B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20241223-6)
Convenio colectivo –  Resolución de 12 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del Convenio Colectivo Único para el Personal Laboral al Servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid (2025-2028) (Código número 28004531011988)
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 150

LUNES 23 DE DICIEMBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 305

A su vez, las acciones formativas organizadas e impartidas por las organizaciones sindicales, los
colegios profesionales, las universidades, la Federación de Municipios de Madrid o cualquier otra
institución o entidad pública que no cumplan las condiciones del párrafo anterior, podrán ser
homologadas de conformidad con el procedimiento y los requisitos establecidos en el Acuerdo de 2
de abril de 2019, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba expresa y formalmente el Acuerdo
de 20 de marzo de 2019, de la Mesa General de Negociación de los empleados públicos de la
Administración de la Comunidad de Madrid, por el que se fijan los criterios generales de
homologación de acciones formativas dirigidas al personal funcionario, laboral y estatutario no
sanitario de la Administración de la Comunidad de Madrid impartidas por promotores externos o, en
su caso, el que lo sustituya.
5. Los empleados que incurran en dos o más evaluaciones de desempeño insuficientes o
inadecuadas, habrán de someterse a la formación obligatoria que así determine el órgano
competente en materia de personal de la respectiva consejería, organismo autónomo o ente público,
a propuesta, en su caso, del centro directivo del que dependa.
Artículo 94.

Programas de mentorización para la gestión del relevo generacional.

1. Durante la vigencia del presente convenio se pondrán en marcha programas de mentorización
o tutorización, que tendrán como objetivo principal facilitar una transmisión fluida y eficaz del
conocimiento interno entre generaciones de empleados en la Administración Pública, así como
permitir una más rápida y eficaz adaptación al desempeño de sus puestos de trabajo por el personal
de nuevo ingreso.
De este modo, a través de estos programas se pretende conservar el conocimiento interno
institucional, incentivar el desarrollo profesional y asegurar la continuidad operativa, en particular en
situaciones de relevo generacional.
2. En todo caso, estos programas se insertarán en un proyecto global de acogida de personal de
nuevo ingreso, que comportará al menos la puesta a disposición de los empleados que pasen a
formar parte de la función pública autonómica de cursos generales y especiales explicativos de la
organización de la Comunidad de Madrid, de sus derechos y deberes fundamentales, y de las
funciones asignadas.
3. El tutor desempeña un papel crucial en la integración y el desarrollo profesional del nuevo
personal.
Este rol busca crear un entorno inclusivo, asegurando que todo el personal de nuevo ingreso, y en
particular el perteneciente a categorías laborales que, por la configuración de su proceso selectivo,
por la naturaleza de los cursos específicos de acogida o por la índole eminentemente práctica de
sus funciones, puedan tener especiales dificultades de adaptación, cuente con las herramientas y el
apoyo necesarios para desempeñar dichas funciones de manera eficiente y satisfactoria desde su
incorporación a la Administración.
4.

Las principales tareas del tutor de estos programas respecto del empleado asignado incluyen:
a)

Orientación Inicial: ofrecerle una orientación completa sobre las políticas, procedimientos
y cultura organizativa de la Administración de la Comunidad de Madrid.

b)

Supervisión: controlar su progreso en el desarrollo de sus funciones, ofreciendo apoyo y
asesoramiento en su trabajo diario.

c)

Formación: detectar sus necesidades formativas y orientarlo y facilitarle acceso a la
formación necesaria.

d)

Evaluación: evaluar sus capacidades en relación con sus funciones para su mejora
continua.

a)

La detección y solicitud de adaptaciones necesarias en el lugar de trabajo.

b)

El acceso a tecnologías asistidas u otros recursos necesarios.

c)

La coordinación con otros departamentos para garantizar una integración plena y
efectiva.

BOCM-20241223-6

5. Se prestará especial atención a la tutorización de las personas con discapacidad intelectual
que ingresan a la Administración de la Comunidad de Madrid, asegurando que reciban el apoyo
necesario para superar cualquier barrera que puedan encontrar. Esto incluye, además de las
funciones anteriores, ofrecer el apoyo emocional y psicológico, para asegurar su bienestar y
adaptación al entorno laboral y el acompañamiento en aspectos como: