Las Rozas de Madrid (BOCM-20241204-83)
Organización y funcionamiento. Protocolo anticontaminación
7 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Pág. 254

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 4 DE DICIEMBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 289

— Prohibición, o limitación temporal del funcionamiento de determinadas actividades que puedan constituir focos de emisión de contaminantes a la atmósfera.
— Se recomendará a las empresas, especialmente a aquellas de más de 250 trabajadores, la aplicación de planes de movilidad que contemplen medidas especiales de movilidad para sus trabajadores, así como otras relacionadas con la flexibilidad de horarios laborales, el teletrabajo o la racionalización del movimiento de la flota de
vehículos de la empresa.
— Prohibición, o limitación temporal del uso de productos fitosanitarios y de cualquier otro tipo, cuya aplicación se realice por fumigación o pulverización que puedan generar aerosoles y partículas en suspensión, cuando no se den las condiciones atmosféricas favorables que eviten el arrastre y dispersión de los productos
fuera de la zona de tratamiento.
— Restricción parcial, o limitación temporal, de la actividad en aquellas obras de
construcción que por sus características o procedimiento constructivo puedan
constituir un foco de emisión de contaminantes, especialmente aquellas que impliquen la utilización de maquinaria pesada, grupos electrógenos y en las que se
realicen movimientos de tierras.
Art. 6. Activación y desactivación de los escenarios y de las medidas específicas.—
1. Cuando la Comunidad de Madrid notifique al Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid
la activación de alguno de los tres niveles de actuación autonómica en la Zona 4 “Aglomeración Urbana Noroeste”, se activarán los escenarios correspondientes y se pondrán en marcha las medidas específicas previstas en este Protocolo Anticontaminación, complementariamente a las establecidas en el Decreto 140/2017, de 21 de noviembre, del Consejo de
Gobierno, por el que se aprueba el Protocolo marco de actuación durante episodios de alta
contaminación por dióxido de nitrógeno (NO2) en la Comunidad de Madrid, y que ha sido
modificado por el Decreto 38/2023, de 19 de abril.
2. El órgano competente para decretar la activación y desactivación de los escenarios y la puesta en marcha de las medidas específicas del citado Protocolo Anticontaminación en los núcleos urbanos de la ZBE afectados, será la Concejalía con competencias en
materia de Medio Ambiente, o en su defecto el Alcalde.
3. La responsabilidad de ejecutar las medidas específicas recaerá en cada caso sobre
cada una de las áreas competentes municipales:
— Medidas informativas 1: Concejalía con competencias en materia de Presidencia.
— Medidas informativas 2: Concejalía con competencias en materia de Presidencia.
— Medidas de promoción del transporte público 1: Concejalía con competencias en
materia de Presidencia.
— Medidas de promoción del transporte público 2: Concejalía con competencias en
materia de Transportes.
— Medidas de restricción del tráfico 1: Concejalía con competencias en materia de
Seguridad.
— Medidas de restricción del tráfico 2: Concejalía con competencias en materia de
Seguridad.
— Medidas de reducción de las emisiones de los sectores productivos 1: Alcaldía a
través de Bando municipal.
— Medidas de reducción de las emisiones de los sectores productivos 2: Alcaldía a
través de Bando municipal.
4. La desactivación de los escenarios y medidas específicas se producirá cuando la Comunidad de Madrid notifique al Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid la desactivación de los
niveles de actuación autonómica en la Zona 4 que pudieran haberse activado previamente.
5. Ante la activación de cualquier escenario del Protocolo Anticontaminación del
Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid, el servicio de Protección Civil-SAMER podrá actuar conforme a las estipulaciones de la Ley 5/2023, de 22 de marzo, de Creación del Sistema Integrado de Protección Civil y Emergencias de la Comunidad de Madrid.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA
1. Se deroga el “Protocolo de actuación para episodios de contaminación por dióxido de nitrógeno” en el municipio de Las Rozas de Madrid, que fue aprobado en el Pleno del
Ayuntamiento del día 30 de enero de 2020 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, n.o 53 de 3 de marzo de 2020, página 109).

BOCM-20241204-83

BOCM