B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20241129-7)
Directores centros docentes –  Resolución de 25 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se convocan procedimientos para la renovación y la selección del puesto de dirección de los centros educativos públicos no universitarios de la Comunidad de Madrid
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 29 DE NOVIEMBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 285

El resto de documentos que acreditan el cumplimiento de los requisitos de participación expresados en la base Quinta serán aportados de oficio por la Administración.
La actualización del proyecto de dirección para el procedimiento de renovación se presentará por medios electrónicos, de acuerdo a lo establecido en la base 4.3.
Es responsabilidad del aspirante garantizar que adjunta el archivo de la actualización
del proyecto y que este es anexado correctamente.
En consecuencia, el aspirante, antes del envío telemático de la solicitud, debe revisarla debidamente, y, por lo tanto, ningún dato que consigne erróneamente podrá ser invocado a efectos de posibles reclamaciones, ni se considerará por este motivo que sus derechos
han sido perjudicados.
El hecho de no presentar ni la solicitud, ni la actualización del proyecto de dirección
en el plazo establecido comporta la exclusión de la participación en este procedimiento.
5.3. Actualización del proyecto de dirección: contenido mínimo, formato y forma de
presentación.
La actualización del proyecto de dirección deberá dar continuidad al proyecto inicial
con el que el aspirante accedió a la dirección. A tal fin, deberá partir de un análisis de la situación del centro y podrá establecer nuevos objetivos, que deberán tener coherencia con la
trayectoria seguida hasta el momento.
5.3.1. Contenido mínimo de la actualización del proyecto de dirección.
El contenido de la actualización del proyecto de dirección deberá incluir los siguientes aspectos:
— Descripción del equipo directivo, indicando los cambios en el mismo en relación
con el anterior mandato.
— Breve descripción del centro, destacando si se han introducido nuevas enseñanzas.
— Diagnóstico de la situación actual del centro, refiriéndose de forma claramente diferenciada a los siguientes cuatro ámbitos: gestión y administración; organización
pedagógica; relaciones institucionales; resultados. Se señalarán qué ámbitos merecen una atención prioritaria por detectarse importantes deficiencias; ámbitos en
los que estando en una situación aceptable se deben introducir mejoras y aquellos
que teniendo un buen funcionamiento necesitan ser mejorados.
— Objetivos básicos que se pretenden alcanzar en el siguiente período indicando:
a) Objetivos contemplados en el proyecto de dirección aún no conseguidos de
manera completa.
b) Nuevos objetivos que se plantean.
Estos objetivos deberán plantearse en función del análisis de la situación del centro en los cuatro ámbitos referidos a: gestión y administración; organización pedagógica; relaciones institucionales y resultados.
— Líneas de actuación y medidas para la consecución de objetivos teniendo en cuenta los ámbitos señalados anteriormente y señalando qué líneas se consideran prioritarias y su justificación.
— Planes de mejora: se especificarán, al menos, los siguientes:
a) Plan de mejora de la convivencia. Se especificarán actuaciones concretas para
la resolución pacífica de conflictos, el tratamiento del acoso escolar, la igualdad efectiva entre hombres y mujeres, no discriminación y prevención de la
violencia de género.
b) Plan de mejora de los resultados académicos.
c) Plan de reducción del absentismo y el abandono escolares.
d) Otros planes, a propuesta del director, en consonancia con los objetivos y líneas de actuación propuestos, como, por ejemplo: internacionalización, formación, atención a las necesidades del alumnado…
En los planes se indicarán las actuaciones, temporalización, responsables, indicadores de seguimiento y de logro cuantificables.
— Criterios de seguimiento, evaluación y difusión del proyecto de dirección:
a) Instrumentos e indicadores de evaluación, de procesos y de resultados que se
emplearán.
b) Temporalización.
c) Difusión de los resultados.

BOCM-20241129-7

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