Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (BOCM-20241205-48)
Dirección General de Política Energética y Minas. Autorización administrativa
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 290

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 5 DE DICIEMBRE DE 2024

Pág. 157

— Línea de evacuación aérea de 132 kV que realiza entrada y salida a la subestación
Regata 132/30 kV.
— Infraestructura de evacuación a 132 kV que conecta la subestación Recova 132/30 kV
con la subestación Morata Renovables 400/132 kV.
— Subestación Morata Renovables 400/132 kV.
— Infraestructura de evacuación a 400 kV entre la SET Morata Renovables 400/132 kV
y la SET Morata 400 kV de REE.
Considerando que, en virtud del artículo 53.1 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre,
la autorización administrativa de construcción permite al titular realizar la construcción de
la instalación cumpliendo los requisitos técnicos exigibles.
El promotor suscribe, con fecha 17 de octubre de 2024, declaración responsable que
acredita el cumplimiento de la normativa que le es de aplicación.
A los efectos de la obtención de la presente autorización administrativa previa de las
modificaciones sobre el proyecto, autorización administrativa de construcción, y declaración, en concreto, de utilidad pública del mismo, con fecha 17 de octubre de 2024, el promotor presenta declaración responsable del cumplimiento de los requisitos impuestos en la
declaración de impacto ambiental y de la normativa de aplicación en cumplimiento de lo
dispuesto en el artículo 53.4 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre.
La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, reconoce la libre iniciativa
empresarial para el ejercicio de las actividades destinadas al suministro de energía eléctrica. En virtud del artículo 53.4 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, el promotor ha acreditado su capacidad legal, técnica y económico-financiera para la realización del proyecto.
A tal fin, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia emitió el correspondiente informe teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 127.6 del Real Decreto 1955/2000,
de 1 de diciembre, aprobado en su sesión celebrada el 1 de febrero de 2024.
De acuerdo con lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la propuesta de resolución de esta
Dirección General ha sido sometida a trámite de audiencia del promotor, el cual ha respondido al mismo con alegaciones, que han sido analizadas e incorporadas en la resolución.
Tomando en consideración los principios de celeridad y economía procesal que debe
regir la actividad de la Administración, resulta procedente resolver por medio de un único
acto la solicitud del peticionario, relativa a la concesión de autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción del proyecto y declaración, en concreto, de
utilidad pública de la actuación anteriormente mencionada.
Estas autorizaciones se van a conceder sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente, y a
cualesquiera otras motivadas por disposiciones que resulten aplicables, así como sin perjuicio del resto de autorizaciones y permisos que sean necesarios para la ejecución de la obra.
Como consecuencia de lo anteriormente expuesto, esta Dirección General de Política
Energética y Minas

Primero.—Otorgar a Recova Solar, S. L. U., autorización administrativa previa de las modificaciones del proyecto de instalación fotovoltaica Recova Solar Ampliación, de 50,40 MW
de potencia instalada y su infraestructura de evacuación, en el término municipal de Colmenar de Oreja, en la provincia de Madrid, en los términos que se recogen en la presente
resolución.
Segundo.—Otorgar a Recova Solar, S. L. U., autorización administrativa de construcción para la instalación fotovoltaica Recova Solar Ampliación, de 50,40 MW de potencia instalada y su infraestructura de evacuación, en el término municipal de Colmenar
de Oreja, en la provincia de Madrid, con las características definidas en los siguientes proyectos y adendas: «Proyecto Administrativo Planta Fotovoltaica “FV Recova Solar Ampliación 52,16 MWp/40MWn”», visado el 24 de noviembre de 2021; y “Adenda al Proyecto
Técnico Administrativo Planta Fotovoltaica FV Recova Solar 51,11 MWp/50,40 MW Instalados e Infraestructura de Evacuación 30 kV”, visado el 21 de mayo de 2024; y con las
particularidades recogidas en la presente resolución.
El objeto del proyecto es la construcción de una instalación fotovoltaica para la generación de energía eléctrica y la evacuación de dicha energía a la red.
Las características principales de la planta fotovoltaica son las siguientes:
— Tipo de tecnología: Solar fotovoltaica.

BOCM-20241205-48

RESUELVE