Majadahonda (BOCM-20241213-70)
Organización y funcionamiento. Acuerdo condiciones servicio Policía
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BOCM

VIERNES 13 DE DICIEMBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 297

En el supuesto en que no hubiera personal voluntario el cambio de grupo será obligatorio en atención a las siguientes circunstancias:
a) Por falta de personal en algún grupo, se designará al funcionario de menor antigüedad, y dentro de la misma antigüedad, al de menor puntuación final de su promoción. Este funcionario no podrá ser designado para nuevo cambio obligatorio
de grupo en un periodo de 5 años, salvo aceptación voluntaria.
b) En el resto de los supuestos, se designará por el Jefe de Policía, mediante resolución motivada una vez oídos los funcionarios afectados.
V. Pausa en la jornada de trabajo (parada)
Los funcionarios de Policía tendrán derecho a una pausa efectiva en su jornada de trabajo de media hora.
Dicha parada se realizará, en turno de mañana entre las 10:00 y las 13:00 horas, en turno de tarde entre las 18:00 y las 21:00 horas y en turno de noche entre la 2:00 y las 05:00
horas. Los martes y sábados por la mañana la parada será entre las 9:30 y las 12:00 horas,
excepto en los casos en los que concurra algún evento.
Por necesidades del servicio, esta pausa podrá posponerse hasta la finalización de la
citada intervención, quedando supeditada a las necesidades del servicio.
En caso de que fuera imprescindible y no hubiese otras patrullas disponibles, se interrumpirá la parada para la realización de alguna incidencia sobrevenida.
Las horas extraordinarias solo darán lugar al tiempo proporcional de parada cuando se
supere un mínimo de 6 horas consecutivas.
VI. Días de asuntos propios, exceso de jornada y por compensación
El número de días de asuntos propios será el establecido por la legislación vigente.
Serán considerados días de exceso de jornada, los que resulten de superar la jornada
anual establecida para un determinado cuadrante de trabajo.
Serán considerados días de compensación, los que resulten del resarcimiento en tiempo libre por los siguientes motivos:
— Por la compensación de servicios extraordinarios en tiempo libre así solicitado.
— Asistencia a prácticas de tiro táctico policial fuera de la jornada de trabajo, debidamente autorizadas por la Jefatura.
— Asistencia a cursos fuera de la jornada de trabajo, debidamente autorizados por la
Jefatura.
— Asistencia a procedimientos judiciales, fuera de la jornada de trabajo así solicitado.
— Reuniones convocadas por la Jefatura.
Se asignarán según orden de petición y se podrán solicitar entre 3 y 20 días naturales
antes del inicio de su disfrute, debiendo darse respuesta expresa en las siguientes 48 horas
hábiles, en caso contrario se entenderá denegada la solicitud.
Una vez autorizados expresamente, podrán ser revocados por la Jefatura con 4 días naturales (96 horas) de antelación por necesidades del servicio y/o disponibilidad de efectivos.
Los días de asuntos propios, exceso de jornada y de compensación, deberán disfrutarse dentro del año en curso y estarán supeditados a las necesidades del servicio, teniendo en
cuenta la particularidad propia del servicio de Policía Local.
En el caso que, solicitado por parte del interesado el disfrute de los días citados, y no
siendo posible su disfrute por necesidades del servicio o cualquier otra circunstancia, estos
se acumularán hasta el 31 de marzo del año siguiente. Si, aun así, habiéndolos solicitado en
su totalidad, no pudieran haber sido disfrutados por necesidades del servicio o cualquier
otra circunstancia, se acumularán en la bolsa de días individual de cada trabajador.
La Jefatura autorizará el disfrute de días de asuntos propios, exceso de jornada y compensación de la siguiente forma:
— De lunes a sábado de mañana y tarde el mínimo de efectivos será del 60 % en relación al personal que integre de forma efectiva los grupos de trabajo en cuadrante
A y D, salvo las siguientes excepciones:
d Los martes y sábado de mañana el mínimo será de 20 efectivos en relación al
personal que integre de forma efectiva los grupos de trabajo en cuadrante A y D.
d Los viernes y sábados de tarde será de 16 efectivos estando ambos grupos de
trabajo. Cuando excepcionalmente se asigne Servicio Especial el mínimo será

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