C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20241221-1)
Convenio colectivo – Resolución de 2 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la empresa Robert Bosch España Fábrica Aranjuez, S. A. U. (Código número 28009522011996)
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 304
SÁBADO 21 DE DICIEMBRE DE 2024
Pág. 13
quedará fijado en un 20%. En el caso de puntas de producción y para trabajos no especializados
solo podrá ser superados estos límites de temporalidad mediando acuerdo entre el Comité de
Empresa y Dirección.
Período de prueba.
Artículo 40.- El período de prueba para todo el personal de todos los grupos profesionales se
establece en un plazo cuya duración máxima podrá llegar hasta seis meses.
El trabajador/a y la Empresa tienen facultad para considerar finalizado el período de prueba durante
el plazo señalado en el párrafo anterior, sin que sea precisa la existencia de preaviso ni se tenga
derecho por ello a indemnización alguna.
El Mando de quien dependa el personal contratado en período de prueba emitirá, con la periodicidad
necesaria, los informes precisos para que a través de los mismos, se pueda conocer, en cada caso,
la capacidad real, grado de preparación y posibilidad de alcanzar el alta definitiva.
Prendas de trabajo.
Artículo 41.1. Se dotará al personal de dos conjuntos de prendas anuales a cargo de la Empresa. Las prendas
se utilizarán durante la permanencia en fábrica por razón de trabajo y con la adecuada
presentación y limpieza.
2. Se confirma como uniformidad para el personal de la Empresa:
x
Personal de oficina: Bata blanca o forro polar/polo Bosch a elección del trabajador/a
x
Operario/a: Chaqueta o forro polar a elección del trabajador/a, camiseta gris o polo
azul y pantalón o peto gris, salvo que para un determinado trabajo la Comisión de
Seguridad e Higiene defina una prenda específica.
x
Preparador/a: Bata gris, camiseta gris o polo azul y pantalón o peto gris.
3. Entendiendo que se le da menos uso a una chaqueta/forro polar que a una camiseta, las
personas que lo deseen, podrán solicitar dos camisetas adicionales por una chaqueta.
4. El personal que lo desee, podrá solicitar conjuntos de prendas adicionales, descontándose de
su nómina el importe correspondiente.
5. Habrá un stock mínimo en el almacén de ropa de trabajo y de calzado de protección. Se dotará
de calzado adecuado a las personas con necesidades especiales, siempre de acuerdo con el
servicio Médico.
6. El almacén dispondrá de parka desmontable como prenda de abrigo. El stock mínimo será de
3 unidades por talla (M, L, XL y XXL). El uso de las mismas se debe autorizar por el mando de
cada departamento según las condiciones de trabajo.
Incentivos.
1.
Con fecha 01.01.91 y con carácter provisional se unificaron las primas directas y de
productividad (claves 24, 30 y 22) en una sola prima, a percibir en 15 pagas, cuya fórmula
para 2021, 2022, 2023, 2024 y 2025 es:
€ Prima/mes = [ (1,55 *R-1)* R’ + 46] * HB*K
Donde:
R
es el rendimiento individual en tanto por uno.
R’
es el rendimiento individual en tanto por ciento con un valor máximo de 125.
HB es el número de horas blancas realizadas por la persona en el mes correspondiente.
K
factor cuyo valor para 2021 es 0,01441, para 2022 0,01455 y para 2023 0,01506.
El valor mínimo garantizado de dicha prima será para 2021 de 133,82 €/mes, para 2022 de
135,16 €/mes y para 2023 de 139,89 €/mes.
BOCM-20241221-1
Artículo 42.- Unificación de primas personal Directo.
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 304
SÁBADO 21 DE DICIEMBRE DE 2024
Pág. 13
quedará fijado en un 20%. En el caso de puntas de producción y para trabajos no especializados
solo podrá ser superados estos límites de temporalidad mediando acuerdo entre el Comité de
Empresa y Dirección.
Período de prueba.
Artículo 40.- El período de prueba para todo el personal de todos los grupos profesionales se
establece en un plazo cuya duración máxima podrá llegar hasta seis meses.
El trabajador/a y la Empresa tienen facultad para considerar finalizado el período de prueba durante
el plazo señalado en el párrafo anterior, sin que sea precisa la existencia de preaviso ni se tenga
derecho por ello a indemnización alguna.
El Mando de quien dependa el personal contratado en período de prueba emitirá, con la periodicidad
necesaria, los informes precisos para que a través de los mismos, se pueda conocer, en cada caso,
la capacidad real, grado de preparación y posibilidad de alcanzar el alta definitiva.
Prendas de trabajo.
Artículo 41.1. Se dotará al personal de dos conjuntos de prendas anuales a cargo de la Empresa. Las prendas
se utilizarán durante la permanencia en fábrica por razón de trabajo y con la adecuada
presentación y limpieza.
2. Se confirma como uniformidad para el personal de la Empresa:
x
Personal de oficina: Bata blanca o forro polar/polo Bosch a elección del trabajador/a
x
Operario/a: Chaqueta o forro polar a elección del trabajador/a, camiseta gris o polo
azul y pantalón o peto gris, salvo que para un determinado trabajo la Comisión de
Seguridad e Higiene defina una prenda específica.
x
Preparador/a: Bata gris, camiseta gris o polo azul y pantalón o peto gris.
3. Entendiendo que se le da menos uso a una chaqueta/forro polar que a una camiseta, las
personas que lo deseen, podrán solicitar dos camisetas adicionales por una chaqueta.
4. El personal que lo desee, podrá solicitar conjuntos de prendas adicionales, descontándose de
su nómina el importe correspondiente.
5. Habrá un stock mínimo en el almacén de ropa de trabajo y de calzado de protección. Se dotará
de calzado adecuado a las personas con necesidades especiales, siempre de acuerdo con el
servicio Médico.
6. El almacén dispondrá de parka desmontable como prenda de abrigo. El stock mínimo será de
3 unidades por talla (M, L, XL y XXL). El uso de las mismas se debe autorizar por el mando de
cada departamento según las condiciones de trabajo.
Incentivos.
1.
Con fecha 01.01.91 y con carácter provisional se unificaron las primas directas y de
productividad (claves 24, 30 y 22) en una sola prima, a percibir en 15 pagas, cuya fórmula
para 2021, 2022, 2023, 2024 y 2025 es:
€ Prima/mes = [ (1,55 *R-1)* R’ + 46] * HB*K
Donde:
R
es el rendimiento individual en tanto por uno.
R’
es el rendimiento individual en tanto por ciento con un valor máximo de 125.
HB es el número de horas blancas realizadas por la persona en el mes correspondiente.
K
factor cuyo valor para 2021 es 0,01441, para 2022 0,01455 y para 2023 0,01506.
El valor mínimo garantizado de dicha prima será para 2021 de 133,82 €/mes, para 2022 de
135,16 €/mes y para 2023 de 139,89 €/mes.
BOCM-20241221-1
Artículo 42.- Unificación de primas personal Directo.