B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20241226-4)
Convocatoria proceso selectivo – Orden 3200/2024, de 11 de diciembre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan pruebas selectivas de promoción interna para el ingreso en el Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid, Escala Técnica o de Mando, Categoría de Inspector, Grupo A, Subgrupo A1
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 307
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 26 DE DICIEMBRE DE 2024
Pág. 27
5. El órgano de selección, en su sesión de constitución, aprobará, a propuesta del presidente y según lo previsto en el artículo 22.f) de la Orden 1285/1999, de 11 de mayo, un
calendario indicativo de actuaciones en el que se determinarán los plazos máximos en los
que se realizará el ejercicio del presente proceso selectivo, se publicará la relación de aprobados del mismo, la baremación de la fase de concurso, y la elevación a la dirección general competente en materia de función pública de la propuesta provisional de aspirantes que
hayan superado el proceso de selección, en los términos establecidos en la instrucción octava de la Orden de 1 de julio de 2022.
6. Todo el desarrollo de este proceso selectivo se regirá por lo recogido en el Decreto 188/2021, de 21 de julio, tanto en la fase de presentación de solicitudes, tal y como se
dispone en la base tercera de esta Orden, como en el envío de comunicaciones. Asimismo,
todas las comunicaciones o tratamiento de datos que se efectúen durante el desarrollo del
proceso selectivo, en todas sus fases, habrán de garantizar el cumplimiento de la normativa vigente en materia de protección de datos de carácter personal y en condiciones adecuadas de ciberseguridad, según los estándares establecidos por el órgano competente en materia de Administración Digital de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con la legislación
vigente en cada momento.
7. Por parte del tribunal calificador del presente proceso selectivo, se velará en todo
momento por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades a lo largo del desarrollo de este.
Séptima
El sistema de selección será el de concurso-oposición. Posteriormente, se realizará un
curso selectivo, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo 1/2006, de 28 de
septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley por la que se regulan los
Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamentos de la Comunidad de Madrid.
1. Fase de oposición.
1.1. El desarrollo de la fase de oposición se regirá por lo dispuesto en la base decimosegunda de la Orden 290/2018, de 27 de junio, y por el programa que figura
como anexo de la presente Orden.
En cuanto a la legislación aplicable y exigible en los ejercicios de que consta la
fase de oposición de esta convocatoria referida a los temas incluidos en el programa que figura como anexo de esta Orden, será la vigente en la fecha de publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de la Resolución
por la que se aprueben las relaciones definitivas de personas aspirantes admitidas
y excluidas y se anuncie la celebración de su primer ejercicio, en todo aquello que
no se encuentre expresamente contemplado en las bases recogidas en la presente
Orden y, teniéndose en cuenta, en el caso de la normativa que haya sido derogada, la que sustituya a la misma en la fecha de publicación ya indicada.
Asimismo, con carácter previo a la realización de cada uno de los ejercicios del
presente proceso selectivo que no sean tipo test y cuya forma de calificación se
encuentra ya recogida en estas bases, el tribunal calificador publicará los criterios específicos de valoración de estos exámenes, junto con la asignación de puntuación o porcentaje de cada uno de ellos a los que se ajustará el juicio técnico
de evaluación que el órgano de selección aplicará a los mismos.
1.2. La fase de oposición estará integrada por los ejercicios que a continuación se indican, todos y cada uno de ellos de carácter obligatorio y eliminatorio:
1.2.1. Primer ejercicio: contestación por escrito de un cuestionario tipo test propuesto por el tribunal, compuesto por setenta y cinco preguntas sobre el
programa de la fase de oposición, más cinco adicionales de reserva, que
serán valoradas en el caso de que se anule alguna de las setenta y cinco
anteriores comprendidas en aquel.
El tiempo máximo para la realización del ejercicio será de ochenta minutos.
Para cada pregunta se propondrán tres respuestas alternativas, siendo
solo una de ellas la correcta. Cada pregunta contestada correctamente se
valorará en positivo, la pregunta no contestada, es decir, aquella en la que
figuren las tres respuestas alternativas propuestas en blanco o con más de
una opción de respuesta, no tendrá valoración, penalizándose con 0,10
puntos cada una de las contestaciones erróneas.
BOCM-20241226-4
Sistema de selección
B.O.C.M. Núm. 307
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 26 DE DICIEMBRE DE 2024
Pág. 27
5. El órgano de selección, en su sesión de constitución, aprobará, a propuesta del presidente y según lo previsto en el artículo 22.f) de la Orden 1285/1999, de 11 de mayo, un
calendario indicativo de actuaciones en el que se determinarán los plazos máximos en los
que se realizará el ejercicio del presente proceso selectivo, se publicará la relación de aprobados del mismo, la baremación de la fase de concurso, y la elevación a la dirección general competente en materia de función pública de la propuesta provisional de aspirantes que
hayan superado el proceso de selección, en los términos establecidos en la instrucción octava de la Orden de 1 de julio de 2022.
6. Todo el desarrollo de este proceso selectivo se regirá por lo recogido en el Decreto 188/2021, de 21 de julio, tanto en la fase de presentación de solicitudes, tal y como se
dispone en la base tercera de esta Orden, como en el envío de comunicaciones. Asimismo,
todas las comunicaciones o tratamiento de datos que se efectúen durante el desarrollo del
proceso selectivo, en todas sus fases, habrán de garantizar el cumplimiento de la normativa vigente en materia de protección de datos de carácter personal y en condiciones adecuadas de ciberseguridad, según los estándares establecidos por el órgano competente en materia de Administración Digital de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con la legislación
vigente en cada momento.
7. Por parte del tribunal calificador del presente proceso selectivo, se velará en todo
momento por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades a lo largo del desarrollo de este.
Séptima
El sistema de selección será el de concurso-oposición. Posteriormente, se realizará un
curso selectivo, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo 1/2006, de 28 de
septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley por la que se regulan los
Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamentos de la Comunidad de Madrid.
1. Fase de oposición.
1.1. El desarrollo de la fase de oposición se regirá por lo dispuesto en la base decimosegunda de la Orden 290/2018, de 27 de junio, y por el programa que figura
como anexo de la presente Orden.
En cuanto a la legislación aplicable y exigible en los ejercicios de que consta la
fase de oposición de esta convocatoria referida a los temas incluidos en el programa que figura como anexo de esta Orden, será la vigente en la fecha de publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de la Resolución
por la que se aprueben las relaciones definitivas de personas aspirantes admitidas
y excluidas y se anuncie la celebración de su primer ejercicio, en todo aquello que
no se encuentre expresamente contemplado en las bases recogidas en la presente
Orden y, teniéndose en cuenta, en el caso de la normativa que haya sido derogada, la que sustituya a la misma en la fecha de publicación ya indicada.
Asimismo, con carácter previo a la realización de cada uno de los ejercicios del
presente proceso selectivo que no sean tipo test y cuya forma de calificación se
encuentra ya recogida en estas bases, el tribunal calificador publicará los criterios específicos de valoración de estos exámenes, junto con la asignación de puntuación o porcentaje de cada uno de ellos a los que se ajustará el juicio técnico
de evaluación que el órgano de selección aplicará a los mismos.
1.2. La fase de oposición estará integrada por los ejercicios que a continuación se indican, todos y cada uno de ellos de carácter obligatorio y eliminatorio:
1.2.1. Primer ejercicio: contestación por escrito de un cuestionario tipo test propuesto por el tribunal, compuesto por setenta y cinco preguntas sobre el
programa de la fase de oposición, más cinco adicionales de reserva, que
serán valoradas en el caso de que se anule alguna de las setenta y cinco
anteriores comprendidas en aquel.
El tiempo máximo para la realización del ejercicio será de ochenta minutos.
Para cada pregunta se propondrán tres respuestas alternativas, siendo
solo una de ellas la correcta. Cada pregunta contestada correctamente se
valorará en positivo, la pregunta no contestada, es decir, aquella en la que
figuren las tres respuestas alternativas propuestas en blanco o con más de
una opción de respuesta, no tendrá valoración, penalizándose con 0,10
puntos cada una de las contestaciones erróneas.
BOCM-20241226-4
Sistema de selección