C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20241224-1)
Convenio colectivo – Resolución de 9 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo del Sector de la Madera de la Comunidad de Madrid. Suscrito por la/s organizaciones empresariales ACOMAT, AFAMID y APISMA y por la representación sindical CC. OO. y UGT (Código número 28002235011982)
52 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 16
MARTES 24 DE DICIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 306
desarrolle. Este factor comprende tanto la necesidad de detectar problemas como la
de improvisar soluciones a los mismos.
Debe tenerse en cuenta:
III.
a)
Marco de referencia. Valoración de las limitaciones que puedan existir en el
puesto respecto a: acceso a personas con superior responsabilidad en el organigrama de la compañía, la existencia de normas escritas o manuales de
procedimiento.
b)
Elaboración de la decisión. Entendiendo como tal la obligación dimanante del
puesto de determinar las soluciones posibles y elegir aquella que se considera más apropiada.
Complejidad.
Factor cuya valoración está en función del mayor o menor número, así como del mayor o menor grado de integración de los restantes factores enumerados en la tarea o
puesto encomendado.
IV.
a)
Dificultad en el trabajo. Este subfactor considera la complejidad de la tarea a
desarrollar y la frecuencia de las posibles incidencias.
b)
Habilidades especiales. Este subfactor determina las habilidades que se requieren para determinados trabajos, como pueden ser esfuerzo físico, destreza manual, buena visión, etc., y su frecuencia durante la jornada laboral.
c)
Ambiente de trabajo. Este subfactor aprecia las circunstancias bajo las que
debe efectuarse el trabajo, y el grado en que estas condiciones hacen el trabajo desagradable. No se incluirán en este subfactor las circunstancias relativas a la modalidad de trabajo (nocturno, turnos, etc.).
Responsabilidad.
Factor en cuya elaboración se tiene en cuenta el grado de autonomía de acción del
titular de la función y el grado de influencia sobre los resultados e importancia de las
consecuencias de la gestión.
Este factor comprende los subfactores:
Responsabilidad sobre gestión y resultados. Este subfactor considera la responsabilidad asumida por el ocupante del puesto sobre los errores que pudieran ocurrir. Se valoran no sólo las consecuencias directas, sino también su
posible repercusión en la marcha de la empresa. En este sentido, conviene
no tomar valores extremos, sino un promedio lógico y normal. Para valorar
correctamente es necesario tener en cuenta el grado en que el trabajo es supervisado o comprobado posteriormente.
b)
Capacidad de interrelación. Este subfactor aprecia la responsabilidad asumida por el ocupante del puesto sobre contactos oficiales con otras personas,
de dentro y de fuera de la empresa. Se considera la personalidad y habilidad
necesarias para conseguir los resultados deseados, y la forma y frecuencia
de los contactos.
Mando.
Es el conjunto de tareas de planificación, organización, control y dirección de las actividades de otros, asignadas por la Dirección de la empresa, que requieren de los
conocimientos necesarios para comprender, motivar y desarrollar a las personas que
dependen jerárquicamente del puesto.
Para su valoración deberá tenerse en cuenta:
a)
Capacidad de ordenación de tareas.
b)
Naturaleza del colectivo.
c)
Número de personas sobre las que se ejerce el mando.
BOCM-20241224-1
V.
a)
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 16
MARTES 24 DE DICIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 306
desarrolle. Este factor comprende tanto la necesidad de detectar problemas como la
de improvisar soluciones a los mismos.
Debe tenerse en cuenta:
III.
a)
Marco de referencia. Valoración de las limitaciones que puedan existir en el
puesto respecto a: acceso a personas con superior responsabilidad en el organigrama de la compañía, la existencia de normas escritas o manuales de
procedimiento.
b)
Elaboración de la decisión. Entendiendo como tal la obligación dimanante del
puesto de determinar las soluciones posibles y elegir aquella que se considera más apropiada.
Complejidad.
Factor cuya valoración está en función del mayor o menor número, así como del mayor o menor grado de integración de los restantes factores enumerados en la tarea o
puesto encomendado.
IV.
a)
Dificultad en el trabajo. Este subfactor considera la complejidad de la tarea a
desarrollar y la frecuencia de las posibles incidencias.
b)
Habilidades especiales. Este subfactor determina las habilidades que se requieren para determinados trabajos, como pueden ser esfuerzo físico, destreza manual, buena visión, etc., y su frecuencia durante la jornada laboral.
c)
Ambiente de trabajo. Este subfactor aprecia las circunstancias bajo las que
debe efectuarse el trabajo, y el grado en que estas condiciones hacen el trabajo desagradable. No se incluirán en este subfactor las circunstancias relativas a la modalidad de trabajo (nocturno, turnos, etc.).
Responsabilidad.
Factor en cuya elaboración se tiene en cuenta el grado de autonomía de acción del
titular de la función y el grado de influencia sobre los resultados e importancia de las
consecuencias de la gestión.
Este factor comprende los subfactores:
Responsabilidad sobre gestión y resultados. Este subfactor considera la responsabilidad asumida por el ocupante del puesto sobre los errores que pudieran ocurrir. Se valoran no sólo las consecuencias directas, sino también su
posible repercusión en la marcha de la empresa. En este sentido, conviene
no tomar valores extremos, sino un promedio lógico y normal. Para valorar
correctamente es necesario tener en cuenta el grado en que el trabajo es supervisado o comprobado posteriormente.
b)
Capacidad de interrelación. Este subfactor aprecia la responsabilidad asumida por el ocupante del puesto sobre contactos oficiales con otras personas,
de dentro y de fuera de la empresa. Se considera la personalidad y habilidad
necesarias para conseguir los resultados deseados, y la forma y frecuencia
de los contactos.
Mando.
Es el conjunto de tareas de planificación, organización, control y dirección de las actividades de otros, asignadas por la Dirección de la empresa, que requieren de los
conocimientos necesarios para comprender, motivar y desarrollar a las personas que
dependen jerárquicamente del puesto.
Para su valoración deberá tenerse en cuenta:
a)
Capacidad de ordenación de tareas.
b)
Naturaleza del colectivo.
c)
Número de personas sobre las que se ejerce el mando.
BOCM-20241224-1
V.
a)