B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20241129-7)
Directores centros docentes – Resolución de 25 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se convocan procedimientos para la renovación y la selección del puesto de dirección de los centros educativos públicos no universitarios de la Comunidad de Madrid
47 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 285
VIERNES 29 DE NOVIEMBRE DE 2024
Pág. 75
ANEXO V. BAREMO
MÉRITOS
VALORACIÓN
APARTADO 1.- TRAYECTORIA PROFESIONAL
MÁXIMO 5
puntos
DOCUMENTOS
JUSTIFICATIVOS
1.1. Antigüedad: Por cada año de permanencia ininterrumpida como
personal funcionario de carrera de los Cuerpos correspondientes a
alguno de los niveles educativos que imparta el Centro que supere
los cinco años exigidos como requisito.
A los efectos de este subapartado únicamente serán computables
los servicios prestados como personal funcionario de carrera que
superen los cinco años exigidos como requisito con carácter
general……………………………………………………………………
1 punto
Hoja de servicios expedida por la
Administración educativa.
La fracción de año se computará a razón de 0,0833 puntos por cada mes completo.
Se considerará a estos efectos,
cualquier evaluación que, respecto al
ejercicio profesional, hubiera recibido el
1.2. Por la evaluación positiva en el ejercicio de la función docente y/o
candidato con anterioridad al 1/09/2021,
directiva. Se entiende que la evaluación es positiva si supone una
tales como: la efectuada para el
calificación de al menos la mitad de la puntuación total
ejercicio de la dirección, consolidación
1
punto
posible……………………………………………………………………
del
complemento
de
Director,
convocatoria de licencia por estudios,
puestos en el exterior, cátedras u otras
similares.
Para la valoración del subapartado 1.1., quedarán exentos de los cinco años exigidos como requisito, los candidatos al puesto de director de los
centros específicos de educación infantil, los incompletos de educación primaria, los de educación secundaria con menos de ocho unidades, los que
impartan enseñanzas artísticas profesionales, deportivas, de idiomas o las dirigidas a personas adultas con menos de ocho profesores y, se valorará
todo el tiempo de permanencia ininterrumpida como personal funcionario de carrera.
Para la valoración del subapartado 1.1., solo se tendrá en cuenta la hoja de servicios cerrada a fecha de la convocatoria. No se tendrán en cuenta
las distintas tomas de posesión y ceses que haya tenido el candidato desde su nombramiento como funcionaria o funcionario de carrera o, en su caso,
de los correspondientes documentos de inscripción en los Registros de Personal.
Para la valoración del subapartado 1.2., solo se tendrá en cuenta una única evaluación positiva, con independencia de todas las que aporte el
candidato.
APARTADO 2.- EXPERIENCIA EN CARGOS DIRECTIVOS Y
DESTINO EN EL CENTRO COMO FUNCIONARIO DE
CARRERA
MÁXIMO 6
puntos
2.1. Por cada año como director en centros públicos docentes.
En
otros
centros
del
mismo
nivel
educativo
y/o
régimen……………………………………………...............................
1 punto
La fracción de año se computará a razón de 0,0833 puntos por cada mes
completo.
Distinto nivel educativo y/o régimen……...……………………………
0,5 puntos
Certificación
expedida
por
la
Administración educativa competente
(DAT) en la que consten las tomas de
posesión y cese en dichos cargos o
copia del nombramiento, con diligencia
de posesión y cese o, en su caso,
certificación, expedida por la DAT, en la
que conste que a la fecha de finalización
del plazo de presentación de solicitudes
se continúa en el cargo.
La fracción de año se computará a razón de 0,0416 puntos por cada mes
completo.
2.2. Por cada año de servicios como vicedirector, secretario, jefe de
estudios y asimilados en centros públicos.
0,5 puntos
Mismo nivel educativo y régimen……………...……………............
La fracción de año se computará a razón de 0,0416 puntos por cada mes
completo.
Distinto nivel educativo y/o régimen………...…………………………
La fracción de año se computará a razón de 0,0208 puntos por cada mes
completo.
0,25 puntos
BOCM-20241129-7
La misma documentación justificativa
que se indica para justificar los méritos
del subapartado 2.1.
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 285
VIERNES 29 DE NOVIEMBRE DE 2024
Pág. 75
ANEXO V. BAREMO
MÉRITOS
VALORACIÓN
APARTADO 1.- TRAYECTORIA PROFESIONAL
MÁXIMO 5
puntos
DOCUMENTOS
JUSTIFICATIVOS
1.1. Antigüedad: Por cada año de permanencia ininterrumpida como
personal funcionario de carrera de los Cuerpos correspondientes a
alguno de los niveles educativos que imparta el Centro que supere
los cinco años exigidos como requisito.
A los efectos de este subapartado únicamente serán computables
los servicios prestados como personal funcionario de carrera que
superen los cinco años exigidos como requisito con carácter
general……………………………………………………………………
1 punto
Hoja de servicios expedida por la
Administración educativa.
La fracción de año se computará a razón de 0,0833 puntos por cada mes completo.
Se considerará a estos efectos,
cualquier evaluación que, respecto al
ejercicio profesional, hubiera recibido el
1.2. Por la evaluación positiva en el ejercicio de la función docente y/o
candidato con anterioridad al 1/09/2021,
directiva. Se entiende que la evaluación es positiva si supone una
tales como: la efectuada para el
calificación de al menos la mitad de la puntuación total
ejercicio de la dirección, consolidación
1
punto
posible……………………………………………………………………
del
complemento
de
Director,
convocatoria de licencia por estudios,
puestos en el exterior, cátedras u otras
similares.
Para la valoración del subapartado 1.1., quedarán exentos de los cinco años exigidos como requisito, los candidatos al puesto de director de los
centros específicos de educación infantil, los incompletos de educación primaria, los de educación secundaria con menos de ocho unidades, los que
impartan enseñanzas artísticas profesionales, deportivas, de idiomas o las dirigidas a personas adultas con menos de ocho profesores y, se valorará
todo el tiempo de permanencia ininterrumpida como personal funcionario de carrera.
Para la valoración del subapartado 1.1., solo se tendrá en cuenta la hoja de servicios cerrada a fecha de la convocatoria. No se tendrán en cuenta
las distintas tomas de posesión y ceses que haya tenido el candidato desde su nombramiento como funcionaria o funcionario de carrera o, en su caso,
de los correspondientes documentos de inscripción en los Registros de Personal.
Para la valoración del subapartado 1.2., solo se tendrá en cuenta una única evaluación positiva, con independencia de todas las que aporte el
candidato.
APARTADO 2.- EXPERIENCIA EN CARGOS DIRECTIVOS Y
DESTINO EN EL CENTRO COMO FUNCIONARIO DE
CARRERA
MÁXIMO 6
puntos
2.1. Por cada año como director en centros públicos docentes.
En
otros
centros
del
mismo
nivel
educativo
y/o
régimen……………………………………………...............................
1 punto
La fracción de año se computará a razón de 0,0833 puntos por cada mes
completo.
Distinto nivel educativo y/o régimen……...……………………………
0,5 puntos
Certificación
expedida
por
la
Administración educativa competente
(DAT) en la que consten las tomas de
posesión y cese en dichos cargos o
copia del nombramiento, con diligencia
de posesión y cese o, en su caso,
certificación, expedida por la DAT, en la
que conste que a la fecha de finalización
del plazo de presentación de solicitudes
se continúa en el cargo.
La fracción de año se computará a razón de 0,0416 puntos por cada mes
completo.
2.2. Por cada año de servicios como vicedirector, secretario, jefe de
estudios y asimilados en centros públicos.
0,5 puntos
Mismo nivel educativo y régimen……………...……………............
La fracción de año se computará a razón de 0,0416 puntos por cada mes
completo.
Distinto nivel educativo y/o régimen………...…………………………
La fracción de año se computará a razón de 0,0208 puntos por cada mes
completo.
0,25 puntos
BOCM-20241129-7
La misma documentación justificativa
que se indica para justificar los méritos
del subapartado 2.1.