadores que no sean los propios de la Comunidad
de Madrid.
e. Indicadores. Los indicadores para el seguimiento y evaluación establecidos son:
— Porcentaje concesión en función solicitudes recibidas.
— Porcentaje ejecución del gasto respecto al importe de la convocatoria.
f. Plan de acción.
Órgano Instructor: Dirección General de Humanización, Atención y Seguridad
del Paciente.
Su concesión se articula en régimen de concurrencia competitiva. Las bases reguladoras fueron aprobadas por Orden 175/2021, de 18 de febrero, de la Consejería
de Sanidad.
El mecanismo para poner en práctica la línea de subvención es la convocatoria
anual de las ayudas que se publica en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID.
g. Evaluación de la línea de ayuda en planes estratégicos anteriores.
La línea de ayuda ha estado presente en planes estratégicos anteriores, valorando
su contribución a la consecución de los objetivos de forma muy positiva.
Se destaca:
— En lo que refiere al porcentaje de proyectos subvencionados en relación con
las subvenciones solicitadas, se señala que, en general, han obtenido subvención todas las entidades que cumplieron los requisitos y cuyos proyectos se
adecuaban a la convocatoria.
— Se considera que existe un alto grado de consolidación de las actividades,
pues las entidades solicitan las ayudas de forma continuada. Dada la materia
que nos ocupa, las enfermedades crónicas, las actuaciones no pueden ser puntuales, sino que deben mantenerse de forma continuada.
— Los porcentajes de ejecución siempre han superado el 98 %, salvo en 2021,
por los efectos del COVID.
SUBVENCIÓN DE CONCESIÓN DIRECTA A FAVOR DE LA ASOCIACIÓN
ESPAÑOLA CONTRA EL CÁNCER, INSTRUMENTADA EN CONVENIO
DE COLABORACIÓN, DESTINADA AL DESARROLLO DE ACTIVIDADES
EN MATERIA DE CUIDADOS PALIATIVOS
a. Sector al que se dirige la ayuda.
Desarrollo de actividades en cuidados paliativos para personas con cáncer.
b. Objetivo al que se vincula la ayuda.
Desarrollo de actuaciones encaminadas a proporcionar asistencia sanitaria, psicológica, social y espiritual de forma integral a enfermos oncológicos graves y a sus
familias con el objetivo de mejorar la calidad de vida del paciente, de su familia y
cuidadores.
En consecuencia, esta línea de subvención promueve la consecución del objetivo
primero, contribuyendo a la mejora de la calidad de vida de los pacientes y su entorno más cercano desde una perspectiva holística.
c. Plazos de consecución.
Dada su naturaleza, el objetivo se va alcanzando de forma continuada, por lo que
las ayudas se proyectan para todo el plan estratégico.
d. Costes previsto y financiación.
BOCM-20241227-37
B.O.C.M. Núm. 308
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 27 DE DICIEMBRE DE 2024
Pág. 287
En consecuencia, esta línea de subvención promueve la consecución del objetivo
primero, contribuyendo a la humanización y conciliación de la vida personal y familiar del paciente con la esfera sanitaria.
c. Plazos de consecución.
Dada su naturaleza, el objetivo se va alcanzando de forma continuada, por lo que
las ayudas se proyectan para todo el plan estratégico.
d. Costes previstos y financiación.
Se prevé un importe global máximo de 386.000 euros por convocatoria
anual, 1.158.000 de euros para todo el plan.
Se vincula cada convocatoria a un ejercicio presupuestario, por tanto, queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el Programa 311O,
subconcepto 48099 del centro gestor 170130000, de los sucesivos Presupuesto
Generales de la Comunidad de Madrid.
No se prevén otros fondos financiadores que no sean los propios de la Comunidad
de Madrid.
e. Indicadores. Los indicadores para el seguimiento y evaluación establecidos son:
— Porcentaje concesión en función solicitudes recibidas.
— Porcentaje ejecución del gasto respecto al importe de la convocatoria.
f. Plan de acción.
Órgano Instructor: Dirección General de Humanización, Atención y Seguridad
del Paciente.
Su concesión se articula en régimen de concurrencia competitiva. Las bases reguladoras fueron aprobadas por Orden 175/2021, de 18 de febrero, de la Consejería
de Sanidad.
El mecanismo para poner en práctica la línea de subvención es la convocatoria
anual de las ayudas que se publica en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID.
g. Evaluación de la línea de ayuda en planes estratégicos anteriores.
La línea de ayuda ha estado presente en planes estratégicos anteriores, valorando
su contribución a la consecución de los objetivos de forma muy positiva.
Se destaca:
— En lo que refiere al porcentaje de proyectos subvencionados en relación con
las subvenciones solicitadas, se señala que, en general, han obtenido subvención todas las entidades que cumplieron los requisitos y cuyos proyectos se
adecuaban a la convocatoria.
— Se considera que existe un alto grado de consolidación de las actividades,
pues las entidades solicitan las ayudas de forma continuada. Dada la materia
que nos ocupa, las enfermedades crónicas, las actuaciones no pueden ser puntuales, sino que deben mantenerse de forma continuada.
— Los porcentajes de ejecución siempre han superado el 98 %, salvo en 2021,
por los efectos del COVID.
SUBVENCIÓN DE CONCESIÓN DIRECTA A FAVOR DE LA ASOCIACIÓN
ESPAÑOLA CONTRA EL CÁNCER, INSTRUMENTADA EN CONVENIO
DE COLABORACIÓN, DESTINADA AL DESARROLLO DE ACTIVIDADES
EN MATERIA DE CUIDADOS PALIATIVOS
a. Sector al que se dirige la ayuda.
Desarrollo de actividades en cuidados paliativos para personas con cáncer.
b. Objetivo al que se vincula la ayuda.
Desarrollo de actuaciones encaminadas a proporcionar asistencia sanitaria, psicológica, social y espiritual de forma integral a enfermos oncológicos graves y a sus
familias con el objetivo de mejorar la calidad de vida del paciente, de su familia y
cuidadores.
En consecuencia, esta línea de subvención promueve la consecución del objetivo
primero, contribuyendo a la mejora de la calidad de vida de los pacientes y su entorno más cercano desde una perspectiva holística.
c. Plazos de consecución.
Dada su naturaleza, el objetivo se va alcanzando de forma continuada, por lo que
las ayudas se proyectan para todo el plan estratégico.
d. Costes previsto y financiación.
BOCM-20241227-37
B.O.C.M. Núm. 308
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID