B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20241129-7)
Directores centros docentes – Resolución de 25 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se convocan procedimientos para la renovación y la selección del puesto de dirección de los centros educativos públicos no universitarios de la Comunidad de Madrid
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 48
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 29 DE NOVIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 285
Dicha renuncia se remitirá exclusivamente por medios electrónicos, a través del portal de la Comunidad de Madrid en la aplicación a la que se accede siguiendo la misma ruta
que la indicada en el apartado 4.3.
Decimotercera
Los candidatos al proceso de selección deberán presentar un documento junto a la “solicitud de aportación de proyecto de dirección”, denominado proyecto de dirección, que defina la gestión, la planificación y la organización del funcionamiento del centro educativo.
13.1. Exposición de los documentos institucionales del centro para la elaboración
del proyecto de dirección.
Los centros educativos deberán exponer en su página web, al día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria, los documentos institucionales que se citan a continuación para que los candidatos puedan acceder a los mismos. Para ello, todos los centros
educativos convocados al proceso de selección abrirán en su página web una pestaña en un
lugar visible denominada “Documentos Institucionales 2024-2025”. Los documentos que
se expondrán serán los siguientes:
— Proyecto educativo del centro.
— Plan de convivencia: reglamento de régimen interior.
— Programación general anual.
— Memoria anual.
— Proyecto de presupuesto.
En cumplimiento de la normativa vigente sobre protección de datos, la Secretaría de
los centros velará por que dichos documentos no contengan datos de carácter personal.
13.2. Contenido mínimo.
El proyecto de dirección será un documento original y de autoría propia e individual del
candidato, que deberá incluir, al menos, un análisis de las características más relevantes del
centro, los objetivos básicos del programa de dirección, las líneas generales de actuación, los
planes concretos que permitan alcanzar dichos objetivos y la forma de evaluación del propio
proyecto. Los objetivos, las líneas de actuación y los planes concretos deberán referirse de
forma claramente diferenciada a los siguientes cuatro ámbitos: gestión y administración; organización pedagógica; relaciones institucionales; resultados.
Además, deberá contener la propuesta de equipo directivo del centro a cuya dirección
se concurre con el título “Propuesta de equipo directivo”. En dicha propuesta, se detallará
su composición, con el nombre y apellidos de los miembros, condición como funcionarios
de carrera o personal laboral solo en el caso de las escuelas infantiles y, el puesto que desempeñarán como órganos unipersonales.
La falta o sustitución de cualquiera de los miembros propuestos para el equipo directivo podrá completarse o rectificarse hasta el momento de la exposición del proyecto de dirección, concretándolo en el propio acto de exposición del proyecto y se recogerá en el acta
correspondiente. No podrán formar parte de la propuesta de equipo directivo funcionarios
interinos ni en prácticas.
La falta de alguno de los contenidos mínimos referidos en los párrafos anteriores, o si
se detectara plagio, supondrá que el candidato sea valorado como no presentado y, en tal
caso, no realizará la exposición y defensa del proyecto. En ningún caso se entenderá plagio
cuando el aspirante para la elaboración del proyecto de dirección haya utilizado documentos existentes en el centro al que aspira, siempre que estos hayan sido realizados en su totalidad por él mismo y con carácter individual.
13.3. Formato.
El proyecto será elaborado de forma individual por el aspirante en formato PDF y tendrá una extensión máxima de 30 páginas numeradas, incluyendo los materiales de apoyo y
anexos en esta extensión. Asimismo, incluirá obligatoriamente una portada en la que se especificarán los datos de identificación del aspirante y el nombre del centro a cuya dirección
concursa, además de un índice y la correspondiente bibliografía. Dicha portada, así como
el índice y la bibliografía, no estarán incluidos en la extensión máxima del proyecto.
BOCM-20241129-7
Exposición de documentos institucionales para la elaboración del proyecto de dirección,
contenido mínimo, formato y forma de presentación del mismo
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VIERNES 29 DE NOVIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 285
Dicha renuncia se remitirá exclusivamente por medios electrónicos, a través del portal de la Comunidad de Madrid en la aplicación a la que se accede siguiendo la misma ruta
que la indicada en el apartado 4.3.
Decimotercera
Los candidatos al proceso de selección deberán presentar un documento junto a la “solicitud de aportación de proyecto de dirección”, denominado proyecto de dirección, que defina la gestión, la planificación y la organización del funcionamiento del centro educativo.
13.1. Exposición de los documentos institucionales del centro para la elaboración
del proyecto de dirección.
Los centros educativos deberán exponer en su página web, al día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria, los documentos institucionales que se citan a continuación para que los candidatos puedan acceder a los mismos. Para ello, todos los centros
educativos convocados al proceso de selección abrirán en su página web una pestaña en un
lugar visible denominada “Documentos Institucionales 2024-2025”. Los documentos que
se expondrán serán los siguientes:
— Proyecto educativo del centro.
— Plan de convivencia: reglamento de régimen interior.
— Programación general anual.
— Memoria anual.
— Proyecto de presupuesto.
En cumplimiento de la normativa vigente sobre protección de datos, la Secretaría de
los centros velará por que dichos documentos no contengan datos de carácter personal.
13.2. Contenido mínimo.
El proyecto de dirección será un documento original y de autoría propia e individual del
candidato, que deberá incluir, al menos, un análisis de las características más relevantes del
centro, los objetivos básicos del programa de dirección, las líneas generales de actuación, los
planes concretos que permitan alcanzar dichos objetivos y la forma de evaluación del propio
proyecto. Los objetivos, las líneas de actuación y los planes concretos deberán referirse de
forma claramente diferenciada a los siguientes cuatro ámbitos: gestión y administración; organización pedagógica; relaciones institucionales; resultados.
Además, deberá contener la propuesta de equipo directivo del centro a cuya dirección
se concurre con el título “Propuesta de equipo directivo”. En dicha propuesta, se detallará
su composición, con el nombre y apellidos de los miembros, condición como funcionarios
de carrera o personal laboral solo en el caso de las escuelas infantiles y, el puesto que desempeñarán como órganos unipersonales.
La falta o sustitución de cualquiera de los miembros propuestos para el equipo directivo podrá completarse o rectificarse hasta el momento de la exposición del proyecto de dirección, concretándolo en el propio acto de exposición del proyecto y se recogerá en el acta
correspondiente. No podrán formar parte de la propuesta de equipo directivo funcionarios
interinos ni en prácticas.
La falta de alguno de los contenidos mínimos referidos en los párrafos anteriores, o si
se detectara plagio, supondrá que el candidato sea valorado como no presentado y, en tal
caso, no realizará la exposición y defensa del proyecto. En ningún caso se entenderá plagio
cuando el aspirante para la elaboración del proyecto de dirección haya utilizado documentos existentes en el centro al que aspira, siempre que estos hayan sido realizados en su totalidad por él mismo y con carácter individual.
13.3. Formato.
El proyecto será elaborado de forma individual por el aspirante en formato PDF y tendrá una extensión máxima de 30 páginas numeradas, incluyendo los materiales de apoyo y
anexos en esta extensión. Asimismo, incluirá obligatoriamente una portada en la que se especificarán los datos de identificación del aspirante y el nombre del centro a cuya dirección
concursa, además de un índice y la correspondiente bibliografía. Dicha portada, así como
el índice y la bibliografía, no estarán incluidos en la extensión máxima del proyecto.
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Exposición de documentos institucionales para la elaboración del proyecto de dirección,
contenido mínimo, formato y forma de presentación del mismo