C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20241206-3)
Convenio colectivo –  Resolución de 15 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la empresa FCC Medio Ambiente, S. A. U., y su personal adscrito al depósito controlado de Pinto y a la estación de transferencia de Leganés (código número 28103931012024)
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BOCM

VIERNES 6 DE DICIEMBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 291

Esta comisión se reunirá a instancia de parte, celebrándose dicha reunión dentro de los tres días
siguientes a su convocatoria. Serán funciones de esta comisión las siguientes:
Interpretación de la totalidad de las cláusulas de este convenio.
Vigilancia del cumplimiento de lo pactado.
Estudio y valoración de nuevas disposiciones legales de promulgación posterior a la entrada en
vigor del presente convenio y que puedan afectar a su contenido, a fin de adaptarlas al espíritu
global del convenio.
En caso de que el período de consultas establecido en el artículo 82.3 del Estatuto de los Trabajadores
finalice sin acuerdo, se someterá la cuestión a la comisión paritaria a efectos de obtener un acuerdo en
dicha materia en el plazo de siete días. De no alcanzarse acuerdo, las partes deberán recurrir a los
procedimientos que se hayan establecido en los acuerdos interprofesionales de ámbito autonómico
con el fin de solventar la discrepancia surgida.
La comisión mixta paritaria deberá emitir su informe relativo a las materias que se le consulten, en
relación con el convenio, en un plazo máximo de cinco días desde la fecha de la consulta.
Sin perjuicio de lo anterior, las partes podrán ejercitar libremente las acciones que procedan, según la
forma y alcance de la legislación vigente.
Capítulo II
Art. 7. Jornada de trabajo. La jornada de trabajo será de treinta y siete horas semanales, distribuidas
de lunes a sábado, con un descanso intermedio de treinta minutos de bocadillo, considerado como
tiempo efectivo de trabajo.
La distribución de la jornada semanal será de lunes a domingo para aquellos trabajadores y
colectivos con régimen de jornada por cuadrantes, lo que quedará reflejado en el Anexo III del
presente convenio colectivo y en el acta de cuadrantes acordada por ambas partes para regular
esta materia. Dicho cuadrante y anexo estarán vigentes hasta que entre en vigor el nuevo sistema
de trabajo.
El sistema de trabajo y descansos pasará a modificarse una vez se conozcan los pliegos objeto del
nuevo concurso de explotación relativo a las instalaciones del Depósito Controlado de Pinto y la
Estación de Transferencias de Leganés de la Mancomunidad del Sur, de tal forma que las ofertas
que presenten las empresas que opten al concurso, contemplarán la jornada de los trabajadores de
treinta y siete horas semanales distribuidas de lunes a viernes.
La jornada pactada no afectará al rendimiento del trabajo, por lo que se mantendrá el nivel
productivo existente, realizándose por tanto, igual trabajo.
La empresa programará los viajes de los conductores. Si se evidenciase que los con- ductores
realizan con habitualidad la jornada programada más allá del horario ordinario o no los realizasen,
salvo que sea por incidentes derivados del trabajo y que sean cuestiones ajenas al trabajador, se
reunirá la comisión mixta paritaria del presente convenio colectivo al objeto de revisar y modificar, si
procede, los cuadrantes de este colectivo. Se respetarán en todo caso los descansos establecidos
en el presente convenio.
La Jornada de los administrativos será de treinta y siete horas semanales distribuidas en cinco
días a la semana de lunes a viernes.

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