Villaviciosa de Odón (BOCM-20241120-86)
Organización y funcionamiento. Ordenanza limpieza
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BOCM

MIÉRCOLES 20 DE NOVIEMBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 277

2. Con base en los datos de recogida el Ayuntamiento podrá clasificar a determinados mercados y mercadillos como grandes productores de residuos. Aplicando en tal caso
para estos mercados y mercadillos lo establecido en el artículo 26.h).
3. El Ayuntamiento establecerá para cada mercado, atendiendo a la cantidad de residuo generada de cada fracción, si la recogida se realiza puerta a puerta por medio de contenedores o cubos, los horarios y ubicación de estos en la vía pública para su recogida por
el correspondiente Servicio Municipal.
En el caso de recogida puerta a puerta los cubos y/o contenedores se deberán mantener limpios y en buenas condiciones.
Los residuos se deberán depositar en bolsas cerradas, con excepción del papel-cartón
y vidrio, dentro de los cubos o contenedores y entregarlos en condiciones que no produzcan vertidos mientras se presta el servicio.
Si como consecuencia de una deficiente presentación de los residuos se produjeran
vertidos en los espacios públicos, el mercado será responsable de la suciedad ocasionada.
4. El Ayuntamiento podrá establecer que alguna o todas las fracciones de residuos generados en un mercado determinado, por su baja generación, puedan depositarse debidamente separadas y presentadas en los contenedores ubicados en la vía pública de forma permanente para la recogida ordinaria. En el supuesto de que el mercado no tenga autorización expresa
para esta práctica, queda terminantemente prohibido el depósito de residuos de mercados y
mercadillos en los contenedores habilitados en la vía pública para la recogida ordinaria.
5. Los mercadillos que se organicen deberán de prever la gestión de los residuos, y
presentarán con la documentación de solicitud que entreguen al Ayuntamiento, un plan de
gestión. El Ayuntamiento establecerá en la resolución que autorice la celebración la forma
más conveniente para el depósito y la recogida de las distintas fracciones de residuos.
Capítulo VI
Puntos limpios
Art. 55. Definición y objeto.—1. Los puntos limpios son instalaciones o vehículos
de titularidad municipal destinados a la recogida selectiva de residuos de origen doméstico
en los que el usuario deposita los residuos segregados para facilitar su valorización y en algunos casos la eliminación posterior.
2. El objeto de los puntos limpios es ofrecer la posibilidad de desprenderse de los residuos que, por su naturaleza y volumen, no pueden ser depositados en los contenedores
destinados a la recogida de los residuos domiciliarios.
3. Los puntos limpios constituyen un sistema de recogida que tiene como fin garantizar un destino adecuado a cada tipo de residuo, evitar vertidos incontrolados y separar los
residuos peligrosos (pilas, pinturas, fluorescentes…) que se producen en los hogares.
4. Queda prohibida la entrega y recogida de residuos objeto de esta Ordenanza en los
accesos y entorno de los puntos limpios.
Art. 56. Normas de utilización de los puntos limpios.—1. En los puntos limpios fijos solo se admiten residuos previamente seleccionados, que puedan depositarse en los contenedores existentes en ellos, de forma ordenada.
2. En los puntos limpios, independientemente de su tipología, solo se admitirán, de
forma general, residuos generados por domicilios particulares. Podrá requerirse identificación del usuario para hacer uso de este servicio.
3. Las tipologías y cantidades máximas de los residuos admisibles en los puntos limpios serán determinadas por el Ayuntamiento, que dará a este dato la publicidad necesaria
para que sea conocida por los vecinos.
4. El Ayuntamiento podrá exigir que se acredite que los residuos que se pretenden
depositar en el punto limpio son de origen domiciliario.
5. Como medida de prevención, el Ayuntamiento podrá desarrollar sistemas de preparación para la reutilización mediante la comprobación, limpieza o reparación, por lo que
productos o componentes de productos que se hayan convertido en residuos se preparan
para que puedan reutilizarse y dejen de ser considerados residuos si cumplen las normas de
producto aplicables de tipo técnico, seguridad y de consumo.

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