Coslada (BOCM-20241106-63)
Organización y funcionamiento. Reglamento Orgánico Municipal
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 265

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 6 DE NOVIEMBRE DE 2024

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de los asuntos incluidos en el orden del día a disposición de todos los Concejales y
Concejalas siendo remitida en formato electrónico.
Esta documentación podrá ser consultada o imprimida por todos los Concejales y Concejalas
sin previa ni expresa autorización siendo personalmente responsables de su custodia, adecuado
uso, sigilo, reserva y confidencialidad.
3. Para la elaboración del orden del día de las sesiones extraordinarias, tanto si son a iniciativa
del Alcalde, como si son a iniciativa de los miembros de la Corporación, se seguirá el
procedimiento siguiente:
a) El Alcalde comunicará a la Secretaría General del Ayuntamiento, con la antelación
suficiente para poder convocar la sesión en los términos previstos por este Reglamento, el
día y hora de su celebración y los asuntos que se tendrán que incluir en su orden del día,
que, salvo que se trate de una sesión de urgencia, tendrán que estar dictaminados
previamente por la Comisión Informativa correspondiente.
b) A la vista de la comunicación anterior, la Secretaría General del Ayuntamiento elaborará la
convocatoria y el orden del día de la sesión y, previa firma del Alcalde la notificará a todos
los miembros de la Corporación en los términos previstos por el artículo anterior.
No obstante, cuando se trate de la convocatoria de una sesión extraordinaria a iniciativa de los
miembros de la Corporación y la Alcaldía no promueva su convocatoria en los términos
establecidos por el artículo anterior, se estará a lo dispuesto en el presente Reglamento Orgánico
y, con carácter supletorio, en la normativa vigente en materia de régimen local.
4. Elaborado el orden del día de las sesiones del pleno, éste y la convocatoria serán fijados en el
tablón de anuncios del Ayuntamiento hasta el día de su celebración, excepto cuando no sea posible, en
los supuestos de sesiones extraordinarias de carácter urgente.
Artículo 100. Estructura del orden del día de las sesiones del Pleno.
1. El orden del día de las sesiones del Pleno de carácter ordinario se estructurará en las
siguientes partes:
a) Parte informativa:
1º Las propuestas de la Secretaría General relativas a la aprobación de actas de sesiones
anteriores.
2º Las propuestas de la Secretaría General relativas a la ratificación o toma de
conocimiento de los acuerdos o resoluciones de otros órganos municipales que así lo
requieran, informes y sentencias.
3º Resumen enunciativo de todas las Resoluciones de Alcaldía y de los Concejales
delegados trasladadas a todos los Concejales.
b) Parte resolutiva:
1º Declaraciones institucionales.
2º Las propuestas dictaminadas por las Comisiones Informativas.
3º Propuestas de acuerdo de los Grupos Políticos y Concejales a que se hace referencia
en el artículo 104 de este Reglamento, por el orden de su presentación en Registro.
4º Proposiciones de la Alcaldía.

1º Las mociones de control que presenten los Concejales y los diferentes Grupos Políticos
Municipales, por el orden de su presentación en Registro.
2º Los ruegos y preguntas que presenten los Concejales, por ese mismo orden.
A efectos de control, la obligación de dar cuenta al Pleno de todos los acuerdos que adopte la
Junta de Gobierno Local y de todas las resoluciones que dicte la Alcaldía o los Concejales
delegados, se lleva a cabo mediante la remisión a todos los Concejales de una copia de las actas
de las sesiones de la Junta de Gobierno Local y por el envío a todos los Concejales del resumen
enunciativo de todas las Resoluciones de Alcaldía y de los Concejales delegados.

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c) Mociones de urgencia no incluidas en el orden del día, previa declaración de urgencia con
el voto favorable de la mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación.
d) Parte de control: