B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20241219-2)
Convocatoria proceso selectivo –  Orden 3065/2024, de 2 de diciembre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan pruebas selectivas de promoción interna para el ingreso en el Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid, Escala Ejecutiva u Operativa, Especialidad de Comunicaciones, Categoría de Jefe de Sala, Grupo C, Subgrupo C1
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 19 DE DICIEMBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 302

mación del Cuerpo de Bomberos, y con la debida coordinación y dentro del marco de atribuciones asignadas a la dirección general competente en materia de función pública, tendrá
como finalidad primordial la adquisición de conocimientos, tanto teóricos como prácticos,
que garantice la preparación específica de los aspirantes para el ejercicio de las funciones
que les correspondan.
La duración del curso selectivo, que no será inferior a tres meses, así como el programa
y la regulación de este, se establecerán por Resolución de la citada Dirección General de
Emergencias, que será publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
3.3. Para calificar como apto en el curso selectivo, los aspirantes deberán superar todas las asignaturas o materias que lo compongan, así como las diferentes actividades prácticas. En caso contrario, se considerará que el aspirante no ha superado el curso y perderá
el derecho a su nombramiento como personal funcionario de carrera de la categoría a la que
pretende acceder, de conformidad con las previsiones que la Resolución señalada en el
apartado anterior pudiera haber dispuesto.
La asistencia a las clases y actividades que se organicen en el desarrollo del curso selectivo será obligatoria. La justificación de las ausencias que pudieran producirse y las distintas circunstancias que éstas generen, serán valoradas de acuerdo con lo previsto en la aludida Resolución de la Dirección General de Emergencias, pudiendo incluso derivar en la
pérdida del derecho a continuar el curso y, por tanto, a ser nombrado personal funcionario
de carrera como consecuencia de la no superación de aquél.
Durante el desarrollo del curso selectivo se podrá establecer la realización de las pruebas que se consideren necesarias a fin de comprobar la capacidad funcional de las personas
aspirantes para el desempeño de las tareas y funciones habituales de la categoría objeto de
la convocatoria, todo ello sin perjuicio de que si en cualquier momento del curso se tuviera conocimiento o dudas fundadas de que alguna persona participante en el mismo pudiera
carecer de dicha capacidad funcional, deba recabarse informe técnico y practicar las pruebas que se estimen precisas a tal efecto. En caso de resultar confirmada dicha circunstancia, comportará, igualmente, la pérdida del derecho a continuar el curso y a ser nombrado
personal funcionario de carrera debido a la no superación de éste.
En el supuesto de confirmarse algunas de las circunstancias previstas en los párrafos
anteriores, la Dirección General de Emergencias lo pondrá en conocimiento del tribunal calificador, quien, previa audiencia a la persona interesada emitirá propuesta motivada de su
exclusión del proceso selectivo, dirigida a la dirección general competente en materia de
función pública. Hasta que se dicte la oportuna Resolución por el órgano convocante, el aspirante podrá continuar participando condicionadamente en el proceso selectivo.
3.4. Por parte del Servicio de Formación del Cuerpo de Bomberos se garantizará una
adecuada coordinación y comunicación con el tribunal calificador, a efectos del conocimiento, con la necesaria antelación, de las posibles fechas de inicio y finalización del curso selectivo.
3.5. Los aspirantes que no pudieran realizar el curso selectivo por causa de fuerza
mayor, debidamente justificada y apreciada por la administración, podrán efectuarlo, previa solicitud, en la convocatoria siguiente, intercalándose en el lugar correspondiente a la
puntuación obtenida.
3.6. Por parte de la administración se adoptarán las medidas razonables y adecuadas
para que las aspirantes que se encuentren en situación de incapacidad temporal, riesgo durante el embarazo o permiso por parto, así como las que tengan la condición de víctimas de
violencia de género, puedan realizar el curso selectivo en condiciones de igualdad con el
resto de las personas participantes.
3.7. Una vez finalizado el curso selectivo, la Dirección General de Emergencias remitirá al tribunal calificador la relación de aspirantes que lo hubiesen superado, que se hará
pública en la página web correspondiente a esta convocatoria, accesible desde el enlace
https://www.comunidad.madrid/gobierno/espacios-profesionales/oposiciones-promocioninterna-administracion-servicios-comunidad-madrid o en la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid, cuya URL es https://sede.comunidad.madrid

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