Fuenlabrada (BOCM-20241223-62)
Régimen económico. Ordenanzas fiscales
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 23 DE DICIEMBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 305

Artículo 10. Periodo Impositivo y Devengo.
1. De acuerdo con el carácter permanente y periódico de la prestación del servicio de
recepción obligatoria objeto de la Tasa, el periodo impositivo coincide con el año
natural.
No obstante, en lo supuestos de prestación del servicio respecto de aquellos residuos
que se generen en bienes inmuebles de naturaleza urbana que causen alta o baja en el
Catastro Inmobiliario, el periodo impositivo se ajustará a esta circunstancia,
prorrateándose por trimestres naturales completos, computándose como completo el
de inicio o cese de la prestación del servicio.
A estos efectos, no tendrán consideración de alta o baja en el Catastro Inmobiliario las
alteraciones catastrales consistentes en segregación, división, agregación o agrupación
de los bienes inmuebles, siempre que conste la referencia catastral previa de los
inmuebles afectados.
2. La Tasa por la prestación del servicio de Gestión de Residuos Domésticos se devenga
cuando se inicia la prestación del servicio que, atendiendo a su carácter periódico,
coincide con el primer día del periodo impositivo.
Dada su naturaleza de recepción obligatoria se considera iniciada la prestación cuando
esté establecido y en funcionamiento el servicio municipal de recogida, transporte y
tratamiento de los residuos domésticos, generados en los emplazamientos donde
radiquen los bienes inmuebles utilizados por los sujetos pasivos de la Tasa, con
independencia de que se encuentren temporalmente deshabitados, vacíos o sin
actividad económica, profesional o artística de cualquier naturaleza.

Artículo 11. Normas de Gestión.
1. La Oficina Tributaria del Ayuntamiento de Fuenlabrada es el órgano competente de
la gestión censal y tributaria de la Tasa por la prestación del servicio de Gestión de
Residuos Domésticos.
2. El Censo de la Tasa incluirá los siguientes datos por cada bien inmueble de
naturaleza urbana sitos en el término municipal de Fuenlabrada:
a) Referencia catastral, uso catastral de la construcción, dirección, valor catastral
total y metros cuadrados construidos.

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BOCM-20241223-62

b) Titular catastral del derecho de propiedad, con independencia de que sea
plena o nuda, domicilio fiscal y su número de identificación fiscal.