D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20241218-25)
Convenio – Convenio de 28 de noviembre de 2024, entre el Consorcio Regional de Transportes de Madrid y la Comunidad de Madrid (Consejería de Economía, Hacienda y Empleo) para el pago de las ayudas al transporte público urbano y/o interurbano a trabajadores desempleados que participen en acciones de Formación Profesional para el empleo financiadas con fondos públicos
8 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 110
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 18 DE DICIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 301
berán disponer de una tarjeta de transporte público con carácter previo al disfrute de la
ayuda al transporte público.
3. Realizar la solicitud de la carga de los títulos de transporte a través de un servicio
web que el CRTM pone a disposición de la Dirección General de Formación, siguiendo las
especificaciones remitidas por el CRTM y establecidas a tal efecto. En la solicitud de carga, además de la tarjeta activa del usuario, se incluirá el código del título de transportes a
cargar y los otros datos especificados.
4. Gestionar las solicitudes de carga, en función de sus necesidades temporales.
5. Cargar los títulos de transporte en la tarjeta autorizada a los alumnos beneficiarios,
a través de una aplicación de carga con pago en diferido que el CRTM pone a disposición
de la Dirección General de Formación.
6. Publicar en sede electrónica la relación de beneficiarios de la ayuda.
7. Atender las incidencias que se produzcan en la gestión de las solicitudes de carga,
y en la carga de los títulos a través de la Aplicación de carga, y que estén directamente relacionadas con los compromisos adquiridos por la Dirección General de Formación en los
puntos 1 a 5 de esta cláusula segunda.
8. Atender las incidencias que se produzcan en relación con las reclamaciones de los
beneficiarios sobre las ayudas concedidas.
9. Tramitar las facturas emitidas mensualmente por el CRTM.
10. Abonar el pago de las facturas dentro de los treinta días siguientes a la fecha de
emisión, sin fraccionar.
11. El seguimiento, el control y la inspección de las ayudas.
12. La gestión de los expedientes de reintegro en el caso de pagos indebidos o incumplimiento de las obligaciones de los beneficiarios. Estos casos no tendrán efecto alguno en los pagos realizados al CRTM.
Tercera
1. Actuar como entidad colaboradora de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, permitiendo desarrollar a la Dirección General de Formación, los trabajos necesarios
para facilitar, de forma más dinámica, las solicitudes y cargas de títulos de transporte en las
tarjetas autorizadas de los trabajadores desempleados, a través de una “Aplicación de carga con pago en diferido”, sin que se produzca el pago y facturación del importe del título
en el momento de la carga.
2. Poner el servicio web de “Consulta de tarjeta activa de un usuario” a disposición
de la Dirección General de Formación.
3. Hacer los desarrollos necesarios para la creación y mantenimiento de servicios
web de alta, consulta y baja de solicitudes de carga y ponerlos a disposición de la Dirección
General de Formación. Los servicios web desarrollados permitirán conocer el estado de
cada solicitud de carga y datos como las fechas de solicitud, de carga, título cargado, importe, o el motivo de estar dada de baja.
4. Poner a disposición de la Dirección General de Formación una “aplicación de carga de títulos de transporte con pago en diferido”, que le permita cargar los títulos autorizados en las tarjetas de transporte público registradas en la solicitud de carga. Asimismo, la
aplicación facilitará información del resultado de la carga (carga con éxito o motivo del fallo en la carga).
5. Atender las incidencias de las cargas de los títulos sobre las tarjetas autorizadas,
cuando se trate de un problema derivado de la lectura de la tarjeta o similar, y siempre que
exista una solicitud de carga registrada para dicha tarjeta.
6. Facturar mensualmente a la Dirección General de Formación las cargas realizadas
en el mes anterior, y poner la factura a su disposición dentro de los 10 primeros días del mes
siguiente al periodo facturado.
7. En la factura se incluirá el coste de todas las recargas efectuadas con el grado de
detalle necesario para poder comprobar que todas ellas corresponden con las solicitudes de
carga registradas por la Dirección General de Formación a través del servicio web al que se
refiere el punto 3 de la cláusula tercera.
BOCM-20241218-25
Compromisos del Consorcio Regional de Transportes de Madrid
Pág. 110
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 18 DE DICIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 301
berán disponer de una tarjeta de transporte público con carácter previo al disfrute de la
ayuda al transporte público.
3. Realizar la solicitud de la carga de los títulos de transporte a través de un servicio
web que el CRTM pone a disposición de la Dirección General de Formación, siguiendo las
especificaciones remitidas por el CRTM y establecidas a tal efecto. En la solicitud de carga, además de la tarjeta activa del usuario, se incluirá el código del título de transportes a
cargar y los otros datos especificados.
4. Gestionar las solicitudes de carga, en función de sus necesidades temporales.
5. Cargar los títulos de transporte en la tarjeta autorizada a los alumnos beneficiarios,
a través de una aplicación de carga con pago en diferido que el CRTM pone a disposición
de la Dirección General de Formación.
6. Publicar en sede electrónica la relación de beneficiarios de la ayuda.
7. Atender las incidencias que se produzcan en la gestión de las solicitudes de carga,
y en la carga de los títulos a través de la Aplicación de carga, y que estén directamente relacionadas con los compromisos adquiridos por la Dirección General de Formación en los
puntos 1 a 5 de esta cláusula segunda.
8. Atender las incidencias que se produzcan en relación con las reclamaciones de los
beneficiarios sobre las ayudas concedidas.
9. Tramitar las facturas emitidas mensualmente por el CRTM.
10. Abonar el pago de las facturas dentro de los treinta días siguientes a la fecha de
emisión, sin fraccionar.
11. El seguimiento, el control y la inspección de las ayudas.
12. La gestión de los expedientes de reintegro en el caso de pagos indebidos o incumplimiento de las obligaciones de los beneficiarios. Estos casos no tendrán efecto alguno en los pagos realizados al CRTM.
Tercera
1. Actuar como entidad colaboradora de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, permitiendo desarrollar a la Dirección General de Formación, los trabajos necesarios
para facilitar, de forma más dinámica, las solicitudes y cargas de títulos de transporte en las
tarjetas autorizadas de los trabajadores desempleados, a través de una “Aplicación de carga con pago en diferido”, sin que se produzca el pago y facturación del importe del título
en el momento de la carga.
2. Poner el servicio web de “Consulta de tarjeta activa de un usuario” a disposición
de la Dirección General de Formación.
3. Hacer los desarrollos necesarios para la creación y mantenimiento de servicios
web de alta, consulta y baja de solicitudes de carga y ponerlos a disposición de la Dirección
General de Formación. Los servicios web desarrollados permitirán conocer el estado de
cada solicitud de carga y datos como las fechas de solicitud, de carga, título cargado, importe, o el motivo de estar dada de baja.
4. Poner a disposición de la Dirección General de Formación una “aplicación de carga de títulos de transporte con pago en diferido”, que le permita cargar los títulos autorizados en las tarjetas de transporte público registradas en la solicitud de carga. Asimismo, la
aplicación facilitará información del resultado de la carga (carga con éxito o motivo del fallo en la carga).
5. Atender las incidencias de las cargas de los títulos sobre las tarjetas autorizadas,
cuando se trate de un problema derivado de la lectura de la tarjeta o similar, y siempre que
exista una solicitud de carga registrada para dicha tarjeta.
6. Facturar mensualmente a la Dirección General de Formación las cargas realizadas
en el mes anterior, y poner la factura a su disposición dentro de los 10 primeros días del mes
siguiente al periodo facturado.
7. En la factura se incluirá el coste de todas las recargas efectuadas con el grado de
detalle necesario para poder comprobar que todas ellas corresponden con las solicitudes de
carga registradas por la Dirección General de Formación a través del servicio web al que se
refiere el punto 3 de la cláusula tercera.
BOCM-20241218-25
Compromisos del Consorcio Regional de Transportes de Madrid