C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20241221-1)
Convenio colectivo –  Resolución de 2 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la empresa Robert Bosch España Fábrica Aranjuez, S. A. U. (Código número 28009522011996)
120 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 24

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 21 DE DICIEMBRE DE 2024

3.
4.

5.

B.O.C.M. Núm. 304

Será de aplicación a los trabajadores eventuales la compensación por I.T., en las mismas
condiciones que para el personal fijo.
El control de la enfermedad, a efectos de reconocimiento del derecho al percibo de esta
compensación, corresponde a los facultativos de la Empresa; contra cuya decisión no
prevalecerá criterio alguno.
En caso de enfermedad, cuando el índice de absentismo personal sea superior al doble del
promedio de la empresa, se podrá suspender la compensación, previo conocimiento del
Comité de Empresa, si existen dudas sobre la verdadera justificación de la misma.
La empresa facilitará a la plantilla que voluntariamente acepte, el sistema de seguro médico
según el modelo REFLEX implantado el 1 de julio de 2022.

Incapacidad Laboral Permanente (ILP).
Artículo 78.- La Comisión, establecida a tal efecto, estudiará los casos o colectivos concretos que
pudieran estar afectados por bajas por Incapacidad Laboral Permanente.
Indemnización por fallecimiento.
Artículo 79.- La indemnización por fallecimiento de un trabajador/a en activo será equivalente a una
mensualidad y media de la paga tipo.
Si el trabajador/a estuviera jubilado/a, la indemnización será referida, en su misma equivalencia, a
la aportación de la Empresa, en concepto de complemento de jubilación, si lo hubiera.
Seguro de Vida.
Artículo 80.- Se adjunta como Anexo 11 el Acuerdo alcanzado el 25.01.1996 sobre Seguro de Vida.
Los capitales del Seguro de Vida Básico para los grupos profesionales A0 y B0 serán las
correspondientes al grupo profesional A1.
Se adjunta también el nuevo acuerdo sobre actualización de las tablas con los valores de los
capitales del Seguro de Vida Básico – Modalidad B.
Servicio de autobuses
Artículo 81.- Como consecuencia de lo pactado en el Acuerdo de 15 de Noviembre de 2007, suscrito
entre la Dirección de la Empresa Robert Bosch España Fábrica Aranjuez S.A. y los sindicatos CCOO
y UGT con motivo del cierre del centro de Alcalá de Henares, la empresa mantendrá un medio de
transporte colectivo para el personal que se trasladó desde el centro de Alcalá de Henares al centro
de Aranjuez con las rutas que se especifican en el Anexo 14.
La duración de los trayectos se limitará en circunstancias normales a un máximo de una hora y media
por ruta.
La Comisión de transportes seguirá profundizando en la racionalización y aprovechamiento del
transporte, buscando su optimización.

Capítulo VIII.- Actividad sindical.

˜Producción
˜Costes de Personal y Plantilla
˜Inversiones
˜Financiación
˜Ventas, situación de Mercado y expectativas, y, en general, aquella otra que la Representación

Sindical pueda solicitar sobre los aspectos anteriores o que en cada momento permita reflejar
de una forma adecuada la situación de la Empresa y sus proyecciones futuras.
Excepcionalmente, cuando exista alguna circunstancia que así lo exija, la información a que se
refiere este párrafo se podrá facilitar en el plazo de un mes desde su petición

BOCM-20241221-1

Artículo 82.- Trimestralmente la Dirección facilitará a la Representación Sindical información sobre
la marcha de la Compañía en lo que respecta a: