C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20241214-1)
Convenio colectivo –  Resolución de 2 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la empresa Flowserve Spain, S. L. (Código número 28101332012015)
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 298

SÁBADO 14 DE DICIEMBRE DE 2024

Pág. 11

percibirá una compensación económica de 0,30 euros/kilómetro hasta un máximo de 45 kilómetros
para el Centro de Coslada, con independencia del lugar de residencia.
El precio por kilómetro, para gestiones realizadas a cargo de la empresa, será de 0,44
euros/kilómetro.
Este sistema anula cualquier otro existente con anterioridad, así como las cantidades que vinieran
percibiendo, que quedarán absorbidas y compensadas por los nuevos importes.
11.7

Complemento por Horas Extraordinarias

Las horas extraordinarias se abonarán por los importes que a continuación se detallan en la tabla a
este respecto.
La compensación económica de las horas extras será con el siguiente criterio:
- Las horas extras efectuadas de lunes a sábado se abonarán al 175% del valor de la hora
ordinaria.
- Las horas extras efectuadas en Domingos y festivos se incrementará un 25% sobre el valor de la
hora extra.
2024
GRUPOS
1

TITULADOS/AS

SUBGRUPO
1.1

ANTIGÜA CATEGORIA
Ingeniero/a

GRUPOS
DE COTIZ.

VALOR H.
CONVENIO

VALOR H
EXTRA

1

22,98

40,22

2

21,69

37,96

Licenciado/a
2

TITULADOS/AS Y
TECNICOS/AS

2.1

Ingeniero/a técnico
Maestro/a industrial

2.2

Jefe/a de taller

3

18,93

33,13

2.3

Jefe/a Admimistración 1ª

3

18,3

32,03

Jefe/a de Organización 1ª
Analista de Informatica
3

TECNICOS/AS OFICINAS

3.1

Delineante/a Proyectista

4

18,3

32,03

3.2

Maestro/a 1ª

4

17,41

30,47

3.3

Jefe/a de administración 2ª

3

16,96

29,68

Jefe/a de organización 2ª
4

EMPLEADOS/AS

3.4

Maestro/a 2ª

4

16,21

28,37

4.1

Deliante/a 1ª

5

16,08

28,14

5

14,98

26,22

26,01

Tecnico/a organización 1ª
Oficial/a administrativo/a 1ª
4.2

Deliantes/as 2ª
Tecnico/a organización 2ª
Oficial/a administrativo/a 2ª

5

6
7

ENCARGADOS/AS

OPERARIOS/AS
EMPLEADO/A AUXILIAR

5.1

Encargado/a de taller

5

14,86

5.2

Oficial/a 1ª Jefe/a de equipo

8

15,94

27,9

5.3

Oficial/a 2ª Jefe/a de equipo

8

14,82

25,94

6.1

Oficiales/as 1ª taller

8

15,94

27,9

6.2

Oficial/a 2ª taller

8

14,82

25,94

7.1

Telefonista

6

14,61

25,57

7.2

Auxiliar administrativo/a

7

14,37

25,15

Auxiliar de organización
8

OPERARIO/A AUXILIAR

7.3

Almacenero/a

6

14,24

24,92

8.1

Oficial/a 3ª de taller

9

14,43

25,25

8.2

Especialista taller

9

14,28

24,99

8.3

Peón/a taller

10

13,85

24,24

8.4

Peón/a limpieza

10

12,85

22,49

Para el 2025 se incrementará según corresponda
Complemento por Dietas

Las dietas se abonarán cuando sea necesario pernoctar fuera de la ciudad base según el siguiente
detalle:

BOCM-20241214-1

11.8