C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20241127-15)
Bases subvenciones – Orden 2124/2024, de 14 de noviembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones para la digitalización del proceso de entrenamiento de los deportistas que forman parte de los programas de tecnificación desarrollados por federaciones deportivas y detección del talento deportivo en Centros Especializados de Tecnificación Deportiva y Centros Especializados de Alto Rendimiento clasificados por el Consejo Superior de Deportes en el territorio de la Comunidad de Madrid, y se procede a su convocatoria para el año 2024, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 80
MIÉRCOLES 27 DE NOVIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 283
tuación y la solicitada, pasará a repartirse entre el resto de solicitudes volviendo a calcular
el valor punto entre las federaciones en las que no se haya cubierto el cien por ciento de lo
solicitado, sin sobrepasarlo.
2. La Comisión de Evaluación, para la determinación del cálculo de esta subvención
evaluará las solicitudes presentadas de acuerdo a los criterios y puntuaciones en la temporada 2023-2024 o, en su caso, en el año 2024, según funcionamiento federativo, y a las dos
últimas ediciones de juegos olímpicos y paralímpicos para la valoración de criterio b) apartados 10, 11 y 12, que figuran a continuación.
3. Sobre los tres criterios de evaluación se establece un reparto asimétrico respecto
al presupuesto total de la subvención y una limitación máxima de puntuación a considerar
en cada una de ellas. Por lo tanto, para el cálculo de la subvención se hallará, con la puntuación en los diferentes criterios de evaluación de las solicitudes recibidas y la cantidad
económica asignada a cada criterio, un valor punto en cada uno de ellos.
La puntuación particular de cada entidad solicitante se llevará a cabo a partir de indicadores específicos en cada una de estos tres criterios de evaluación:
a) Programas deportivos de tecnificación deportiva estatal y autonómica que se
desarrollan en el Centro Especializado de Tecnificación Deportiva o Centro
Especializado de Alto Rendimiento según su clasificación por parte del Consejo Superior de Deportes en el territorio de la Comunidad de Madrid, especificando su tipología y especialidades, hasta un máximo de 280 puntos y una asignación total de 296.000 euros.
1.o
2.o
3.o
Clasificación como programa deportivo de tecnificación deportiva estatal: 100
puntos.
Número de especialidades contempladas en el programa deportivo de tecnificación deportiva estatal del Centro Especializado de Tecnificación Deportiva o Centro Especializado de Alto Rendimiento: 20 puntos por especialidad,
a partir de la primera.
Clasificación como programa deportivo de tecnificación deportiva autonómica: 100 puntos.
1.o Número de deportistas de los programas clasificados de tecnificación deportiva estatal y autonómica del Centro Especializado de Tecnificación Deportiva o Centro Especializado de Alto Rendimiento que haya formado parte de la selección nacional en categoría absoluta: 10 puntos por deportista.
2.o Número de deportistas de los programas clasificados de tecnificación deportiva estatal y autonómica del Centro Especializado de Tecnificación Deportiva o Centro Especializado de Alto Rendimiento que haya formado parte de la selección nacional en categoría femenina absoluta: 5 puntos por
deportista.
3.o Número de deportistas con discapacidad de los programas clasificados de
tecnificación deportiva estatal y autonómica del Centro Especializado de
Tecnificación Deportiva o Centro Especializado de Alto Rendimiento que
haya formado parte de la selección nacional en categoría absoluta: 5 puntos
por deportista.
4.o Número de deportistas de los programas clasificados de tecnificación deportiva estatal y autonómica del Centro Especializado de Tecnificación Deportiva
o Centro Especializado de Alto Rendimiento que hayan formado parte de la
selección nacional en categoría sub 23 y junior: 5 puntos por deportista.
5.o Número de deportistas de los programas clasificados de tecnificación deportiva estatal y autonómica del Centro Especializado de Tecnificación Deportiva o Centro Especializado de Alto Rendimiento que hayan formado
BOCM-20241127-15
Solo se valorarán aquellos programas deportivos de tecnificación deportiva que
hayan sido clasificados por el Consejo Superior de Deportes y que se estén llevando a cabo por la entidad solicitante en el territorio de la Comunidad de Madrid, en
el momento de la presentación de la solicitud.
b) Evaluación del rendimiento deportivo, a través de los resultados deportivos en
competiciones deportivas oficiales internacionales, de los deportistas de los programas clasificados de tecnificación deportiva estatal y autonómica del Centro Especializado de Tecnificación Deportiva o Centro Especializado de Alto Rendimiento, hasta un máximo de 500 puntos y una asignación total de 129.000 euros.
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 80
MIÉRCOLES 27 DE NOVIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 283
tuación y la solicitada, pasará a repartirse entre el resto de solicitudes volviendo a calcular
el valor punto entre las federaciones en las que no se haya cubierto el cien por ciento de lo
solicitado, sin sobrepasarlo.
2. La Comisión de Evaluación, para la determinación del cálculo de esta subvención
evaluará las solicitudes presentadas de acuerdo a los criterios y puntuaciones en la temporada 2023-2024 o, en su caso, en el año 2024, según funcionamiento federativo, y a las dos
últimas ediciones de juegos olímpicos y paralímpicos para la valoración de criterio b) apartados 10, 11 y 12, que figuran a continuación.
3. Sobre los tres criterios de evaluación se establece un reparto asimétrico respecto
al presupuesto total de la subvención y una limitación máxima de puntuación a considerar
en cada una de ellas. Por lo tanto, para el cálculo de la subvención se hallará, con la puntuación en los diferentes criterios de evaluación de las solicitudes recibidas y la cantidad
económica asignada a cada criterio, un valor punto en cada uno de ellos.
La puntuación particular de cada entidad solicitante se llevará a cabo a partir de indicadores específicos en cada una de estos tres criterios de evaluación:
a) Programas deportivos de tecnificación deportiva estatal y autonómica que se
desarrollan en el Centro Especializado de Tecnificación Deportiva o Centro
Especializado de Alto Rendimiento según su clasificación por parte del Consejo Superior de Deportes en el territorio de la Comunidad de Madrid, especificando su tipología y especialidades, hasta un máximo de 280 puntos y una asignación total de 296.000 euros.
1.o
2.o
3.o
Clasificación como programa deportivo de tecnificación deportiva estatal: 100
puntos.
Número de especialidades contempladas en el programa deportivo de tecnificación deportiva estatal del Centro Especializado de Tecnificación Deportiva o Centro Especializado de Alto Rendimiento: 20 puntos por especialidad,
a partir de la primera.
Clasificación como programa deportivo de tecnificación deportiva autonómica: 100 puntos.
1.o Número de deportistas de los programas clasificados de tecnificación deportiva estatal y autonómica del Centro Especializado de Tecnificación Deportiva o Centro Especializado de Alto Rendimiento que haya formado parte de la selección nacional en categoría absoluta: 10 puntos por deportista.
2.o Número de deportistas de los programas clasificados de tecnificación deportiva estatal y autonómica del Centro Especializado de Tecnificación Deportiva o Centro Especializado de Alto Rendimiento que haya formado parte de la selección nacional en categoría femenina absoluta: 5 puntos por
deportista.
3.o Número de deportistas con discapacidad de los programas clasificados de
tecnificación deportiva estatal y autonómica del Centro Especializado de
Tecnificación Deportiva o Centro Especializado de Alto Rendimiento que
haya formado parte de la selección nacional en categoría absoluta: 5 puntos
por deportista.
4.o Número de deportistas de los programas clasificados de tecnificación deportiva estatal y autonómica del Centro Especializado de Tecnificación Deportiva
o Centro Especializado de Alto Rendimiento que hayan formado parte de la
selección nacional en categoría sub 23 y junior: 5 puntos por deportista.
5.o Número de deportistas de los programas clasificados de tecnificación deportiva estatal y autonómica del Centro Especializado de Tecnificación Deportiva o Centro Especializado de Alto Rendimiento que hayan formado
BOCM-20241127-15
Solo se valorarán aquellos programas deportivos de tecnificación deportiva que
hayan sido clasificados por el Consejo Superior de Deportes y que se estén llevando a cabo por la entidad solicitante en el territorio de la Comunidad de Madrid, en
el momento de la presentación de la solicitud.
b) Evaluación del rendimiento deportivo, a través de los resultados deportivos en
competiciones deportivas oficiales internacionales, de los deportistas de los programas clasificados de tecnificación deportiva estatal y autonómica del Centro Especializado de Tecnificación Deportiva o Centro Especializado de Alto Rendimiento, hasta un máximo de 500 puntos y una asignación total de 129.000 euros.