Coslada (BOCM-20241106-63)
Organización y funcionamiento. Reglamento Orgánico Municipal
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BOCM

MIÉRCOLES 6 DE NOVIEMBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 265

2. En las sesiones extraordinarias, el orden del día no se estructurará en parte resolutiva y
parte de control, ni se incluirán los puntos relativos a la aprobación de actas anteriores, ni de
ruegos, preguntas y mociones, incluyéndose los puntos por el siguiente orden:
1. Propuestas dictaminadas por las diferentes Comisiones Informativas.
2. Proposiciones de la Alcaldía.
3. Propuestas de acuerdo que presenten los diferentes Grupos Políticos Municipales y
Concejales, por el mismo orden que se prevé en el apartado anterior.
3. En cada sesión del Pleno y con los requisitos establecidos en este Reglamento, se
sustanciarán las iniciativas que se presenten por cada Grupo Político y Concejales, entendiendo
por tales las propuestas de acuerdo, mociones de control, ruegos y preguntas.
El Presidente, previo informe favorable del Secretario General y oída la Junta de Portavoces,
podrá modificar la calificación dada a una iniciativa por su autor, atendiendo a su contenido.
4. El máximo de Proposiciones de acuerdo y de mociones de control, será de una por grupo
político en cada Pleno y una en cada Pleno con un máximo de seis anuales por cada Concejal no
adscrito. El máximo del conjunto de ruegos y preguntas de respuesta oral en cada Pleno será de
seis por grupo político y de dos por Concejal no adscrito.
Las iniciativas de los Concejales se imputarán al Grupo en el que estén integrados. En el supuesto
de formularse por Concejales de diferentes Grupos, éstas computarán a todos y cada uno de los
Grupos firmantes, salvo las que se presenten conjuntamente por todos los grupos políticos.
Artículo 101. El expediente de la sesión.
La convocatoria de todas las sesiones plenarias dará lugar a la apertura del correspondiente
expediente por la Secretaría General, en el que tendrá que constar:
1. Las relaciones de asuntos dictaminados remitidos por las Secretarías delegadas de las
diferentes Comisiones Informativas.
2. El proyecto de orden del día remitido a la Alcaldía por la Secretaría General.
3. La convocatoria y el orden del día definitivos comunicado por la Alcaldía a la Secretaría.
4. Documento fehaciente que acredite la notificación de la convocatoria a todos los miembros
de la Corporación.
5. Borradores de las actas de las sesiones anteriores que se sometan a votación.
6. Un ejemplar debidamente diligenciado de las propuestas de acuerdo y de las mociones que
se sometan a votación y, en su caso, de sus documentos anexos, en los que se haga constar si se
produjo o no su aprobación.
7. Documento acreditativo de la publicación de la convocatoria y del orden del día en el tablón
de anuncios del Ayuntamiento.
8. Borrador del acta de la sesión que se celebre.
9. Documento acreditativo de la publicación del borrador del acta en el tablón de anuncios del
Ayuntamiento.
10. Copias de los escritos de remisión del borrador del Acta de la Sesión a la Administración del
Estado y a la Comunidad Autónoma.
Artículo 102. Lugar de celebración de las sesiones del Pleno.
1. Las sesiones del Pleno tendrán lugar en el Salón de Sesiones de la Casa Consistorial y, en
los casos en que por razones de fuerza mayor esto no sea posible, en cualquier otro edificio,
público o privado, situado en el término municipal que se habilite al efecto, circunstancia que será
decidida por la Alcaldía y comunicada a los miembros de la Corporación a través de la
convocatoria, de la que se dejará constancia en el acta de la sesión.
En los casos en que se celebre sesión extraordinaria a petición de la cuarta parte ¼ del número
legal de miembros de la Corporación y hubiera sido convocada y notificada finalmente por la
Secretaría General y concurriera causa de fuerza mayor que impidiera la celebración en la Casa
Consistorial, se celebrará en el local municipal disponible, que sea el más adecuado para la
celebración de la sesión.

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