Torrejón de la Calzada (BOCM-20241115-74)
Organización y funcionamiento. Ordenanzas reguladora tráfico y estacionamiento
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 273

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 15 DE NOVIEMBRE DE 2024

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emergencias 112 e indicarán el lugar de estacionamiento, la clase de peligro, la naturaleza y cantidad de la mercancía, el estado de la unidad y el tiempo previsto
para el traslado del vehículo o la remoción de la mercancía.
c) La empresa de transporte o la empresa que carga la mercancía encargarán a una
persona que vigile el vehículo y colabore con los agentes de la autoridad y, si procede, sustituirán al conductor indispuesto.
SECCIÓN 4.a

Normas de circulación de animales
Art. 21. Circulación de animales.—1. Se prohíbe el tránsito de caballerías, animales de tiro, carga o silla, cabezas de ganado aisladas, en manada o rebaño, en todas las vías
urbanas, salvo autorización municipal expresa.
2. Igualmente se prohíbe la circulación de vehículos de tracción animal por las vías
urbanas, excepto en los casos expresamente autorizados previamente por el Ayuntamiento.
Capítulo IV

Art. 22. Mudanzas y descarga de combustibles en inmuebles.—1. Las reservas especiales de espacio con destino a operaciones circunstanciales de mudanzas, descarga de
combustibles en inmuebles, situado de equipos industriales o de servicios y similares requerirán autorización administrativa previa que será expedida por el departamento municipal
correspondiente.
2. La solicitud de reserva deberá solicitarse ante la oficina correspondiente del departamento municipal correspondiente con, al menos, 48 horas de antelación a la fecha prevista para la operación.
3. Las reservas que para tal uso o cualquier otro pudieran autorizarse devengarán la
tasa que a tal efecto se determine en la Ordenanza Fiscal correspondiente.
Art. 23. Ocupación de vía pública por contenedores o similares.—1. Las reservas
de espacio para operaciones de carga y descarga de materiales, elementos de obras, contenedores de escombro o similares requerirá la previa autorización administrativa en vigor,
distinta e independiente de la licencia urbanística municipal. Indicando en la misma:
a) El lugar de la calzada destinado a la colocación del contenedor.
b) El tiempo de duración destinado a la colocación del contenedor.
2. En la construcción de edificaciones de nueva planta así como en cualquier obra de
reforma total o parcial, demolición, excavación o canalización que requieran licencia urbanística municipal, los solicitantes de la misma deberán acreditar que disponen de espacio
en el interior de la obra para efectuar las operaciones de carga y descarga.
2.1. Cuando ello no sea posible, las zonas de reserva de estacionamiento por obra se
concederán previa petición motivada, debiendo acreditarse mediante el oportuno informe
técnico, la imposibilidad de reservar espacio dentro del recinto de la obra. La autoridad municipal, a la vista de la documentación aportada, determinará sobre la procedencia de su
concesión y sobre los condicionantes de la misma en su caso.
2.2. Cuando en la licencia de obras así se especifique, bastará como demostración de
autorización municipal la tenencia de la licencia de obras o copia compulsada, siempre que
ésta indique las horas en que pueden acceder, cargar y descargar los distintos tipos de
vehículos.
3. La instalación de contenedores en la vía pública se realizará sin sobresalir de la línea exterior formada por los vehículos correctamente estacionados.
4. El Ayuntamiento se reserva el derecho a ordenar la retirada de contenedores cuando así lo aconsejaran las circunstancias de circulación o medio ambientales de la zona.
5. Los contenedores instalados en la calzada deberán llevar en sus ángulos más cercanos al tráfico elementos reflectantes con una longitud mínima de 50 centímetros y una
anchura de 10 centímetros.
6. La instalación de contenedores en aquellos lugares en que no esté permitido el estacionamiento, requerirá la autorización previa de la autoridad municipal, quién concederá
o denegará la solicitud según lo aconsejen las circunstancias de circulación, estacionamiento y medio ambientales de la zona.

BOCM-20241115-74

Ocupaciones y utilización de la vía pública