C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20241227-37)
Plan estratégico subvenciones – Orden 2178/2024, de 13 de diciembre, de la Consejera de Sanidad, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid para los años 2025, 2026 y 2027
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BOCM
VIERNES 27 DE DICIEMBRE DE 2024
Pág. 291
b. Objetivo al que se vincula la ayuda.
Se pretende mejorar la salud mental de la población infantojuvenil, fomentando la
participación de las entidades y su coordinación con la administración sanitaria en
el despliegue de estrategias y actividades de prevención de adicciones y promoción de la salud mental.
En consecuencia, esta línea de subvención promueve la consecución del objetivo
primero, contribuyendo a la mejora de la salud y la calidad de vida.
c. Plazos de consecución.
Dada su naturaleza, el objetivo se va alcanzando de forma continuada, por lo que
las ayudas se proyectan para todo el plan estratégico.
d. Costes previstos y su financiación.
Se prevé un importe global máximo de 1.000.000 euros por convocatoria anual,
3.000.000 de euros para todo el plan.
Se vincula cada convocatoria a un ejercicio presupuestario, por tanto, queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el Programa 313B,
subconcepto 48099 del centro gestor 170120000, de los sucesivos Presupuesto
Generales de la Comunidad de Madrid.
No se prevén otros fondos financiadores que no sean los propios de la Comunidad
de Madrid.
e. Indicadores. Los indicadores para el seguimiento y evaluación establecidos son:
— Número de entidades concurrentes a la convocatoria.
— Porcentaje de ejecución presupuestaria del crédito destinado.
— Porcentaje de proyectos debidamente ejecutados respecto a los proyectos que
obtuvieron subvención en la convocatoria anterior (a partir de la convocatoria de 2026).
f. Plan de acción.
Órgano Instructor: Dirección General de Salud Pública.
Su concesión se articula en régimen de concurrencia competitiva. Las bases reguladoras fueron aprobadas por Orden 2054/2024, de 21 de noviembre, de la Consejería de Sanidad.
El mecanismo para poner en práctica la línea de subvención es la convocatoria
anual de las ayudas que se publica en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID.
g. Evaluación de la línea de ayuda en planes estratégicos anteriores.
Estas ayudas se proyectaron por primera vez para el Plan Estratégico 2024. Durante dicho ejercicio se han elaborado y publicado las Bases Reguladoras. Teniendo en cuenta la proximidad del cierre del ejercicio contable 2024 y los trámites y
plazos requeridos para la convocatoria (incluyendo la aprobación del gasto por
Consejo de Gobierno, en atención a su cuantía), no existe previsión de ejecución
de la línea en lo referente al plan 2024. No obstante, las sucesivas convocatorias
se podrán llevar a efecto desde la aprobación del presente plan estratégico.
SUBVENCIÓN DE CONCESIÓN DIRECTA A FAVOR DE LA CRUZ ROJA
ESPAÑOLA, INSTRUMENTADA EN CONVENIO DE COLABORACIÓN,
DESTINADA A LA PREVENCIÓN DE LA TUBERCULOSIS, INFECCIONES
POR VIH Y OTRAS ACTIVIDADES DE SALUD PÚBLICA EN GRUPOS
DE RIESGO Y POBLACIÓN DESFAVORECIDA
a. Sector al que se dirige la ayuda.
Prevención de la tuberculosis, infecciones por VIH y otras actividades de salud
pública en grupos de riesgo y población desfavorecida.
b. Objetivo al que se vincula la ayuda.
Reducción en la incidencia de tuberculosis y de la infección por VIH en la Comunidad de Madrid, así como la prevención en la transmisión de estas infecciones
mediante el incremento en el desarrollo de actuaciones específicas de dichas infecciones en la población desfavorecida.
En consecuencia, esta línea de subvención promueve la consecución del objetivo
primero del plan.
c. Plazo de consecución.
Dada su naturaleza, el objetivo se va alcanzando de forma continuada, por lo que
las ayudas se proyectan para todo el plan estratégico.
d. Costes previstos y su financiación.
BOCM-20241227-37
B.O.C.M. Núm. 308
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 27 DE DICIEMBRE DE 2024
Pág. 291
b. Objetivo al que se vincula la ayuda.
Se pretende mejorar la salud mental de la población infantojuvenil, fomentando la
participación de las entidades y su coordinación con la administración sanitaria en
el despliegue de estrategias y actividades de prevención de adicciones y promoción de la salud mental.
En consecuencia, esta línea de subvención promueve la consecución del objetivo
primero, contribuyendo a la mejora de la salud y la calidad de vida.
c. Plazos de consecución.
Dada su naturaleza, el objetivo se va alcanzando de forma continuada, por lo que
las ayudas se proyectan para todo el plan estratégico.
d. Costes previstos y su financiación.
Se prevé un importe global máximo de 1.000.000 euros por convocatoria anual,
3.000.000 de euros para todo el plan.
Se vincula cada convocatoria a un ejercicio presupuestario, por tanto, queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el Programa 313B,
subconcepto 48099 del centro gestor 170120000, de los sucesivos Presupuesto
Generales de la Comunidad de Madrid.
No se prevén otros fondos financiadores que no sean los propios de la Comunidad
de Madrid.
e. Indicadores. Los indicadores para el seguimiento y evaluación establecidos son:
— Número de entidades concurrentes a la convocatoria.
— Porcentaje de ejecución presupuestaria del crédito destinado.
— Porcentaje de proyectos debidamente ejecutados respecto a los proyectos que
obtuvieron subvención en la convocatoria anterior (a partir de la convocatoria de 2026).
f. Plan de acción.
Órgano Instructor: Dirección General de Salud Pública.
Su concesión se articula en régimen de concurrencia competitiva. Las bases reguladoras fueron aprobadas por Orden 2054/2024, de 21 de noviembre, de la Consejería de Sanidad.
El mecanismo para poner en práctica la línea de subvención es la convocatoria
anual de las ayudas que se publica en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID.
g. Evaluación de la línea de ayuda en planes estratégicos anteriores.
Estas ayudas se proyectaron por primera vez para el Plan Estratégico 2024. Durante dicho ejercicio se han elaborado y publicado las Bases Reguladoras. Teniendo en cuenta la proximidad del cierre del ejercicio contable 2024 y los trámites y
plazos requeridos para la convocatoria (incluyendo la aprobación del gasto por
Consejo de Gobierno, en atención a su cuantía), no existe previsión de ejecución
de la línea en lo referente al plan 2024. No obstante, las sucesivas convocatorias
se podrán llevar a efecto desde la aprobación del presente plan estratégico.
SUBVENCIÓN DE CONCESIÓN DIRECTA A FAVOR DE LA CRUZ ROJA
ESPAÑOLA, INSTRUMENTADA EN CONVENIO DE COLABORACIÓN,
DESTINADA A LA PREVENCIÓN DE LA TUBERCULOSIS, INFECCIONES
POR VIH Y OTRAS ACTIVIDADES DE SALUD PÚBLICA EN GRUPOS
DE RIESGO Y POBLACIÓN DESFAVORECIDA
a. Sector al que se dirige la ayuda.
Prevención de la tuberculosis, infecciones por VIH y otras actividades de salud
pública en grupos de riesgo y población desfavorecida.
b. Objetivo al que se vincula la ayuda.
Reducción en la incidencia de tuberculosis y de la infección por VIH en la Comunidad de Madrid, así como la prevención en la transmisión de estas infecciones
mediante el incremento en el desarrollo de actuaciones específicas de dichas infecciones en la población desfavorecida.
En consecuencia, esta línea de subvención promueve la consecución del objetivo
primero del plan.
c. Plazo de consecución.
Dada su naturaleza, el objetivo se va alcanzando de forma continuada, por lo que
las ayudas se proyectan para todo el plan estratégico.
d. Costes previstos y su financiación.
BOCM-20241227-37
B.O.C.M. Núm. 308
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID