C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20241221-1)
Convenio colectivo – Resolución de 2 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la empresa Robert Bosch España Fábrica Aranjuez, S. A. U. (Código número 28009522011996)
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 22
SÁBADO 21 DE DICIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 304
anuales beca para los años 2021 y 2022 y 450 €/anuales para los años 2023,2024 y
2025 para todas las solicitudes que cumplan los requisitos actualmente establecidos.
-
35 becas para estudios superiores universitarios y/o grados superiores de hijos/as de
trabajadores por un importe total para esta partida de 14875 €/ anuales para los años
2021 y 2022 y de 15750 €/anuales para los años 2023,2024 y 2025. Se atenderá para
el reparto del presupuesto asignado los criterios definidos en el acta de acuerdo
firmada el 15/02/23 en la Comisión de becas
Las becas para estudios superiores de hijos de trabajadores que queden vacantes se sumarán a la
partida de economato durante la vigencia del presente Convenio.
Caja de Asistencia.
Artículo 70.- El presupuesto para atender las necesidades de la Caja de Asistencia queda
establecido en 6.000 € para toda la vigencia del convenio.
El presupuesto para caja de asistencia de cada año que quede sin usar se sumará a la partida de
economato durante la vigencia del presente Convenio.
Servicio militar.
Artículo 71.- Los trabajadores casados que estén realizando el Servicio Militar, percibirán el 50 % de
la paga tipo que tuvieran asignada en el momento de su incorporación a filas. A los alumnos y
alumnas del IMEC, en el período de realización de las prácticas de mando, se les completará hasta
la diferencia entre el 50 % de la paga tipo y sus haberes militares.
Los trabajadores que tengan la condición de cabeza de familia, debidamente acreditada, disfrutarán
de idéntico beneficio que el establecido para las personas casadas.
Las Pagas Extraordinarias de Vacaciones y Navidad del personal que se encuentre en servicio
militar, se abonarán como si estuvieran en activo.
Permiso por matrimonio.
Artículo 72.- Por contraer matrimonio se gozará de quince días naturales ininterrumpidos abonables,
que se podrán disfrutar con una antelación de tres días a la fecha señalada para la celebración de
la ceremonia. Si ésta coincidiera con día no abonable, el cómputo comenzará a partir del primer día
laborable siguiente.
Cuando ésta tenga lugar coincidiendo con otros permisos o vacaciones, el permiso de boda sólo
podrá ser acumulable con los mismos a efectos económicos.
Anticipos personales.
Artículo 73.Se establece la cuantía máxima para los créditos personales durante la vigencia del Convenio en
4.000 € para todos los grupos profesionales, a devolver en 24 mensualidades máximo. Para poder
solicitar el siguiente préstamo deberán pasar al menos 6 meses desde su devolución y así garantizar
la oportunidad de que otros empleados puedan acceder a la bolsa destinada para préstamos, según
MP-704 Anticipos y préstamos del personal. Otros casos especiales se estudiarán en la Comisión
de Asuntos sociales.
Para acceder a dichos créditos será necesario el soporte documento justificativo adecuado, a partir
de los 1.500, €.
Economato.
Artículo 74.1.
El personal de la Empresa renuncia a la institución de los economatos laborales señalados
en el Decreto de 21 de marzo de 1958 y disposiciones concordantes.
BOCM-20241221-1
Estos niveles máximos se incluyen en el Manual de procedimiento 704.
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 22
SÁBADO 21 DE DICIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 304
anuales beca para los años 2021 y 2022 y 450 €/anuales para los años 2023,2024 y
2025 para todas las solicitudes que cumplan los requisitos actualmente establecidos.
-
35 becas para estudios superiores universitarios y/o grados superiores de hijos/as de
trabajadores por un importe total para esta partida de 14875 €/ anuales para los años
2021 y 2022 y de 15750 €/anuales para los años 2023,2024 y 2025. Se atenderá para
el reparto del presupuesto asignado los criterios definidos en el acta de acuerdo
firmada el 15/02/23 en la Comisión de becas
Las becas para estudios superiores de hijos de trabajadores que queden vacantes se sumarán a la
partida de economato durante la vigencia del presente Convenio.
Caja de Asistencia.
Artículo 70.- El presupuesto para atender las necesidades de la Caja de Asistencia queda
establecido en 6.000 € para toda la vigencia del convenio.
El presupuesto para caja de asistencia de cada año que quede sin usar se sumará a la partida de
economato durante la vigencia del presente Convenio.
Servicio militar.
Artículo 71.- Los trabajadores casados que estén realizando el Servicio Militar, percibirán el 50 % de
la paga tipo que tuvieran asignada en el momento de su incorporación a filas. A los alumnos y
alumnas del IMEC, en el período de realización de las prácticas de mando, se les completará hasta
la diferencia entre el 50 % de la paga tipo y sus haberes militares.
Los trabajadores que tengan la condición de cabeza de familia, debidamente acreditada, disfrutarán
de idéntico beneficio que el establecido para las personas casadas.
Las Pagas Extraordinarias de Vacaciones y Navidad del personal que se encuentre en servicio
militar, se abonarán como si estuvieran en activo.
Permiso por matrimonio.
Artículo 72.- Por contraer matrimonio se gozará de quince días naturales ininterrumpidos abonables,
que se podrán disfrutar con una antelación de tres días a la fecha señalada para la celebración de
la ceremonia. Si ésta coincidiera con día no abonable, el cómputo comenzará a partir del primer día
laborable siguiente.
Cuando ésta tenga lugar coincidiendo con otros permisos o vacaciones, el permiso de boda sólo
podrá ser acumulable con los mismos a efectos económicos.
Anticipos personales.
Artículo 73.Se establece la cuantía máxima para los créditos personales durante la vigencia del Convenio en
4.000 € para todos los grupos profesionales, a devolver en 24 mensualidades máximo. Para poder
solicitar el siguiente préstamo deberán pasar al menos 6 meses desde su devolución y así garantizar
la oportunidad de que otros empleados puedan acceder a la bolsa destinada para préstamos, según
MP-704 Anticipos y préstamos del personal. Otros casos especiales se estudiarán en la Comisión
de Asuntos sociales.
Para acceder a dichos créditos será necesario el soporte documento justificativo adecuado, a partir
de los 1.500, €.
Economato.
Artículo 74.1.
El personal de la Empresa renuncia a la institución de los economatos laborales señalados
en el Decreto de 21 de marzo de 1958 y disposiciones concordantes.
BOCM-20241221-1
Estos niveles máximos se incluyen en el Manual de procedimiento 704.