C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20241213-25)
Instrucciones admisión alumnos –  Resolución de 22 de noviembre de 2024, de la Viceconsejería de Política y Organización Educativa, por la que se dictan instrucciones sobre la participación en el proceso de admisión de alumnos de primer ciclo de Educación Infantil en centros públicos y en centros privados sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Madrid para el curso escolar 2025-2026
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 297

VIERNES 13 DE DICIEMBRE DE 2024

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2. Cada centro al inicio del proceso ordinario de admisión dará publicidad a la siguiente información:
a) La normativa reguladora del proceso de admisión de alumnos: orden de admisión
y la presente resolución por la que se dictan instrucciones sobre la participación
en el proceso de admisión de alumnos de primer ciclo de Educación Infantil.
b) El número de plazas vacantes para cada uno de los centros que integran el SAE
desglosadas por los cursos autorizados en cada centro para el siguiente curso escolar, con indicación de las reservadas para alumnos con necesidades educativas especiales y, en su caso, de las reservadas para los supuestos contemplados en el artículo 6.2 de la Orden 123/2015, que se obtiene a través del Sistema Integral de
Gestión Educativa Raíces.
c) Fechas y plazos del proceso de admisión:
ACTUACIÓN
Plazo de entrega de solicitudes

FECHAS
Del 12 al 26 de marzo

Listas provisionales de admitidos, espera y excluidos

Día 12 de mayo

Plazo de reclamaciones

Días 13, 14 y 16 de mayo

Listas definitivas de admitidos, espera y excluidos

Día 6 de junio

Formalización de matrícula

Del 12 al 26 de junio

Inicio del periodo extraordinario de admisión

A partir del 1 de julio

d) Nota informativa en la que se recuerde que con una sola solicitud se pueden solicitar hasta 12 centros incluidos en un mismo SAE. Asimismo, se informará de que
la renuncia a la plaza adjudicada, si se diera el caso, supone la renuncia al resto de
centros señalados en la misma solicitud ya que la obtención de plaza en cualquiera de los centros solicitados conlleva la no permanencia del alumno en las listas
de espera de los otros centros del SAE señalados en la solicitud. Asimismo una
vez matriculados en un centro no permanecerá en la lista de espera de los centros
solicitados del mismo SAE.
e) La sede de los SAE, la sede del Equipo de Atención Temprana y la sede del Servicio de Inspección Educativa de la DAT correspondiente.
f) Los criterios del apartado cuarto del baremo, así como la documentación requerida para su justificación.
g) Relación de los centros que forman parte del mismo SAE con indicación de las
plazas vacantes en cada uno de ellos.
h) La hoja informativa elaborada por la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, en materia de admisión de alumnos de primer ciclo de Educación Infantil.
i) Información sobre el periodo extraordinario de admisión.
3. Con el fin de facilitar a las familias que no puedan acceder a la Secretaría Virtual
la información correspondiente a su respectiva solicitud de admisión, una vez acreditada su
identidad ante el centro solicitado en primer lugar podrán consultar personalmente la información no publicable referida a la baremación de solicitudes de alumnos ordinarios o a la
propuesta de escolarización en el centro de los alumnos que presentan necesidades educativas especiales, según se trate en cada caso.
SECCIÓN QUINTA

Matriculación de alumnos
Decimotercera
1. Los alumnos que hayan resultado admitidos en un centro han de formalizar la matrícula en los plazos establecidos en el calendario de actuaciones Anexo III.
La no formalización de la matrícula en los plazos establecidos se entenderá como renuncia a la plaza adjudicada que pasará a considerarse como nueva vacante y a su correspondiente adjudicación siguiendo la lista de espera.
2. La Secretaría Virtual permite a las familias presentar la documentación necesaria
para formalizar la matrícula de forma virtual. Para ello los directores de los centros han de
habilitar en el Sistema Integral de Gestión Educativa Raíces la opción de matriculación virtual con indicación de la documentación a rellenar y presentar por las familias.

BOCM-20241213-25

Formalización de matrícula en el proceso ordinario de admisión