D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20241206-8)
Convenio –  Convenio de 11 de noviembre de 2024, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales) y la Asociación Aldeas Infantiles SOS de España para la promoción de un programa de apoyo al acogimiento en familia extensa
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 6 DE DICIEMBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 291

Por ello, y con el fin de apoyar el acogimiento con familia extensa y anticipar las dificultades que pueden surgir en esta modalidad de acogimiento, sobre todo, en los supuestos
de acogimiento con abuelos, las actuaciones deben ir dirigidas a toda la unidad familiar.
Así, siendo el objetivo la preservación familiar de los menores en su entorno los principios básicos que rigen este programa son los siguientes:
1. Procurar a cada niño un entorno familiar protector en el que los hermanos puedan
permanecer unidos.
2. Fortalecer las redes de apoyo social, reforzando los recursos de la Comunidad de
Madrid para favorecer la preservación familiar, así como la autonomía personal.
3. Evaluar la situación del niño, considerando su interés superior y ofrecer la mejor
respuesta a cada caso, atendiendo a sus necesidades y derechos.
4. Involucrar a los niños en la búsqueda de soluciones para los problemas que les
afectan.
5. Apoyar a los acogedores para minimizar los riesgos que pudiesen comprometer el
éxito del acogimiento.
Se pretende, por tanto, mejorar el bienestar de los niños y adolescentes acogidos en familia extensa, procurando el éxito de la acogida en un entorno protector y seguro, mediante la formación en parentalidad positiva, orientación, asesoramiento y el apoyo especializado a la familia acogedora y a los propios niños y adolescentes protegidos.
Esos objetivos generales se concretan en las siguientes actuaciones dentro del programa:
1. Atención educativa a las familias acogedoras para reforzar sus competencias parentales, acompañando y apoyando para que puedan desarrollar en condiciones su tarea
educativa y se mejoren las diferencias transgeneracionales.
2. Acompañamiento del niño en la construcción de una identidad positiva, asegurando que los vínculos afectivos en los que crece sean positivos y seguros.
3. Formación a las familias acogedoras, presencialmente o de forma virtual, ofreciendo así acompañamiento y supervisión especializada en el desarrollo de la parentalidad
de forma positiva, con el fin de ofrecer habilidades y herramientas para mejorar la educación de los niños y adolescentes acogidos en familia extensa.
El acogimiento supone una realidad compleja debido al entramado de relaciones de los
intervinientes: acogedores, progenitores, niños y adolescentes acogidos, profesionales de
los diferentes servicios y las múltiples áreas que tanto en la vida de los menores como en la
de sus acogedores se ven afectadas.
Así, la intervención profesional del convenio permite que:
— Los niños y adolescentes vivan con personas a las que conocen y en las que confían,
reduciendo el trauma de vivir con personas que inicialmente eran desconocidas.
— Ayuda a la transmisión de la identidad, la cultura, los valores y creencias de la familia.
— Facilita las relaciones y vínculos con sus progenitores, hermanos y otros miembros de la familia extensa.
— Empodera a la familia con sus propios miembros y recursos, facilitando que el menor pueda recibir apoyo y servicios desde su propia familia e incrementando las
oportunidades de estar conectado con su comunidad y animando a ésta a hacerse
responsable de los menores y familias.
Las actividades se destinan específicamente a cada una de las dimensiones o niveles
del sistema de la situación de acogida como en beneficio de su interacción en la dinámica
familiar:
— Dimensión núcleo acogedor (familia extensa).
— Dimensión de los niños y adolescentes.
— Dimensión de la familia biológica.
El papel mediador, informativo y educativo de un equipo especializado de apoyo puede llegar a optimizar las relaciones entre las distintas figuras de apego del niño, evitando
que las dinámicas disfuncionales repercutan negativamente en su bienestar, detectando y
previniendo posibles situaciones de riesgo, aportando los recursos y la ayuda necesaria a las
familias acogedoras y mediar entre éstas y los progenitores. Contribuye así a hacer posible
que el acogimiento se desarrolle de forma beneficiosa para el niño.

BOCM-20241206-8

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