C) Otras Disposiciones - UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE MADRID (BOCM-20241121-25)
Reglamento Boletín Oficial Universidad – Acuerdo 2/CG, de 8 de noviembre de 2024 por el que se modifica el Acuerdo de Consejo Gobierno, de 1 de junio de 2012 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 148, de 22 de junio de 2012; BOUAM número 1, de 6 de julio de 2012), por el que se aprueba el Reglamento del “Boletín Oficial de la Universidad Autónoma de Madrid”
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 278
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 21 DE NOVIEMBRE DE 2024
Pág. 87
2. La fecha que figure en la cabecera del ejemplar será considerada fecha de publicación a los efectos de lo dispuesto en el artículo 3 del presente Reglamento.
Artículo 9
Publicación
1. Los textos de los anuncios serán remitidos en formato electrónico por los distintos servicios administrativos a la Secretaría General para su publicación, utilizando, en su
caso, las plantillas disponibles y las herramientas informáticas de edición y publicación de
contenidos disponibles en cada momento.
2. Los anuncios que no cumplan los requisitos de formato o se remitan sin atenerse
a dichas directrices o normas serán devueltos para su rectificación.
Artículo 10
Procedimiento de publicación
1. La documentación correspondiente a los acuerdos aprobados por un órgano de gobierno debe ser remitida a la Secretaría General, en el plazo de los tres días hábiles siguientes al acuerdo de aprobación.
2. En idéntico plazo deben ser remitidos aquellos documentos correspondientes a
asuntos que, no habiendo sido objeto de aprobación, hayan sido informados por el órgano
de que se trate y se considere necesaria su publicación.
3. La documentación debe ser remitida a la dirección de correo electrónico institucional de la Secretaría General ( secretaria.general@uam.es ), necesariamente en formato
Word y con las siguientes especificaciones:
a) Se debe incluir toda la información relativa a cada punto del orden del día del Consejo de Gobierno en un único documento de Word (incluidos los anexos) encabezada por el título correspondiente.
b) El formato de texto será el siguiente:
— Fuente: Arial Narrow.
— Estilo de fuente: normal (sin cursivas, ni negritas).
— Tamaño: 12 (o menor solo en el caso de cuadros que haya que ajustar a la página).
— Color: negro (automático).
— Alineación: justificada.
— Interlineado: sencillo.
c) Deberá seguir las siguientes especificaciones:
— Inserción de saltos de página cuando sea necesario (en lugar de dejar espacios
en blanco para tratar de ajustar los saltos de página).
— Cuando se hagan listas utilizar las viñetas, listas numeradas o listas multinivel
(en lugar de poner las numeraciones “a mano”).
— Eliminar logotipos, firmas, palabras como “borrador” “propuesta”, comentarios, control de cambios etc. y evitar que aparezcan juntos nombre y NIF.
4. Cuando se aprecie defecto de forma en la remisión de la documentación o cualquier circunstancia o elemento de la misma que deba ser rectificado, se dará traslado al remitente para su subsanación en el plazo de tres días hábiles.
5. La no remisión en plazo de la documentación puede ser determinante para su publicación en un número posterior del Boletín.
Forma de publicación de datos personales
1. Si se trata de la notificación en boletines de un acto administrativo, se identificará al interesado con nombre y apellidos y cuatro cifras numéricas, excluyéndose los caracteres alfabéticos del DNI o número de identidad de extranjero. Las cuatro cifras numéricas
deberán ser, necesariamente, las posiciones cuarta, quinta, sexta y séptima.
2. Si se trata de publicaciones por medio de anuncios, particularmente en los supuestos de notificación infructuosa del artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se identificará al in-
BOCM-20241121-25
Artículo 11
B.O.C.M. Núm. 278
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 21 DE NOVIEMBRE DE 2024
Pág. 87
2. La fecha que figure en la cabecera del ejemplar será considerada fecha de publicación a los efectos de lo dispuesto en el artículo 3 del presente Reglamento.
Artículo 9
Publicación
1. Los textos de los anuncios serán remitidos en formato electrónico por los distintos servicios administrativos a la Secretaría General para su publicación, utilizando, en su
caso, las plantillas disponibles y las herramientas informáticas de edición y publicación de
contenidos disponibles en cada momento.
2. Los anuncios que no cumplan los requisitos de formato o se remitan sin atenerse
a dichas directrices o normas serán devueltos para su rectificación.
Artículo 10
Procedimiento de publicación
1. La documentación correspondiente a los acuerdos aprobados por un órgano de gobierno debe ser remitida a la Secretaría General, en el plazo de los tres días hábiles siguientes al acuerdo de aprobación.
2. En idéntico plazo deben ser remitidos aquellos documentos correspondientes a
asuntos que, no habiendo sido objeto de aprobación, hayan sido informados por el órgano
de que se trate y se considere necesaria su publicación.
3. La documentación debe ser remitida a la dirección de correo electrónico institucional de la Secretaría General ( secretaria.general@uam.es ), necesariamente en formato
Word y con las siguientes especificaciones:
a) Se debe incluir toda la información relativa a cada punto del orden del día del Consejo de Gobierno en un único documento de Word (incluidos los anexos) encabezada por el título correspondiente.
b) El formato de texto será el siguiente:
— Fuente: Arial Narrow.
— Estilo de fuente: normal (sin cursivas, ni negritas).
— Tamaño: 12 (o menor solo en el caso de cuadros que haya que ajustar a la página).
— Color: negro (automático).
— Alineación: justificada.
— Interlineado: sencillo.
c) Deberá seguir las siguientes especificaciones:
— Inserción de saltos de página cuando sea necesario (en lugar de dejar espacios
en blanco para tratar de ajustar los saltos de página).
— Cuando se hagan listas utilizar las viñetas, listas numeradas o listas multinivel
(en lugar de poner las numeraciones “a mano”).
— Eliminar logotipos, firmas, palabras como “borrador” “propuesta”, comentarios, control de cambios etc. y evitar que aparezcan juntos nombre y NIF.
4. Cuando se aprecie defecto de forma en la remisión de la documentación o cualquier circunstancia o elemento de la misma que deba ser rectificado, se dará traslado al remitente para su subsanación en el plazo de tres días hábiles.
5. La no remisión en plazo de la documentación puede ser determinante para su publicación en un número posterior del Boletín.
Forma de publicación de datos personales
1. Si se trata de la notificación en boletines de un acto administrativo, se identificará al interesado con nombre y apellidos y cuatro cifras numéricas, excluyéndose los caracteres alfabéticos del DNI o número de identidad de extranjero. Las cuatro cifras numéricas
deberán ser, necesariamente, las posiciones cuarta, quinta, sexta y séptima.
2. Si se trata de publicaciones por medio de anuncios, particularmente en los supuestos de notificación infructuosa del artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se identificará al in-
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Artículo 11