Majadahonda (BOCM-20241213-70)
Organización y funcionamiento. Acuerdo condiciones servicio Policía
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 297

VIERNES 13 DE DICIEMBRE DE 2024

Pág. 271

CUADRANTE C
PRESTACIÓN DEL SERVICIO: DE LUNES A VIERNES
TURNOS:

MAÑANA / TARDE (Sin festivos)

PERSONAL AFECTADO:

ADMINISTRACIÓN, OFICINA Y MATERIAL (anterior

Segunda actividad a extinguir)
LUNES

MARTES

MIERCOLES

JUEVES

VIERNES

SABADO

DOMINGO

M

M

M

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LUNES

MARTES

MIERCOLES

JUEVES

VIERNES

SABADO

DOMINGO

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Realizarán la jornada anual conforme al resto del personal del Ayuntamiento en uno
de los turnos especificados.
Horario de los turnos:
— Turno mañana: (M)
d C: de 7:00 a 14:00 horas (7 horas) con flexibilidad de entrada y salida.
d C1: de 7:00 a 14:30 horas (7 horas 30 minutos) con flexibilidad de entrada y salida.
— Turno tarde: (T)
d C: de 15:00 a 22:00 horas (7 horas) con flexibilidad de entrada y salida.
d C1: de 15:00 a 22:30 horas (7 horas 30 minutos) con flexibilidad de entrada y
salida.
Turno no rotativo y de carácter voluntario.
CUADRANTE D
PRESTACIÓN DEL SERVICIO: DE LUNES A DOMINGO (Incluyendo festivos)
TURNOS:

ROTATIVOS MAÑANA y TARDE

PERSONAL AFECTADO:

SEGUNDA ACTIVIDAD / PERSONAL + 50 AÑOS

LUNES

MARTES

MIERCOLES

JUEVES

VIERNES

SABADO

DOMINGO

M

M

M

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M/T*

M/T*

M/T*

M/T*

M/T*

M/T*

M/T*

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Horario de los turnos:
— Turno mañana: (M) de 6:45 a 15:15 horas (8 h 30 min).
— Turno tarde: (T) de 14:45 a 23:15 horas (8 h 30 min).
Durante el período estival (julio y agosto), la progresión de trabajo será la siguiente:
— Una quincena: cada 14 días, 8 de trabajo y 6 libres.
— Una quincena: 7 trabajados, 7 libres.
— El número de jornadas a realizar en el mes estival de trabajo (julio o agosto) será
de 17 jornadas.
Durante este período, los turnos de mañana o tarde no podrán contener más de 8 días
consecutivos (salvo modificaciones de servicio instadas por el interesado). La libranza de
fin de semana durante esos meses será uno trabajado y el siguiente libre o viceversa.
El personal afecto a las presentes condiciones de trabajo que por razón de edad (mayores de cincuenta y cinco años) y conforme a lo establecido en el artículo 44 del Acuerdo
regulador de las condiciones de trabajo del personal funcionario del Ayuntamiento de Majadahonda, que desee acogerse al derecho establecido de no realizar servicio en turno de noche, deberá instar el pase a segunda actividad. solo a partir de la fecha del registro de la solicitud se aplicarán los condicionantes del cuadrante de segunda actividad.

BOCM-20241213-70

* La semana indicada como M/T* se asignará completa en turno de mañana o turno de tarde de forma rotatoria.