Pozuelo de Alarcón (BOCM-20241125-91)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 281
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 25 DE NOVIEMBRE DE 2024
Pág. 275
6. Proponer al Área competente la creación de infraestructuras deportivas dentro del
término municipal y realizar el seguimiento de la iniciativa, sin perjuicio de las competencias de las Concejalías encargadas de su ejecución.
7. Dirección, coordinación y gestión de polideportivos municipales.
8. Recibir las sugerencias y reclamaciones de los vecinos en el ámbito de las competencias de la Concejalía dando traslado de las mismas al órgano competente en Atención al
Ciudadano.
9. Relación con las asociaciones y organizaciones sociales del ámbito de actuación
de la Concejalía.
10. Orden de expedición y visto bueno de las certificaciones de las resoluciones de
órganos unipersonales y documentación obrante en la Concejalía.
11. Resolución de los recursos de reposición interpuestos contra resoluciones dictadas por delegación en asuntos propios de la Concejalía.
12. Reconocimiento y liquidación de obligaciones derivadas de compromisos de
gasto legalmente adquiridos, de asuntos de su ámbito de competencia.
13. Autorizar y celebrar matrimonios.
3.2.5.
Concejalía delegada de Juventud y Voluntariado
Titular: D. Eduardo Vázquez de Parga Gaeta.
Competencias. Se atribuyen a esta Concejalía Delegada, con carácter general, los
asuntos relativos a Juventud y Voluntariado y, en especial, las siguientes competencias:
1. Coordinación y gestión de los órganos y unidades administrativas que integran Juventud y Voluntariado y dirección de su personal sin perjuicio de la superior autoridad que
corresponde a la Titular del Área.
2. Incoación, tramitación y resolución en su caso de cuantos expedientes sean propios de Juventud y Voluntariado.
3. Recibir las sugerencias y reclamaciones de los vecinos en el ámbito de las competencias de Juventud y Voluntariado dando traslado de las mismas al órgano competente en
Atención al Ciudadano.
4. Coordinar y desarrollar la política de juventud del municipio y ejecutar los programas de actuación en materia de juventud.
5. Proponer y ejecutar las medidas tendentes a prevenir el consumo de drogas y las
adicciones de toda clase de sustancias nocivas y promover programas de ocio alternativo.
6. Propuesta, ejecución y seguimiento de las directrices específicas de la política municipal en materia de Voluntariado y proponer y ejecutar los programas de actuación en este
ámbito.
7. Relación con las asociaciones y organizaciones sociales del ámbito de actuación
de la Concejalía.
8. Orden de expedición y visto bueno de las certificaciones de las resoluciones de órganos unipersonales y documentación obrante en la Concejalía.
9. Resolución de los recursos de reposición interpuestos contra resoluciones dictadas por delegación en asuntos propios de la Concejalía.
10. Reconocimiento y liquidación de obligaciones derivadas de compromisos de
gasto legalmente adquiridos, de asuntos de su ámbito de competencia.
11. Autorizar y celebrar matrimonios.
Titular: D. Félix Alba Núñez.
Competencias. Se atribuyen a esta Concejalía, con carácter general, los asuntos relativos a la Portavocía y Coordinación del Gobierno municipal y en especial las siguientes
competencias:
1. Realizar las funciones de Portavoz del Gobierno municipal.
2. Coordinación de la actuación de las Áreas de Gobierno y seguimiento de los objetivos fijados a cada una de ellas.
3. Coordinación y ejecución de las directrices de la política del Ayuntamiento bajo
la supervisión de la Alcaldesa.
4. Coordinación de las relaciones con el Pleno de la Corporación.
5. Autorizar y celebrar matrimonios.
BOCM-20241125-91
4. Concejal portavoz y coordinador del Gobierno
B.O.C.M. Núm. 281
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 25 DE NOVIEMBRE DE 2024
Pág. 275
6. Proponer al Área competente la creación de infraestructuras deportivas dentro del
término municipal y realizar el seguimiento de la iniciativa, sin perjuicio de las competencias de las Concejalías encargadas de su ejecución.
7. Dirección, coordinación y gestión de polideportivos municipales.
8. Recibir las sugerencias y reclamaciones de los vecinos en el ámbito de las competencias de la Concejalía dando traslado de las mismas al órgano competente en Atención al
Ciudadano.
9. Relación con las asociaciones y organizaciones sociales del ámbito de actuación
de la Concejalía.
10. Orden de expedición y visto bueno de las certificaciones de las resoluciones de
órganos unipersonales y documentación obrante en la Concejalía.
11. Resolución de los recursos de reposición interpuestos contra resoluciones dictadas por delegación en asuntos propios de la Concejalía.
12. Reconocimiento y liquidación de obligaciones derivadas de compromisos de
gasto legalmente adquiridos, de asuntos de su ámbito de competencia.
13. Autorizar y celebrar matrimonios.
3.2.5.
Concejalía delegada de Juventud y Voluntariado
Titular: D. Eduardo Vázquez de Parga Gaeta.
Competencias. Se atribuyen a esta Concejalía Delegada, con carácter general, los
asuntos relativos a Juventud y Voluntariado y, en especial, las siguientes competencias:
1. Coordinación y gestión de los órganos y unidades administrativas que integran Juventud y Voluntariado y dirección de su personal sin perjuicio de la superior autoridad que
corresponde a la Titular del Área.
2. Incoación, tramitación y resolución en su caso de cuantos expedientes sean propios de Juventud y Voluntariado.
3. Recibir las sugerencias y reclamaciones de los vecinos en el ámbito de las competencias de Juventud y Voluntariado dando traslado de las mismas al órgano competente en
Atención al Ciudadano.
4. Coordinar y desarrollar la política de juventud del municipio y ejecutar los programas de actuación en materia de juventud.
5. Proponer y ejecutar las medidas tendentes a prevenir el consumo de drogas y las
adicciones de toda clase de sustancias nocivas y promover programas de ocio alternativo.
6. Propuesta, ejecución y seguimiento de las directrices específicas de la política municipal en materia de Voluntariado y proponer y ejecutar los programas de actuación en este
ámbito.
7. Relación con las asociaciones y organizaciones sociales del ámbito de actuación
de la Concejalía.
8. Orden de expedición y visto bueno de las certificaciones de las resoluciones de órganos unipersonales y documentación obrante en la Concejalía.
9. Resolución de los recursos de reposición interpuestos contra resoluciones dictadas por delegación en asuntos propios de la Concejalía.
10. Reconocimiento y liquidación de obligaciones derivadas de compromisos de
gasto legalmente adquiridos, de asuntos de su ámbito de competencia.
11. Autorizar y celebrar matrimonios.
Titular: D. Félix Alba Núñez.
Competencias. Se atribuyen a esta Concejalía, con carácter general, los asuntos relativos a la Portavocía y Coordinación del Gobierno municipal y en especial las siguientes
competencias:
1. Realizar las funciones de Portavoz del Gobierno municipal.
2. Coordinación de la actuación de las Áreas de Gobierno y seguimiento de los objetivos fijados a cada una de ellas.
3. Coordinación y ejecución de las directrices de la política del Ayuntamiento bajo
la supervisión de la Alcaldesa.
4. Coordinación de las relaciones con el Pleno de la Corporación.
5. Autorizar y celebrar matrimonios.
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4. Concejal portavoz y coordinador del Gobierno