Mancomunidad Henares-Jarama (BOCM-20241205-96)
Ofertas de empleo. Convocatoria procesos selectivos
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 290

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 5 DE DICIEMBRE DE 2024

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en inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de funciones públicas por
resolución judicial para el acceso a la escala, subescala, clase y categoría de funcionario en el que hubiese sido separado o inhabilitado. Los nacionales de otros
Estados deberán acreditar igualmente no hallarse inhabilitados o en situación
equivalente ni haber sido sometidos a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso a la función pública.
e) Documentación acreditativa de los restantes requisitos que, en su caso, pudieran
exigirse en cada base específica.
8.2. Conforme a lo dispuesto en el artículo 23.2 del Reglamento General de Ingreso
del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos
de Trabajo y Promoción Profesional de los funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, quienes dentro del plazo indicado en las presentes bases, y salvo los casos
de fuerza mayor, no presentasen la documentación exigida en las bases de la convocatoria
o del examen de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos por
las mismas, no podrán ser nombrados funcionarios de carrera o contratados como persona
laboral fijo, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad
en la que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de participación.
9. Adjudicación de destinos
9.1. La adjudicación de puestos de trabajo a los funcionarios de nuevo ingreso o
personal laboral fijo se efectuará de acuerdo con el orden obtenido en el proceso selectivo, teniendo preferencia por optar cada uno de los funcionarios interinos o personal laboral
temporal al puesto que desempeñe, en caso de que obtengan plaza en el proceso selectivo.
10. Contratación de personal laboral fijo
10.1. Concluidos los procesos selectivos para cubrir plazas de personal laboral fijo,
las personas aspirantes que lo hubieran superado y que hayan acreditado cumplir los requisitos exigidos, serán contratados como personal laboral fijo previa resolución de la Presidenta de la Mancomunidad Henares-Jarama, con indicación del destino adjudicado.
10.2. Transcurrido el plazo de presentación de documentos, la Presidenta de la Mancomunidad Henares-Jarama resolverá la contratación. Los aspirantes seleccionados que hubiesen superado el proceso selectivo deberán formalizar su contrato en el plazo máximo de
un mes, contado a partir de la fecha de la notificación de la resolución de contratación.
10.3. El aspirante que no materialice su contratación en el plazo señalado sin causa
justificada decaerá en todo derecho que pudiera haber adquirido.
11. Formación de listas de espera
Dado que la vinculación del personal temporal es exclusivamente con la plaza desempeñada, las convocatorias de estabilización que se publiquen podrán prever para aquellas
personas que ocupando dicha plaza no superen el proceso selectivo, su inclusión en listas
de espera de carácter preferente sobre las existentes de la misma categoría en la Mancomunidad Henares-Jarama, de personal laboral temporal con la puntuación obtenida para contrataciones temporales por cobertura de vacante o sustitución de larga duración.

La participación en el proceso selectivo implica el consentimiento para que los datos personales aportados sean objeto de publicación a través de su inserción en el BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el tablón de edictos y anuncios digital de la Mancomunidad Henares-Jarama y en la página web municipal, cuando así lo requiera la tramitación del
procedimiento. Por aplicación del principio de especialidad, los datos personales que podrán
ser objeto de publicación son: el nombre, apellidos y número del documento nacional de identidad o documento equivalente, en la forma prevista legalmente.
13. Recursos
Las presentes bases vinculan a la Administración, al Tribunal Calificador y a quienes
participen en el proceso de selección, y tanto la presente convocatoria como sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de las actuaciones del Tribunal Calificador podrán ser impugnadas por los interesados en los casos y formas que determina la Ley 7/1985,
de 2 abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y Ley 39/2015, del 1 de octubre, del

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12. Datos de carácter personal