Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (BOCM-20241125-52)
Dirección General de Política Energética y Minas. Autorización administrativa
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 25 DE NOVIEMBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 281

CM-43 y CM-4004 y en el término municipal de Borox sobre las carreteras CM-43 y CM-4001;
y (iii) indica que presentará la solicitud de autorización para la zona de implantación Cobeja por estar en la zona de afección de la CM-43. Se da traslado al organismo de la respuesta
del promotor, el cual informa favorablemente acerca de la viabilidad técnica del proyecto,
recordando que, previamente al inicio de las obras de construcción del proyecto, el promotor deberá solicitar autorización de ejecución de obras de todas aquellas actividades que se
sitúen dentro de la zona de afección de las carreteras autonómicas.
Se ha recibido contestación del Ayuntamiento de Cobeja, el cual indica la conformidad a la autorización del proyecto con el condicionante de excluir los caminos de los recintos vallados. Se ha dado traslado al promotor, el cual indica su conformidad con el informe
del organismo e indica que tramitará la autorización ante el Ayuntamiento de Cobeja de
ocupación de los caminos públicos afectados por el vallado según el informe del organismo debido a que estos perderán su finalidad al no quedar ninguna parcela necesitada de acceso con el establecimiento del proyecto y además estar cortados por la carretera CM-41 y
el AVE. En caso de no obtener la autorización referida, el promotor indica que se dejarán
fuera de los recintos vallados del proyecto. Se ha dado traslado al organismo de la respuesta del promotor, el cual indica su conformidad con la respuesta recibida.
Preguntadas la Dirección General de Transición Energética de la Consejería de Desarrollo Sostenible de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha; el Servicio Provincial de Minas de Toledo de la Consejería de Desarrollo Sostenible de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha; la Diputación de Toledo; y los Ayuntamientos de Borox y
Pantoja, no se ha recibido contestación por su parte, por lo que se entiende la conformidad
de los mismos en virtud de lo dispuesto en los artículos 127.2 y 131.1 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Asimismo, la petición ha sido sometida a información pública, de conformidad con lo
previsto en el artículo 125 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, con la publicación en el “Boletín Oficial del Estado”, núm. 292, de 7 de diciembre de 2023; y en el Boletín Oficial de la Provincia de Toledo, núm. 240, de 19 de diciembre de 2023. Se han recibido alegaciones, que han sido contestadas por el promotor.
El Área Funcional de Industria y Energía de la Delegación de Gobierno en Castilla-La
Mancha y el Área Funcional de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en
Madrid han emitido informe con fecha 16 de agosto de 2024 y 18 de abril de 2024 respectivamente, complementado posteriormente.
Posteriormente, el promotor presentó ante el Área de Industria y Energía de la Delegación de Gobierno en Madrid, con fecha 19 de julio de 2024, solicitud de autorización
administrativa previa y de construcción referidas a modificaciones realizadas en parte de la
infraestructura de evacuación, motivadas por la necesidad de cumplimiento de los condicionados impuestos por la Dirección General de Biodiversidad y Gestión Forestal de la Comunidad de Madrid indicados en su informe de marzo de 2024. En concreto, el promotor
reduce la superficie ocupada por la planta solar fotovoltaica en el término de Colmenar de
Oreja, en la Comunidad de Madrid, pasando la implantación de 234,78 a 223,4 hectáreas;
desafectando las parcelas 37 y 38 del polígono 28; y afectando una nueva parcela, la número 32 del mismo polígono.
Dicha adenda ha sido tramitada en el Área de Industria y Energía de la Delegación del
Gobierno en Madrid, de conformidad con lo previsto en los artículos 127 y 131 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, habiéndose solicitado los correspondientes informes a
las distintas administraciones, organismos y empresas de servicio público o de servicios de
interés general en la parte que la instalación pueda afectar a bienes y derechos a su cargo.
Se ha recibido respuesta de la Dirección General de Biodiversidad y Gestión Forestal
de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior de la Comunidad de Madrid, la
cual indica que las modificaciones propuestas por el promotor son valoradas positivamente por el organismo, considerándose acordes a lo establecido en informes previos, así como
a lo establecido en la declaración de impacto ambiental del proyecto. Se ha dado traslado
al promotor, el cual muestra su conformidad con el informe del organismo.
Se ha recibido respuesta del Ayuntamiento de Cobeja, que manifiesta que la modificación del proyecto varía ligeramente el vallado de la planta proyectada en la zona del término municipal de Cobeja. No supone cambios sustanciales de las parcelas afectadas ni del
perímetro de la planta. Se mantiene la integración de las parcelas 9005, 9009 y 9013, correspondientes a caminos de dominio público, dentro de los recintos vallados de la planta
solar, y manifiesta que el promotor deberá ser autorizado para la ocupación de dichos caminos. Se ha dado traslado al promotor, que ha registrado ante el Ayuntamiento de Cobeja
la solicitud para la ocupación de los caminos públicos afectados por el proyecto.

BOCM-20241125-52

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