C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20241116-1)
Acreditación centros y servicios de atención social –  Orden 2680/2024, de 7 de noviembre, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se establecen los requisitos y estándares de calidad para la acreditación de los centros y servicios de atención social que formen parte del Sistema Público de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid, en el ámbito de la promoción de la autonomía personal y la atención a las personas en situación de dependencia
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B.O.C.M. Núm. 274

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 16 DE NOVIEMBRE DE 2024

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2.
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3.
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gua de signos, mediante comunicación sonora, o mediante cualquier otra vía,
en función de sus necesidades.
6.o La entidad titular del servicio debe garantizar el mantenimiento preventivo y
correctivo de los terminales o dispositivos utilizados.
Tipología de dispositivos:
1.o El servicio de teleasistencia debe prestarse mediante el suministro a la persona usuaria, e instalación en su domicilio, en su caso, de un terminal o dispositivo conectado a un centro de atención, con el que aquella pueda comunicarse cuando sea necesario, activando un pulsador o a través de otros sistemas de
comunicación.
2.o El servicio de teleasistencia debe prestarse, siempre que sea posible, mediante
apoyos tecnológicos complementarios dentro del domicilio, utilizando sensores y actuadores que detecten patrones de actividad, caídas, dispensación de
medicación, apertura y cierre de puertas, etc. Igualmente, fuera del domicilio
deben utilizarse, siempre que sea posible, dispositivos con tecnología que permita la geolocalización de la persona usuaria.
Recursos humanos:
Tipología:
1.o Personal teleasistente o teleoperador: encargado de la comunicación con la
persona usuaria y de su acompañamiento, de acuerdo con el plan personal de
teleasistencia.
2.o Personal coordinador: responsable de la gestión y organización del trabajo del
personal teleasistente o teleoperador, así como de su orientación, apoyo, asesoramiento y seguimiento; responsable, también, de la elaboración y revisión
del plan personal de teleasistencia, así como del seguimiento de la atención
prestada a las personas usuarias.
3.o Personal supervisor: responsable de la planificación y supervisión del personal teleasistente o teleoperador y coordinador, con objeto de prestar la atención con la mayor eficacia, eficiencia y calidad.
Asistencia en situaciones de emergencia:
1.o La entidad titular del servicio debe garantizar que la persona usuaria pueda
comunicar directamente con el centro de atención en cualquier momento y
cuantas veces considere oportuno o necesario.
2.o En caso de comunicar la persona usuaria una situación de emergencia, debe
hacerse el seguimiento de la misma hasta que la situación se estabilice.
3.o La entidad titular del servicio debe disponer de los protocolos de actuación
adecuados a la situación de emergencia ocurrida.
Documentación e información:
Gestión documental: la entidad titular del servicio debe llevar a cabo su gestión
mediante aplicaciones informáticas en las que se controle el funcionamiento general del mismo y la atención prestada a las personas usuarias.
Evaluación de la calidad:
1.o El centro debe ser certificado en la norma UNE 158401 Servicios para la promoción de la autonomía personal. Gestión del servicio de teleasistencia.
La certificación debe ser expedida por una entidad acreditada para ello por la
Entidad Nacional de Acreditación, ENAC, y su alcance debe comprender los
apartados de dicha norma referidos al desarrollo del servicio de teleasistencia,
recursos humanos, recursos técnicos, recursos materiales, procesos de prestación del servicio y sistema de gestión de la calidad del servicio.
2.o Las escalas utilizadas para valorar la satisfacción serán determinadas por el órgano directivo competente en materia de ordenación de centros y servicios de
atención social de la consejería competente en materia de servicios sociales.
Carta de servicios: la entidad titular del servicio debe contar con una carta de
servicios que recoja las prestaciones que ofrece la misma, los compromisos de calidad con las personas usuarias y sus familiares, e información sobre el sistema de
sugerencias y quejas.

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