C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20241206-3)
Convenio colectivo – Resolución de 15 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la empresa FCC Medio Ambiente, S. A. U., y su personal adscrito al depósito controlado de Pinto y a la estación de transferencia de Leganés (código número 28103931012024)
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 44
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 6 DE DICIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 291
Si el trabajador se jubila con una antelación inferior a tres e igual o superior a dos años: 145,20
euros.
Si el trabajador se jubila con una antelación inferior a dos e igual o superior a un año: 96,81 euros.
Estas cantidades permanecerán invariables durante la vigencia del convenio.
Los trabajadores que se jubilen parcialmente no tendrán derecho a la percepción de las cantidades
establecidas en el presente artículo.
Art. 28. Jubilación Parcial. Se estará a lo dispuesto en la normativa vigente en la materia.
Art. 29. Fondo Social. A partir de la firma del presente convenio, la empresa abonará el 75 por 100
hasta un máximo de 200,00 euros, del costo de las gafas que se rompan como consecuencia de la
realización del trabajo, siempre que estas hayan sido prescritas por facultativos.
Capítulo V
Salud laboral
Art. 30. Revisión médica. Se realizará por parte de un servicio médico de empresa una revisión
médica anual en horas de trabajo, de carácter voluntario para los trabajadores, a salvo de lo
dispuesto en el art. 22 de la Ley 31/95 de Prevención de Riesgos Laborales, art. 196 y ss de la
LGSS, y/o demás normas legales concordantes, que constará de una serie de pruebas,
incluyendo análisis. En el reconocimiento médico periódico anual se realizarán las siguientes
pruebas:
Análisis de sangre y orina.
Control de vista y oído.
Capacidad pulmonar.
Pesaje.
Tallaje.
Reconocimiento general por el médico.
Electrocardiograma (mayores de cuarenta y cinco años o trabajadores con disfunción arterial).
Radiografías (en aquellos casos en que el médico lo considere oportuno).
La empresa realizará un reconocimiento médico completo a todos los trabajadores de nuevo
ingreso.
En septiembre se habilitará una vacuna contra la gripe de carácter voluntario, cuya vacunación se
efectuará en horas de trabajo. En todo caso, el resultado de la revisión médica se entregará a cada
trabajador.
BOCM-20241206-3
El resultado de este reconocimiento se entregará al interesado garantizando su confidencialidad.
Pág. 44
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 6 DE DICIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 291
Si el trabajador se jubila con una antelación inferior a tres e igual o superior a dos años: 145,20
euros.
Si el trabajador se jubila con una antelación inferior a dos e igual o superior a un año: 96,81 euros.
Estas cantidades permanecerán invariables durante la vigencia del convenio.
Los trabajadores que se jubilen parcialmente no tendrán derecho a la percepción de las cantidades
establecidas en el presente artículo.
Art. 28. Jubilación Parcial. Se estará a lo dispuesto en la normativa vigente en la materia.
Art. 29. Fondo Social. A partir de la firma del presente convenio, la empresa abonará el 75 por 100
hasta un máximo de 200,00 euros, del costo de las gafas que se rompan como consecuencia de la
realización del trabajo, siempre que estas hayan sido prescritas por facultativos.
Capítulo V
Salud laboral
Art. 30. Revisión médica. Se realizará por parte de un servicio médico de empresa una revisión
médica anual en horas de trabajo, de carácter voluntario para los trabajadores, a salvo de lo
dispuesto en el art. 22 de la Ley 31/95 de Prevención de Riesgos Laborales, art. 196 y ss de la
LGSS, y/o demás normas legales concordantes, que constará de una serie de pruebas,
incluyendo análisis. En el reconocimiento médico periódico anual se realizarán las siguientes
pruebas:
Análisis de sangre y orina.
Control de vista y oído.
Capacidad pulmonar.
Pesaje.
Tallaje.
Reconocimiento general por el médico.
Electrocardiograma (mayores de cuarenta y cinco años o trabajadores con disfunción arterial).
Radiografías (en aquellos casos en que el médico lo considere oportuno).
La empresa realizará un reconocimiento médico completo a todos los trabajadores de nuevo
ingreso.
En septiembre se habilitará una vacuna contra la gripe de carácter voluntario, cuya vacunación se
efectuará en horas de trabajo. En todo caso, el resultado de la revisión médica se entregará a cada
trabajador.
BOCM-20241206-3
El resultado de este reconocimiento se entregará al interesado garantizando su confidencialidad.