Mancomunidad Henares-Jarama (BOCM-20241205-96)
Ofertas de empleo. Convocatoria procesos selectivos
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 290

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 5 DE DICIEMBRE DE 2024

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las existentes de la misma categoría en la Mancomunidad, con la puntuación obtenida para
contrataciones temporales por cobertura de vacante o sustituciones de larga duración.
8. Recursos
Las presentes bases vinculan a la Administración, al Tribunal Calificador y a quienes
participen en el proceso de selección, y tanto la presente convocatoria como sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de las actuaciones del Tribunal Calificador podrán ser impugnadas por los interesados en los casos y formas que determina la Ley 7/1985,
de 2 abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y Ley 39/2015, del 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como en su
caso en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
ANEXO 4
BASES ESPECÍFICAS QUE REGULAN EL PROCESO
PARA LA ESTABILIZACIÓN DEL EMPLEO TEMPORAL
DE LA MANCOMUNIDAD HENARES-JARAMA, CATEGORÍA
DE AUXILIAR ADMINISTRATIVO PERSONAL LABORAL,
UNA (1) PLAZA, MEDIANTE CONCURSO DE MÉRITOS
(DISPOSICIÓN ADICIONAL SEXTA DE LA LEY 20/2021)
1. Objeto
La convocatoria tiene por objeto la selección mediante el sistema de concurso de méritos de una plaza de naturaleza laboral, denominación: Auxiliar Administrativo.
2. Régimen aplicable
La convocatoria se regirá por las presente bases específicas y por las bases generales
que regulan el proceso para la Estabilización del Empleo Temporal de la Mancomunidad
Henares-Jarama, conforme a la disposición adicional sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de Medidas Urgentes para la Reducción de la Temporalidad en el Empleo Público, y demás legislación de aplicación.
3. Titulación
Deberá estar en posesión de la titulación de Graduado/a en Educación Secundaria
Obligatoria (ESO) o equivalente, Artículo 76 y 77 del TREBEP. Certificado de escolaridad
regulado en la Ley 14/1970 o certificado sustitutorio emitido por la Administración Educativa, que se considera suficiente para la equivalencia a efectos laborales. En el caso de
titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de la correspondiente
convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación.

La valoración de los méritos de los aspirantes, serán los siguientes:
A) Experiencia profesional: Se valorará hasta un máximo de 60 puntos, la experiencia profesional de la forma establecida a continuación:
A.1) Se valorará a razón de 0,20 puntos por mes completo trabajado en la Mancomunidad Henares-Jarama, o alguno de sus organismos dependientes,
como personal laboral temporal, prestando servicios y funciones en la categoría de Auxiliar Administrativo, es decir, idéntica a la plaza de la presente convocatoria.
A.2) Se valorará a razón de 0,10 puntos por mes completo trabajado en otra Administración Pública, como personal laboral temporal, prestando servicios y
funciones en la categoría de Auxiliar Administrativo, es decir, idéntica a la
plaza de la presente A efectos laborales, se entenderá por mes completo, períodos de treinta días.
B) Otros méritos específicos: Se valorará hasta un máximo de 30 puntos:
B1.1) Mancomunidad Henares-Jarama. Por haber superado algún proceso selectivo de bolsas de trabajo o empleo en la Mancomunidad Henares-Jarama

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4. Méritos valorables en el concurso de méritos