Galapagar (BOCM-20241105-67)
Organización y funcionamiento. Ordenanza circulación
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B.O.C.M. Núm. 264

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 5 DE NOVIEMBRE DE 2024

la persona usuaria acudir a otra máquina expendedora que estuviere en funcionamiento, o bien al personal encargado del control del servicio.
c) Las tarjetas para vehículos de residentes o titulares de vehículos comerciales e industriales, incluidos en el régimen de empresa, que hayan sido obtenidas o renovadas para el año en curso.
d) Otras tarjetas de autorización especial expedidas por el Ayuntamiento u órgano
competente.
Los títulos señalados en las letras b), c) y d) anteriores deberán exhibirse en el salpicadero del vehículo o adheridos al parabrisas delantero interior del mismo, fijándolo convenientemente para evitar su caída y de forma que resulte totalmente visible desde el exterior, con el objeto de permitir su observación y comprobación por parte de los controladores
del servicio o de los agentes de la autoridad, de tal modo que si no se hiciera así se entenderá que el vehículo carece del mismo.
3. El sistema de adjudicación de las tarjetas que correspondan se realizará mediante
Decreto de la Alcaldía Presidencia del Ayuntamiento de Galapagar, determinando la documentación que se deberá aportar en cada caso.
4. En el supuesto de haber superado el tiempo máximo de duración del estacionamiento previamente abonado, con un límite de 60 minutos, podrá paralizarse el proceso de
denuncia mediante el pospago de la cuantía que establezca la Ordenanza fiscal reguladora
de la Tasa por estacionamiento de vehículos en determinadas vías públicas de Galapagar
(Tasa Ser).
Art. 68. Tarifas.—El régimen de tarifas y sus modificaciones se regirán por lo dispuesto en la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa correspondiente.
1. La tarifa general o de estacionamientos puntuales, será aplicada a cuantas personas poseedoras de vehículos de tracción mecánica utilicen el servicio de estacionamiento
situados en las zonas determinadas por el Ayuntamiento. Si el vehículo no ha sobrepasado
el tiempo establecido en la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa, la persona usuaria podrá
obtener un ticket pospago (anulación de denuncias), por el importe señalado en la misma.
Se establece para los estacionamientos puntuales regulados por tarifa general, un
máximo de 10 horas/día.
2. Las tarifas especiales serán aquellas a las que podrán acogerse las personas titulares de la tarjeta de residente, titulares de vehículos comerciales e industriales, incluidos en
el régimen de empresa u otras tarjetas de autorización especial expedidas por el Ayuntamiento u órgano competente.
Art. 69. Tarjetas.—1. El Ayuntamiento podrá autorizar las siguientes tarjetas:
Tarjeta de residente:
Podrán obtenerla las personas físicas propietarias de vehículos que así lo soliciten, en
el impreso oficial que se establezca al efecto, que reúnan los siguientes requisitos:
a) Estar empadronadas y ser residentes en alguna vivienda incluida en la zona SER.
Podrán optar a la tarjeta de residente aquellos vecinos residentes en calles y avenidas, que sin estar incluidas en la zona SER, se encuentren en vías adyacentes a la
zona delimitada, siempre y cuando los residentes en dichas calles tengan las mismas
características funcionales que otros residentes en calles de la zona delimitada.
b) Estar en posesión del permiso de circulación. En el caso de vehículos cuyo permiso de circulación esté a nombre de personas jurídicas, que en la póliza del seguro
del vehículo figure como conductor habitual.
c) Abonar la tasa establecida en la Ordenanza Fiscal correspondiente.
d) Estar al corriente de pago de sus obligaciones tributarias con esta administración y
no tener pendiente deudas con el Ayuntamiento de Galapagar, sin que éstas se encuentren aplazadas, fraccionadas o respecto de las cuales se haya declarado su suspensión.
Se otorga al titular un único distintivo por vehículo. En el supuesto de poseer más de un
vehículo podrá otorgarse distintivo adicional para cada uno de ellos, cuando el titular conviva con su cónyuge, parientes en primer grado de consanguinidad o parejas de hecho inscritas en el registro correspondiente, en el mismo domicilio y que posean permiso de conducción. En los casos en los que la vivienda cuente con plaza de estacionamiento privada, no
podrán concederse más de 2 tarjetas de residente por vivienda. La concesión de más de una
tarjeta de residente por vivienda podrá regularse mediante Decreto de la Alcaldía Presidencia del Ayuntamiento de Galapagar, en función del espacio disponible en la vía pública.

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