B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20241129-7)
Directores centros docentes –  Resolución de 25 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se convocan procedimientos para la renovación y la selección del puesto de dirección de los centros educativos públicos no universitarios de la Comunidad de Madrid
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 29 DE NOVIEMBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 285

ca y Organización Educativa, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de
su publicación o notificación.
Decimoquinta
15.1. Exposición y defensa del proyecto de dirección.
Los candidatos al proceso de selección dispondrán de un máximo de veinte minutos
para la presentación y exposición oral de las características más relevantes del proyecto. Finalizada la exposición, la comisión podrá debatir con el candidato sobre la defensa del mismo durante un tiempo no superior a veinticinco minutos. La duración total de la exposición
y el debate no podrá exceder de cuarenta y cinco minutos.
Para la presentación del proyecto de dirección, los candidatos podrán utilizar medios
informáticos.
Las sedes donde se realicen las exposiciones y defensas de los proyectos pondrán a disposición de los candidatos los medios tecnológicos suficientes para la mencionada presentación. No obstante, si el candidato lo desea, podrá aportar los suyos (ordenador, adaptador
VGA, etc.).
El candidato dispondrá de quince minutos, que no computarán como tiempo de presentación y exposición, para probar el funcionamiento de los medios de la sede o los suyos propios.
Las exposiciones tendrán carácter público, pudiendo la comisión limitar el aforo que
se permite en la sala o establecer un procedimiento alternativo para que los interesados puedan visualizar el acto telemáticamente.
15.2. Evaluación.
La comisión de selección evaluará tanto el contenido como la calidad y viabilidad del
proyecto de dirección conforme a los parámetros que se relacionan a continuación y, en especial, la mejora de la convivencia en el centro y el tratamiento del acoso escolar, su adecuación
a las características del centro educativo y de su entorno y la adaptación a la organización interna del centro que figura en el proyecto.
El proyecto de dirección se evaluará mediante un número decimal comprendido entre
el 0 y el 10, ambos inclusive, con una precisión de dos cifras decimales, que se desglosarán
de la siguiente manera:
a) Calidad y viabilidad del proyecto de dirección: los aspectos que componen este
apartado deberán referirse de forma claramente diferenciada a los siguientes cuatro ámbitos: gestión y administración; organización pedagógica; relaciones institucionales; resultados.
— Diagnóstico de la situación actual del centro. Se señalarán qué ámbitos merecen una atención prioritaria por detectarse importantes deficiencias; ámbitos
en los que estando en una situación aceptable se deben introducir mejoras y
aquellos que teniendo un buen funcionamiento necesitan ser mejorados.
— Objetivos básicos que se pretenden alcanzar.
— Líneas de actuación y medidas para la consecución de objetivos teniendo en
cuenta los ámbitos señalados anteriormente con indicación de las líneas que
se consideran prioritarias y su justificación.
— Planes de mejora: se especificarán, al menos, los siguientes:
a) Plan de mejora de la convivencia. Se especificarán actuaciones concretas
para la resolución pacífica de conflictos, el tratamiento del acoso escolar,
la igualdad efectiva entre hombres y mujeres, no discriminación y prevención de la violencia de género.
b) Plan de mejora de los resultados académicos.
c) Plan de reducción del absentismo y el abandono escolares.
d) Otros planes, a propuesta del director, en consonancia con los objetivos y
líneas de actuación propuestos, como, por ejemplo: internacionalización,
formación, atención a las necesidades del alumnado…
Los planes se presentarán desglosados en actuaciones, temporalización, responsables, indicadores de seguimiento y de logro cuantificables.
— Criterios de seguimiento, evaluación y difusión del proyecto de dirección.
a) Instrumentos de evaluación, de procesos y de resultados que se emplearán.

BOCM-20241129-7

Fase de valoración del proyecto de dirección