C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20241125-21)
Bases subvenciones –  Orden 2054/2024, de 21 de noviembre, de la Consejería de Sanidad, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a las asociaciones y otras entidades sin ánimo de lucro que lleven a cabo programas de promoción de salud mental y prevención de adicciones en población infantojuvenil de la Comunidad de Madrid
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 281

LUNES 25 DE NOVIEMBRE DE 2024

Pág. 85

Artículo 9
Requisitos de los proyectos
1.
a)
b)
c)

Los proyectos objeto de subvención deberán reunir los siguientes requisitos:
Ser promovidos por entidades sin ánimo de lucro.
Ser desarrollados en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.
Dirigirse a población infantojuvenil, entendiéndose como el colectivo de población menor de veinticinco años, residentes en la Comunidad de Madrid.
d) Contener, como mínimo, los objetivos, actuaciones, actividades, participantes, y
la descripción detallada de en qué se van a concretar las acciones subvencionables.
En ningún caso, podrán contemplar actuaciones generales.
e) Contar con un interlocutor que sea responsable del seguimiento técnico de las actividades.
f) El personal adscrito al proyecto deberá:
1.o En el caso de que el proyecto contemple la realización de actividades con menores, de conformidad con el artículo 57 y siguientes de la Ley Orgánica 8/2021,
de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia y del artículo 8.4 de la Ley 45/2015, de 14 de octubre, de Voluntariado,
no se podrán adscribir a la ejecución del proyecto profesionales o voluntarios que
hayan sido condenados por sentencia firme por delitos contra la libertad e indemnidad sexual tipificados en el título VIII de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de
noviembre, del Código Penal, así como por cualquier delito de trata de seres humanos tipificado en el título VII bis del Código Penal.
2.o El personal dependerá exclusivamente de la entidad beneficiaria o de la subcontratista, por cuanto esta quedara sujeta a todos los derechos y deberes
inherentes a su calidad de empresario y deberán cumplir las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y seguridad e higiene en el trabajo, referidas a las personas trabajadoras a su cargo, sin que en ningún caso
pueda alegarse derecho alguno por dichas personas trabajadoras en relación
con la Comunidad de Madrid.
2. Quedan excluidos expresamente de las subvenciones reguladas en estas bases, los
siguientes proyectos:
a) Los proyectos de actividades que no tengan ninguna proyección en la Comunidad
de Madrid (ya sea por razón de la población al que se dirigen, contenidos del proyecto y/o lugares de celebración).
b) Los proyectos que consistan en el pago de cuotas a otros organismos.
c) Los proyectos inconcretos que costeen el sostenimiento de la actividad habitual de
las organizaciones.
d) Los proyectos que contengan actividades de formación continuada, congresos u
otras actividades similares.
e) Los proyectos con finalidad asistencial dirigidos a personas con diagnóstico de salud mental.
Artículo 10
1. El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles a partir del día siguiente a la fecha de publicación del extracto de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID, salvo que en la correspondiente convocatoria se establezca
un plazo superior.
2. Las solicitudes se formularán en el modelo recogido en la convocatoria, que es de
uso obligatorio, y se encontrará a disposición de los interesados en la Sede Electrónica de
la Comunidad de Madrid.
3. La presentación de solicitudes y de la documentación que debe acompañarlas se
realizará exclusivamente por medios electrónicos.
Las solicitudes y la documentación que proceda deberán presentarse en el Registro
Electrónico General de la Comunidad de Madrid a través del acceso habilitado para ello en
el portal de internet de la Comunidad de Madrid (www.comunidad.madrid), en la dirección
electrónica: sede.comunidad.madrid.

BOCM-20241125-21

Forma y plazo de presentación de solicitudes