Majadahonda (BOCM-20241213-70)
Organización y funcionamiento. Acuerdo condiciones servicio Policía
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 272

VIERNES 13 DE DICIEMBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 297

El personal en situación de segunda actividad o situación de mayores de cincuenta
años, que no efectúe alguno de los siguientes criterios establecidos en el cuadrante A, verán incrementada la jornada anual en las siguientes proporciones:
— 3 % de incremento de jornada por no prestación de servicio a turnos.
— 4 % de incremento de jornada por no prestación de servicio en domingos y festivos.
— 5 % de incremento de jornada por no prestación de servicio en turno de noche.
De dicho cálculo resultará un total de 170 jornadas anuales, de las que se descontarán
los días de asuntos propios, exceso de jornada o compensación que por Ley correspondan.
Situación mayores de cincuenta años
En virtud de lo dispuesto en artículo 97 del Decreto 210/2021 de 15 de septiembre, del
Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Reglamento Marco de Organización de las
Policías Locales de la Comunidad de Madrid, los funcionarios policiales que cumplan los
cincuenta años y soliciten de forma voluntaria la no realización de servicio en turno de noche, se les aplicarán las siguientes condiciones:
— En el supuesto de funcionarios policiales mayores de cincuenta años que soliciten
de forma voluntaria la no prestación de servicio en turno de noche, se les asignará
el cuadrante “D” como calendario de trabajo, salvo acuerdo con el trabajador para
la asignación de otro cuadrante de los establecidos en el presente Anexo de Policía.
Solo a partir de la fecha del registro de la solicitud se aplicarán los condicionantes
del cuadrante solicitado, por un periodo mínimo de un año.
— Podrán solicitar de forma voluntaria y realizar cualquier cambio de servicio con
otros funcionarios del cuadrante A y D, según lo establecido en las normas recogidas en el presente Anexo de Policía.
— Podrán solicitar de forma voluntaria la realización de cualquier servicio extraordinario convocado por la Jefatura, según lo establecido en las normas recogidas en
el presente Anexo de Policía.
— Se requerirá consentimiento expreso para el uso de vehículos de dos ruedas para la
prestación del servicio por funcionarios policiales mayores de cincuenta años.
— Se consideran personal operativo a todos los efectos.
Dentro de los horarios establecidos en los distintos cuadrantes, el personal que deba
prestar servicio uniformado dispondrá de 10 minutos para la entrada y 10 minutos para salida de los turnos para realizar cambio de vestuario y armamento.
Servicios en Nochebuena, Nochevieja y Reyes
El personal que tenga asignado servicio ordinario en turno de noche el 24 y/o el 31 de
diciembre, será compensado con una gratificación de 300 euros.
El personal que tenga asignado servicio ordinario en turno de mañana y tarde los días 25
de diciembre y/o 1 de enero, turno de tarde el 5 de enero y/o turno de mañana el 6 de enero,
será compensado con una gratificación de 150 euros.
Calendario del jefe del Cuerpo

III. Cambios de turno
Durante la vigencia del presente Acuerdo, podrán efectuarse cambios de turno, con
autorización expresa de la Jefatura y según las necesidades del servicio, entre los funcionarios, de acuerdo a las siguientes normas:
1. Los cambios de turno se realizarán entre personal de la misma categoría profesional y con igual horario de prestación de los turnos en sus respectivos cuadrantes.

BOCM-20241213-70

Este se estructurará según las necesidades del Servicio y las directrices del AlcaldePresidente y el Concejal delegado de Seguridad. Con carácter general, las horas de permanencia diaria se encontrarán entre las 8:00 y las 16:00 horas, sin perjuicio de que pudiera
realizar, excepcionalmente y con carácter voluntario, todas o parte de ellas en turno de tarde, noche y/o fines de semana, de acuerdo con las necesidades del servicio.
Del cómputo anual, que será el mismo que para el resto de los funcionarios, podrá realizar 10 horas mensuales en jornada de tarde entre las 15:00 y las 23:00 horas, distribuido
al menos en cuatro días.