D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20241106-39)
Convenio – Convenio de 16 de octubre de 2024, entre la Comunidad de Madrid y la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Madrid para la formalización por concesión directa de una subvención para el fomento de la igualdad de oportunidades y la corresponsabilidad en las empresas madrileñas, para el año 2024, cofinanciado al 40 % por el programa FSE+ 2021-2027 de la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 265
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 6 DE NOVIEMBRE DE 2024
Pág. 111
V. La financiación objeto de este Convenio se encuentra contemplada dentro de la
Orden 100/2024, de la Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se
aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones 2024 de la Consejería de Familia, Juventud y
Asuntos Sociales. En concreto se enmarca en el Objetivo 13, Línea 1.
VI. Las actuaciones del presente Convenio serán cofinanciadas al 40 % por el Fondo Social Europeo dentro del Programa FSE+ 2021-2027 de la Comunidad de Madrid, Prioridad 1 Empleo, Objetivo específico C “Promover una participación equilibrada de género
en el mercado de trabajo, unas condiciones de trabajo equitativas y una mejora del equilibrio entre la vida laboral y la familiar, en particular mediante el acceso a unos servicios asequibles de atención a la infancia y de atención a personas dependientes”.
VII. Es deseo de las partes firmantes fomentar la formación específica en igualdad
de oportunidades entre mujeres y hombres y, en virtud de las atribuciones conferidas,
acuerdan suscribir el presente convenio de acuerdo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Objeto
Constituye el objeto del presente Convenio la formalización, por concesión directa por
razones de interés social, de una subvención a la Cámara Oficial de Comercio, Industria y
Servicios de Madrid para la puesta en marcha de las acciones que contribuyan al impulso
y fomento de la igualdad y la implementación de medidas y estrategias de fomento de la
conciliación/corresponsabilidad entre mujeres y hombres, incluyendo la sensibilización y
la prevención de la violencia de género, en las empresas madrileñas, así como la empleabilidad de las mujeres, mediante las siguientes líneas de actuación:
1. Igualdad de oportunidades y corresponsabilidad entre mujeres y hombres: Impulsar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres y el fomento de la corresponsabilidad en las organizaciones como elementos clave para el logro de una igualdad real y
efectiva en el desarrollo empresarial.
2. Violencia de género en el ámbito laboral: Impulsar la gestión empresarial del acoso sexual y por razón de sexo en el ámbito laboral, como reflejo de la violencia de género
en los entornos empresariales y empoderar y facilitar el acceso al mercado laboral de las
mujeres víctimas de violencia de género.
3. Empleabilidad de las mujeres: Facilitar el acceso de las mujeres a acciones formativas clave para impulsar su empleabilidad y para potenciar su visibilidad en el mercado de
trabajo en igualdad de condiciones que los hombres.
Segunda
Ejecución del convenio
La ejecución de las acciones objeto del Convenio se hará desde la firma del Convenio,
hasta el 31 de diciembre de 2024. No obstante, podrán imputarse gastos realizados con anticipación y gastos preparatorios, así como aquellos destinados a la ejecución de las actividades recogidas en el presente Convenio, desde el 1 de enero de 2024, por lo que se entenderán incluidas las acciones realizadas durante todo el año natural.
Obligaciones por parte de la Cámara Oficial de Comercio, Industria
y Servicios de Madrid
La Cámara a la que se le concede la subvención deberán cumplir las obligaciones señaladas en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en
el artículo 8 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid.
La efectividad de su concesión quedará condicionada al destino de la misma para la finalidad para la que se concedió.
BOCM-20241106-39
Tercera
B.O.C.M. Núm. 265
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 6 DE NOVIEMBRE DE 2024
Pág. 111
V. La financiación objeto de este Convenio se encuentra contemplada dentro de la
Orden 100/2024, de la Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se
aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones 2024 de la Consejería de Familia, Juventud y
Asuntos Sociales. En concreto se enmarca en el Objetivo 13, Línea 1.
VI. Las actuaciones del presente Convenio serán cofinanciadas al 40 % por el Fondo Social Europeo dentro del Programa FSE+ 2021-2027 de la Comunidad de Madrid, Prioridad 1 Empleo, Objetivo específico C “Promover una participación equilibrada de género
en el mercado de trabajo, unas condiciones de trabajo equitativas y una mejora del equilibrio entre la vida laboral y la familiar, en particular mediante el acceso a unos servicios asequibles de atención a la infancia y de atención a personas dependientes”.
VII. Es deseo de las partes firmantes fomentar la formación específica en igualdad
de oportunidades entre mujeres y hombres y, en virtud de las atribuciones conferidas,
acuerdan suscribir el presente convenio de acuerdo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Objeto
Constituye el objeto del presente Convenio la formalización, por concesión directa por
razones de interés social, de una subvención a la Cámara Oficial de Comercio, Industria y
Servicios de Madrid para la puesta en marcha de las acciones que contribuyan al impulso
y fomento de la igualdad y la implementación de medidas y estrategias de fomento de la
conciliación/corresponsabilidad entre mujeres y hombres, incluyendo la sensibilización y
la prevención de la violencia de género, en las empresas madrileñas, así como la empleabilidad de las mujeres, mediante las siguientes líneas de actuación:
1. Igualdad de oportunidades y corresponsabilidad entre mujeres y hombres: Impulsar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres y el fomento de la corresponsabilidad en las organizaciones como elementos clave para el logro de una igualdad real y
efectiva en el desarrollo empresarial.
2. Violencia de género en el ámbito laboral: Impulsar la gestión empresarial del acoso sexual y por razón de sexo en el ámbito laboral, como reflejo de la violencia de género
en los entornos empresariales y empoderar y facilitar el acceso al mercado laboral de las
mujeres víctimas de violencia de género.
3. Empleabilidad de las mujeres: Facilitar el acceso de las mujeres a acciones formativas clave para impulsar su empleabilidad y para potenciar su visibilidad en el mercado de
trabajo en igualdad de condiciones que los hombres.
Segunda
Ejecución del convenio
La ejecución de las acciones objeto del Convenio se hará desde la firma del Convenio,
hasta el 31 de diciembre de 2024. No obstante, podrán imputarse gastos realizados con anticipación y gastos preparatorios, así como aquellos destinados a la ejecución de las actividades recogidas en el presente Convenio, desde el 1 de enero de 2024, por lo que se entenderán incluidas las acciones realizadas durante todo el año natural.
Obligaciones por parte de la Cámara Oficial de Comercio, Industria
y Servicios de Madrid
La Cámara a la que se le concede la subvención deberán cumplir las obligaciones señaladas en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en
el artículo 8 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid.
La efectividad de su concesión quedará condicionada al destino de la misma para la finalidad para la que se concedió.
BOCM-20241106-39
Tercera