C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20241125-22)
Regulación concesión ayudas –  Acuerdo de 6 de noviembre de 2024, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban las normas reguladoras y se establece el procedimiento de concesión directa de incentivos del “Plan Mueve Madrid: Ayudas para el fomento de la movilidad sostenible y accesible para todos en la Comunidad de Madrid”
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 25 DE NOVIEMBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 281

mativa técnica de la Dirección General de Tráfico que esté vigente en el momento de su adquisición.
Artículo 2
Financiación
1. Mediante orden de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, que
se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, se declararán anualmente los créditos presupuestarios disponibles para la financiación de estas ayudas, conforme al artículo 4.5 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de
Madrid.
2. Además, en dichas órdenes se determinará la cuantía mínima destinada a los beneficiarios que residen o realicen su actividad profesional y económica en zonas de bajas
emisiones de municipios de la Comunidad de Madrid.
3. Las subvenciones previstas en estas normas se financiarán con cargo al subconcepto 79909 del programa 456B del presupuesto de gastos de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, con financiación propia de la Comunidad de Madrid.
Artículo 3
Régimen jurídico
Las ayudas que se concedan al amparo de estas normas reguladoras tendrán la consideración de subvenciones públicas, por lo que se regirán por lo dispuesto en la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones; el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio,
por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones; la Ley 2/1995, de 8
de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid y su normativa de desarrollo, y demás normativa de general aplicación.
Artículo 4
1. Los créditos presupuestarios destinados a la financiación de estas ayudas serán gestionados por una entidad colaboradora de las previstas en el artículo 12 de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, la cual, actuando en nombre y por cuenta de la Consejería competente
en materia de energía, será la encargada de entregar y distribuir los fondos públicos a las personas beneficiarias conforme a lo establecido en las presentes normas reguladoras.
2. La colaboración de la entidad deberá formalizarse mediante un contrato administrativo, de acuerdo a lo previsto en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014,
conforme a los principios de publicidad, concurrencia, igualdad y no discriminación, o bien
mediante la realización de un encargo a medios propios personificados, conforme al artículo 32 de la citada Ley 9/2017, de 8 de noviembre.
3. Conforme al artículo 16.6 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, cuando en virtud del objeto de la colaboración sea de aplicación plena la Ley 9/2017, de 8 de noviembre,
la selección de las entidades colaboradoras se realizará de acuerdo a los preceptos establecidos en dicha ley.
En este supuesto, el contrato o encargo incluirá necesariamente, además del contenido
que resulte preceptivo de acuerdo con la normativa reguladora de los contratos públicos y
la mención expresa al sometimiento del contratista a las obligaciones impuestas a las entidades colaboradoras por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, el contenido mínimo previsto en el artículo 16.3 de la citada Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
4. En la gestión de la distribución de los fondos públicos la entidad colaboradora
cumplirá lo siguiente:
1.o La entidad colaboradora procederá a la apertura de una cuenta bancaria destinataria de los fondos, que permita su seguimiento, así como la verificación de las ayudas otorgadas, debiendo realizar, en su caso, una gestión diligente de los fondos
públicos percibidos.

BOCM-20241125-22

Gestión de las ayudas