Mancomunidad Henares-Jarama (BOCM-20241205-96)
Ofertas de empleo. Convocatoria procesos selectivos
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BOCM

JUEVES 5 DE DICIEMBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 290

ma para el acceso a la plaza de la misma categoría que la convocatoria. Con la puntuación
que se establezcan en las bases específicas.
6.1.5. Otros méritos en otras Administraciones Públicas: Las bases específicas de
cada proceso selectivo podrán valorar otros méritos específicos tales como la superación en
algún proceso selectivo de bolsas de trabajo o empleo en otras administraciones públicas
para el acceso a la plaza de la misma categoría que la convocatoria. Con la puntuación que
se establezcan en las bases específicas.
6.2. Calificación del proceso selectivo:
6.2.1. Los procesos selectivos a través del sistema de concurso de méritos se valorarán de forma que la puntuación de esos procesos será el resultado de sumar las puntuaciones obtenidas en base a los diferentes méritos evaluables previstos en las bases específicas.
6.2.2. En caso de empate, en los procesos selectivos convocados al amparo de la disposición adicional sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de Medidas Urgentes para
la Reducción de la Temporalidad en el Empleo Público, se aplicarán los criterios que se establezcan en las bases específicas.
7. Resolución del proceso selectivo y lista de aprobados
7.1. Finalizado el proceso de selección, el Tribunal Calificador elevará la relación de
aprobados, por el orden de puntuación alcanzado, con indicación del documento nacional
de identidad (en la forma prevista legalmente para la protección de los datos de carácter personal), así como las notas parciales de todas y cada una delas fases del proceso selectivo, al
órgano competente para la resolución del proceso selectivo, que asimismo ordenará su publicación en el tablón de edictos, tablón de anuncios digital y web municipal de la Mancomunidad Henares-Jarama.
7.2. El Tribunal no podrá declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes al de plazas convocadas. No obstante lo anterior, siempre que el
Tribunal haya propuesto el nombramiento de igual número de aspirantes que el de plazas
convocadas, y con el fin de asegurar la cobertura de las mismas, cuando se produzcan renuncias de los aspirantes seleccionados o cuando de la documentación aportada por los aspirantes se deduzca que no cumplen los requisitos exigidos, antes de su nombramiento o
toma de posesión, el órgano convocante podrá requerir del Tribunal relación complementaria de los aspirantes que sigan a los propuestos para su posible contratación, en el caso de
personal laboral fijo.
7.3. El acto que ponga fin al procedimiento selectivo deberá ser motivado. La motivación de los actos del Tribunal dictados en virtud de discrecionalidad técnica en el desarrollo
de su cometido de valoración, estará referida al cumplimiento de las normas reglamentarias y
de las bases de la convocatoria.
8. Presentación de documentos
8.1. En el plazo de veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente a aquel en que
se hiciera pública la relación definitiva de aspirantes aprobados, los aspirantes propuestos
aportarán en la Mancomunidad Henares-Jarama los documentos que a continuación se relacionan:
a) Fotocopia y original del documento nacional de identidad o, en su caso, del pasaporte o de cualquier otro documento acreditativo de la nacionalidad. El documento que se presente habrá de encontrarse en vigor.
b) En el caso de aspirantes que hayan concurrido a las pruebas selectivas por tratarse
de cónyuges, o descendientes del cónyuge, de españoles o nacionales de países
miembros de la Unión Europea deberán presentar los documentos expedidos por
las autoridades competentes que acrediten el vínculo de parentesco y una declaración jurada o promesa del español o del nacional de la Unión Europea con el que
existe este vínculo, de que no está separado de derecho de su cónyuge y, en su
caso, del hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.
c) Fotocopia y original del título exigido en las bases específicas, o certificación académica que acredite haber realizado y aprobado los estudios completos necesarios para
la expedición del mismo. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá aportar la documentación acreditativa de su homologación o convalidación.
d) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse

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