C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20241210-20)
Bases ayudas – Orden de 26 de noviembre de 2024, de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas a empresas industriales de menos de 50 trabajadores para inversión en infraestructura y equipamiento
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 10 DE DICIEMBRE DE 2024
k)
l)
m)
n)
o)
B.O.C.M. Núm. 294
turación y de pago, identificación del justificante de pago, emplazamiento, fechas
de implementación.
Facturas justificativas de las inversiones subvencionables, expedidas contra el beneficiario, que reúnan los requisitos de conformidad con lo dispuesto en el Real
Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por
el que se regulan las obligaciones de facturación. Acompañadas de las proformas,
presupuestos o características técnicas, cuando esta información no esté debidamente detallada en las facturas.
Las facturas correspondientes a los bienes o activos solicitados deberán estar íntegramente emitidas y pagadas dentro del período subvencionable. En el caso de que
se produzca un pago anticipado para la confirmación del pedido, la entidad correspondiente deberá emitir factura individualizada de dicho pago anticipado, salvo que
en la factura final aparezca de forma expresa la fecha de emisión de dicho anticipo.
En el supuesto de adquisición de bienes inmuebles, escritura notarial de compraventa, la correspondiente certificación del registro de la propiedad y el certificado
de tasador independiente, debidamente acreditado e inscrito en el correspondiente registro oficial.
Extractos bancarios, como documentación justificativa de los pagos realizados,
donde se refleje la salida material de fondos y en los que deberá constar, en todo
caso, el titular de la cuenta ordenante, fecha, número de factura objeto de pago, así
como la identificación de la persona a la que van dirigidos dichos pagos, ya sea física o jurídica, mediante su nombre y apellidos o razón social y NIF.
Si la identificación de las facturas no consta en el extracto bancario, o el extracto
bancario contiene el pago conjunto de varias facturas que no forman parte del expediente de ayuda, deberá aportarse una declaración firmada por el proveedor que
acredite la correspondencia inequívoca entre los pagos de la/s factura/s emitidas y
los extractos bancarios aportados, dejando constancia explícita que las facturas
que han sido pagadas íntegramente dentro del periodo subvencionable.
El pago de las facturas presentadas deberá haber sido realizado a través de transferencias bancarias, desde una cuenta bancaria cuyo titular sea la entidad beneficiaria de la subvención.
Las solicitudes incluirán las siguientes declaraciones responsables, firmadas electrónicamente por el representante legal de la entidad beneficiaria, relativas a los
siguientes extremos:
i. La no concurrencia de alguna de las circunstancias previstas en los supuestos
incluidos en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, para obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas.
ii. En caso de haber sido beneficiarios de subvenciones concedidas por la Comunidad de Madrid, declaración responsable de haber acreditado el cumplimiento de las obligaciones inherentes a las mismas.
iii. Declaración sobre las ayudas de minimis concedidas a la entidad beneficiaria,
sobre el compromiso de comunicar cualquier otra ayuda o subvención solicitada o concedida a partir de la fecha de la solicitud. En caso de no haber sido
beneficiaria de ninguna ayuda sujeta al régimen de minimis se deberá presentar una declaración en ese sentido.
iv. Declaración en la que se detalle si la entidad beneficiaria ha recibido ingresos
o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación del importe y su procedencia, de conformidad con lo previsto en el art.
72.2.e) del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio. En caso de no haber recibido ningún ingreso o subvención se deberá presentar una declaración en ese
sentido.
v. Declaración que acredite que la entidad beneficiaria no es deudora por resolución de procedencia de reintegro conforme a lo previsto en el artículo 34.5 de
la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
vi. Declaración sobre la implementación del Plan de prevención de riesgos laborales al que se refiere el artículo 16 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de
Prevención de Riesgos Laborales, tal y como establece el artículo 8 de la
Ley 2/1995, de 8 de marzo.
Se entenderá por declaración responsable, el documento suscrito por el interesado
en el que manifiesta bajo su responsabilidad, que cumple con los requisitos establecidos en la normativa vigente para obtener el reconocimiento de un derecho o
BOCM-20241210-20
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 10 DE DICIEMBRE DE 2024
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o)
B.O.C.M. Núm. 294
turación y de pago, identificación del justificante de pago, emplazamiento, fechas
de implementación.
Facturas justificativas de las inversiones subvencionables, expedidas contra el beneficiario, que reúnan los requisitos de conformidad con lo dispuesto en el Real
Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por
el que se regulan las obligaciones de facturación. Acompañadas de las proformas,
presupuestos o características técnicas, cuando esta información no esté debidamente detallada en las facturas.
Las facturas correspondientes a los bienes o activos solicitados deberán estar íntegramente emitidas y pagadas dentro del período subvencionable. En el caso de que
se produzca un pago anticipado para la confirmación del pedido, la entidad correspondiente deberá emitir factura individualizada de dicho pago anticipado, salvo que
en la factura final aparezca de forma expresa la fecha de emisión de dicho anticipo.
En el supuesto de adquisición de bienes inmuebles, escritura notarial de compraventa, la correspondiente certificación del registro de la propiedad y el certificado
de tasador independiente, debidamente acreditado e inscrito en el correspondiente registro oficial.
Extractos bancarios, como documentación justificativa de los pagos realizados,
donde se refleje la salida material de fondos y en los que deberá constar, en todo
caso, el titular de la cuenta ordenante, fecha, número de factura objeto de pago, así
como la identificación de la persona a la que van dirigidos dichos pagos, ya sea física o jurídica, mediante su nombre y apellidos o razón social y NIF.
Si la identificación de las facturas no consta en el extracto bancario, o el extracto
bancario contiene el pago conjunto de varias facturas que no forman parte del expediente de ayuda, deberá aportarse una declaración firmada por el proveedor que
acredite la correspondencia inequívoca entre los pagos de la/s factura/s emitidas y
los extractos bancarios aportados, dejando constancia explícita que las facturas
que han sido pagadas íntegramente dentro del periodo subvencionable.
El pago de las facturas presentadas deberá haber sido realizado a través de transferencias bancarias, desde una cuenta bancaria cuyo titular sea la entidad beneficiaria de la subvención.
Las solicitudes incluirán las siguientes declaraciones responsables, firmadas electrónicamente por el representante legal de la entidad beneficiaria, relativas a los
siguientes extremos:
i. La no concurrencia de alguna de las circunstancias previstas en los supuestos
incluidos en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, para obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas.
ii. En caso de haber sido beneficiarios de subvenciones concedidas por la Comunidad de Madrid, declaración responsable de haber acreditado el cumplimiento de las obligaciones inherentes a las mismas.
iii. Declaración sobre las ayudas de minimis concedidas a la entidad beneficiaria,
sobre el compromiso de comunicar cualquier otra ayuda o subvención solicitada o concedida a partir de la fecha de la solicitud. En caso de no haber sido
beneficiaria de ninguna ayuda sujeta al régimen de minimis se deberá presentar una declaración en ese sentido.
iv. Declaración en la que se detalle si la entidad beneficiaria ha recibido ingresos
o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación del importe y su procedencia, de conformidad con lo previsto en el art.
72.2.e) del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio. En caso de no haber recibido ningún ingreso o subvención se deberá presentar una declaración en ese
sentido.
v. Declaración que acredite que la entidad beneficiaria no es deudora por resolución de procedencia de reintegro conforme a lo previsto en el artículo 34.5 de
la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
vi. Declaración sobre la implementación del Plan de prevención de riesgos laborales al que se refiere el artículo 16 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de
Prevención de Riesgos Laborales, tal y como establece el artículo 8 de la
Ley 2/1995, de 8 de marzo.
Se entenderá por declaración responsable, el documento suscrito por el interesado
en el que manifiesta bajo su responsabilidad, que cumple con los requisitos establecidos en la normativa vigente para obtener el reconocimiento de un derecho o
BOCM-20241210-20
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