B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20241129-7)
Directores centros docentes – Resolución de 25 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se convocan procedimientos para la renovación y la selección del puesto de dirección de los centros educativos públicos no universitarios de la Comunidad de Madrid
47 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
ORGANIZACIÓN DEL EQUIPO
DIRECTIVO
DISTRIBUCIÓN DE
FUNCIONES Y TAREAS
COORDINACIÓN
FORMAS DE PARTICIPACIÓN
DE LOS ÓRGANOS DE
COORDINACIÓN DOCENTE
3.2.
3.3.
3.4.
3.5.
Se valorará que el Proyecto haya establecido:
a. Medidas para favorecer la participación de estos órganos
b. Procedimientos para la participación en la elaboración, aprobación y evaluación de las concreciones del currículo.
c. Procedimientos para la participación en la elaboración, aprobación y evaluación de todos los aspectos educativos de los proyectos del
centro y de la PGA.
Se valorará que se tienen en cuenta a la hora de plantear objetivos, líneas de actuación y planes de mejora las responsabilidades de:
a. Los miembros del Equipo Directivo.
b. Los órganos de coordinación docente (CCP, Departamentos, equipos docentes…).
c. Miembros del Consejo Escolar.
d. Profesorado con asunción de funciones específicas (apoyo, coordinación, jefaturas de departamento…).
Se valorará que el Proyecto haya establecido:
a. Líneas de coordinación horizontal y vertical: profesorado, departamentos, equipos docentes, niveles, etc.
b. Coordinación entre Centros de diversas etapas o niveles educativos que estén adscritos a efectos de escolarización.
Se valorará que el Proyecto haya establecido:
a. Previsión de reuniones para tomar decisiones y valorar el desarrollo de la planificación.
b. El establecimiento de criterios para la atención de asuntos prioritarios.
c. Distribución adecuada de responsabilidades entre los miembros del equipo.
Se valorará que el Proyecto haya establecido:
a. Estrategias que permitan la participación efectiva de todos los miembros del Consejo Escolar.
b. Creación de comisiones específicas.
c. Determinación de líneas de comunicación e información fluidas entre los miembros de los distintos órganos.
d. Procedimientos de revisión o modificación de los documentos institucionales.
e. Participación en el análisis de los resultados de las evaluaciones internas y externas.
INDICADORES
Pág. 74
VIERNES 29 DE NOVIEMBRE DE 2024
BOCM-20241129-7
RELACIONES CON LOS
ÓRGANOS DE
PARTICIPACIÓN
3.1.
APARTADO
La organización que se proponga ha de ser coherente con las necesidades y recursos del centro y debe facilitar la consecución de los objetivos.
3. ADAPTACIÓN A LA ORGANIZACIÓN INTERNA DEL CENTRO QUE FIGURA EN EL PROYECTO (2 PUNTOS).
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 285
DIRECTIVO
DISTRIBUCIÓN DE
FUNCIONES Y TAREAS
COORDINACIÓN
FORMAS DE PARTICIPACIÓN
DE LOS ÓRGANOS DE
COORDINACIÓN DOCENTE
3.2.
3.3.
3.4.
3.5.
Se valorará que el Proyecto haya establecido:
a. Medidas para favorecer la participación de estos órganos
b. Procedimientos para la participación en la elaboración, aprobación y evaluación de las concreciones del currículo.
c. Procedimientos para la participación en la elaboración, aprobación y evaluación de todos los aspectos educativos de los proyectos del
centro y de la PGA.
Se valorará que se tienen en cuenta a la hora de plantear objetivos, líneas de actuación y planes de mejora las responsabilidades de:
a. Los miembros del Equipo Directivo.
b. Los órganos de coordinación docente (CCP, Departamentos, equipos docentes…).
c. Miembros del Consejo Escolar.
d. Profesorado con asunción de funciones específicas (apoyo, coordinación, jefaturas de departamento…).
Se valorará que el Proyecto haya establecido:
a. Líneas de coordinación horizontal y vertical: profesorado, departamentos, equipos docentes, niveles, etc.
b. Coordinación entre Centros de diversas etapas o niveles educativos que estén adscritos a efectos de escolarización.
Se valorará que el Proyecto haya establecido:
a. Previsión de reuniones para tomar decisiones y valorar el desarrollo de la planificación.
b. El establecimiento de criterios para la atención de asuntos prioritarios.
c. Distribución adecuada de responsabilidades entre los miembros del equipo.
Se valorará que el Proyecto haya establecido:
a. Estrategias que permitan la participación efectiva de todos los miembros del Consejo Escolar.
b. Creación de comisiones específicas.
c. Determinación de líneas de comunicación e información fluidas entre los miembros de los distintos órganos.
d. Procedimientos de revisión o modificación de los documentos institucionales.
e. Participación en el análisis de los resultados de las evaluaciones internas y externas.
INDICADORES
Pág. 74
VIERNES 29 DE NOVIEMBRE DE 2024
BOCM-20241129-7
RELACIONES CON LOS
ÓRGANOS DE
PARTICIPACIÓN
3.1.
APARTADO
La organización que se proponga ha de ser coherente con las necesidades y recursos del centro y debe facilitar la consecución de los objetivos.
3. ADAPTACIÓN A LA ORGANIZACIÓN INTERNA DEL CENTRO QUE FIGURA EN EL PROYECTO (2 PUNTOS).
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 285