Villanueva de la Cañada (BOCM-20241223-89)
Régimen económico. Ordenanza fiscal
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BOCM
Pág. 588

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 23 DE DICIEMBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 305

TIPO DE COMERCIO

€/AÑO

1.- Oficinas, bancos, agencias de viaje, inmobiliarias, academiasde enseñanza, peluquerías, etc:
2
Hasta 150 m

38 €

2.- Resto establecimientos comerciales (excepto hostelería y alimentación), boutiques, papelerías, tiendas de regalo,
zapaterías, etc:
2
Hasta 150 m

38 €

2
Más de 150 m se incrementará la tarifa en un 15% por cada50 m2 o fracción.

2
2
Más de 150 m se incrementará la tarifa en un 15% por cada 50m o fracción.
3.- Supermercados y establecimientos relacionados con laalimentación:
2
Hasta de 50 m

75 €

2
De 51 a 100 m

150 €

2
De 101 a 200 m

300 €

2
De 201 a 350 m

525 €

2
De 351 a 500 m

750 €

2
De 501 a 800 m

2.500 €

2
De 801 a 1000 m

3.750 €

2
2
Más de 1.000 m se incrementará la tarifa máxima en un 10%por cada 200 m o fracción.
4.- Bares, cafeterías, pubs, restaurantes y establecimientoscomerciales del gremio de hostelería (excepto instalaciones
hoteleras):
2
Hasta de 50 m

75 €

2
De 51 a 100 m

150 €

2
De 101 a 200 m

300 €

2
De 201 a 350 m

525 €

2
De 351 a 500 m

750 €

2
2
Más de 500 m se incrementará la tarifa máxima en un 10%por cada 50 m o fracción.
5.- Instalaciones hoteleras y residencias:

Por cada plaza

3,2 €

6.- Centros Educativos (excepto universidades):

Por cada plaza

1,25 €

7.- Universidades:
2
Hasta 50.000 m de superficie construida

8.000 €

2
Más de 50.000 m de superficie construida

40.000 €

8.- Centros recreativos y de ocio:
Campos de golf

13.750 €

Parques acuáticos

13.750 €

Centros ecuestres

188 €

Otros clubs sociales y deportivos:
2
Hasta 10.000 m de superficie total

625 €

2
Más de 10.000 m de superficie total

1.250 €

9.- Naves industriales:
Almacenes y análogos
Hasta 300 m2

188 €

De 301 a 500 m2

375 €

De 501 a 1.000 m2

625 €

2
2
Más de 1.000 m se incrementará la tarifa máxima en un 10% por cada 100 m o fracción.
Industrias de elaboración
Hasta 300 m2

157 €

De 301 a 500 m2

313 €

De 501 a 1.000 m2

500 €

2
2
Más de 1.000 m se incrementará la tarifa máxima en un 10% por cada 100 m o fracción.
Talleres mecánicos
Hasta 300 m2

125 €

De 301 a 500 m2

250 €

De 501 a 1.000 m2

375 €

2
2
Más de 1.000 m se incrementará la tarifa máxima en un 10% por cada 100 m o fracción.
10.- Actividades agropecuarias:
11.- Estaciones de servicio:
12.- E.S.A.

75 €
188 €
375 €
1.500 €

Art. 7. Devengo y periodo impositivo.—La Tasa por prestación del servicio público
de recepción obligatoria de recogida, transporte y tratamiento de los residuos de competencia local se devengará en el momento en el que se inicie la prestación de dicho servicio.

BOCM-20241223-89

Otros (naves cuya actividad genere exclusivamente residuosasimilables a los de una oficina)