B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20241129-7)
Directores centros docentes – Resolución de 25 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se convocan procedimientos para la renovación y la selección del puesto de dirección de los centros educativos públicos no universitarios de la Comunidad de Madrid
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 29 DE NOVIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 285
Contra esta resolución podrá interponerse recurso de alzada ante la Viceconsejería de
Política y Organización Educativa en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente
al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 115, 121 y 122 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre.
5.4.4. Renuncias a la renovación de un centro.
Aquellos candidatos admitidos al proceso que deseen renunciar a su participación en
el mismo podrán hacerlo presentando por escrito la renuncia ante la Dirección General de
Recursos Humanos en un plazo de tres días a contar desde el día siguiente al de la publicación de la relación definitiva de admitidos y excluidos indicada en el apartado anterior.
La presentación de la renuncia se presentará exclusivamente por medios electrónicos,
en la aplicación a la que se accede siguiendo la ruta indicada en el apartado 4.3.
5.5. Procedimiento de renovación. Valoración de la actualización del proyecto de dirección.
El documento de actualización del proyecto de dirección será valorado por uno o varios representantes del Servicio de Inspección Educativa, nombrados por la Dirección de
Área Territorial a la que esté adscrito el centro cuyo mandato se presente a renovación, oído
el Consejo escolar del mismo.
Para ello, en el plazo de 15 días lectivos, contados a partir del día siguiente al de la
publicación de los listados de admitidos y excluidos definitivos, el director cuyo mandato
pretende renovar, convocará y realizará una sesión extraordinaria del Consejo escolar, informando de dicha fecha y hora a la DAT correspondiente, con la finalidad de exponer
quiénes integrarán su equipo directivo, la situación del centro e informar de los objetivos
básicos que pretende alcanzar en el nuevo período, las líneas de actuación, los planes para
la consecución de objetivos así como los aspectos sobre evaluación y difusión de resultados según lo previsto en su documento de actualización del proyecto de dirección. A dicho acto asistirá el representante o representantes mencionados en el párrafo anterior.
En esta sesión, el Consejo escolar manifestará su posición sobre la renovación para un
nuevo mandato de dirección, que será recogida por el precitado representante o representantes que, a la vista del documento de actualización del proyecto de dirección, emitirá informe
motivado favorable o desfavorable (en caso de carencias suficientemente significativas) a la
renovación, ajustándose a los indicadores que para el proceso de renovación se indican en el
Anexo III. Asimismo, en dicho informe deberá constar el posicionamiento del Consejo escolar en relación con la renovación del mandato del director.
A la vista de lo anterior, cada Dirección de Área Territorial, en el plazo de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la realización de la sesión extraordinaria del
Consejo escolar, remitirá a la Dirección General de Recursos Humanos los listados provisionales con la valoración favorable o desfavorable a la renovación del mandato de dirección de los centros de su ámbito de gestión.
5.6. Publicación de los listados provisionales de valoración a la renovación. Plazo de
alegaciones.
La Dirección General de Recursos Humanos publicará los listados provisionales con
la valoración de cada aspirante a renovación en términos de favorable o desfavorable.
Los listados se expondrán en el portal de la Comunidad de Madrid en la misma ruta
que la indicada en el apartado 5.4.1.
Contra los mismos, en el plazo de cinco días hábiles contados a partir del día siguiente al de su publicación, los participantes podrán presentar alegaciones.
Las alegaciones se presentarán exclusivamente por medios electrónicos, en la aplicación a la que se accede siguiendo la ruta indicada en el apartado 4.3.
5.7. Finalización del procedimiento.
5.7.1. Publicación de los listados definitivos de valoración a la renovación del mandato de dirección y relación de candidatos que superan el procedimiento de renovación.
Examinadas las alegaciones presentadas a los listados provisionales, la Dirección General de Recursos Humanos dictará una resolución ordenando la publicación de los listados
definitivos de valoración y otra con la relación de candidatos que superan el procedimiento. Aquellas alegaciones que no hayan sido tenidas en cuenta en los listados definitivos que
se publiquen, se considerarán desestimadas.
Contra las resoluciones señaladas en el párrafo anterior, podrá interponerse recurso de
alzada ante la Viceconsejería de Política y Organización Educativa en el plazo de un mes
BOCM-20241129-7
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 29 DE NOVIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 285
Contra esta resolución podrá interponerse recurso de alzada ante la Viceconsejería de
Política y Organización Educativa en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente
al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 115, 121 y 122 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre.
5.4.4. Renuncias a la renovación de un centro.
Aquellos candidatos admitidos al proceso que deseen renunciar a su participación en
el mismo podrán hacerlo presentando por escrito la renuncia ante la Dirección General de
Recursos Humanos en un plazo de tres días a contar desde el día siguiente al de la publicación de la relación definitiva de admitidos y excluidos indicada en el apartado anterior.
La presentación de la renuncia se presentará exclusivamente por medios electrónicos,
en la aplicación a la que se accede siguiendo la ruta indicada en el apartado 4.3.
5.5. Procedimiento de renovación. Valoración de la actualización del proyecto de dirección.
El documento de actualización del proyecto de dirección será valorado por uno o varios representantes del Servicio de Inspección Educativa, nombrados por la Dirección de
Área Territorial a la que esté adscrito el centro cuyo mandato se presente a renovación, oído
el Consejo escolar del mismo.
Para ello, en el plazo de 15 días lectivos, contados a partir del día siguiente al de la
publicación de los listados de admitidos y excluidos definitivos, el director cuyo mandato
pretende renovar, convocará y realizará una sesión extraordinaria del Consejo escolar, informando de dicha fecha y hora a la DAT correspondiente, con la finalidad de exponer
quiénes integrarán su equipo directivo, la situación del centro e informar de los objetivos
básicos que pretende alcanzar en el nuevo período, las líneas de actuación, los planes para
la consecución de objetivos así como los aspectos sobre evaluación y difusión de resultados según lo previsto en su documento de actualización del proyecto de dirección. A dicho acto asistirá el representante o representantes mencionados en el párrafo anterior.
En esta sesión, el Consejo escolar manifestará su posición sobre la renovación para un
nuevo mandato de dirección, que será recogida por el precitado representante o representantes que, a la vista del documento de actualización del proyecto de dirección, emitirá informe
motivado favorable o desfavorable (en caso de carencias suficientemente significativas) a la
renovación, ajustándose a los indicadores que para el proceso de renovación se indican en el
Anexo III. Asimismo, en dicho informe deberá constar el posicionamiento del Consejo escolar en relación con la renovación del mandato del director.
A la vista de lo anterior, cada Dirección de Área Territorial, en el plazo de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la realización de la sesión extraordinaria del
Consejo escolar, remitirá a la Dirección General de Recursos Humanos los listados provisionales con la valoración favorable o desfavorable a la renovación del mandato de dirección de los centros de su ámbito de gestión.
5.6. Publicación de los listados provisionales de valoración a la renovación. Plazo de
alegaciones.
La Dirección General de Recursos Humanos publicará los listados provisionales con
la valoración de cada aspirante a renovación en términos de favorable o desfavorable.
Los listados se expondrán en el portal de la Comunidad de Madrid en la misma ruta
que la indicada en el apartado 5.4.1.
Contra los mismos, en el plazo de cinco días hábiles contados a partir del día siguiente al de su publicación, los participantes podrán presentar alegaciones.
Las alegaciones se presentarán exclusivamente por medios electrónicos, en la aplicación a la que se accede siguiendo la ruta indicada en el apartado 4.3.
5.7. Finalización del procedimiento.
5.7.1. Publicación de los listados definitivos de valoración a la renovación del mandato de dirección y relación de candidatos que superan el procedimiento de renovación.
Examinadas las alegaciones presentadas a los listados provisionales, la Dirección General de Recursos Humanos dictará una resolución ordenando la publicación de los listados
definitivos de valoración y otra con la relación de candidatos que superan el procedimiento. Aquellas alegaciones que no hayan sido tenidas en cuenta en los listados definitivos que
se publiquen, se considerarán desestimadas.
Contra las resoluciones señaladas en el párrafo anterior, podrá interponerse recurso de
alzada ante la Viceconsejería de Política y Organización Educativa en el plazo de un mes
BOCM-20241129-7
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