Morata de Tajuña (BOCM-20241105-79)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 264
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 5 DE NOVIEMBRE DE 2024
Pág. 335
El test se calificará de acuerdo a los siguientes criterios:
— Las respuestas acertadas se calificarán con 0,1 puntos.
— Las respuestas erróneas se calificarán con − 0,033 puntos.
— Las respuestas no contestadas no puntuarán ni positiva ni negativamente.
9.4. Calificación del reconocimiento médico:
El reconocimiento médico se calificará como “apto/a” o “no apto/a”.
Para la valoración y calificación de las pruebas psicotécnicas, físicas y de reconocimiento médico se requerirá los servicios de personal especializado que emitirá su informe
con arreglo a las condiciones de la convocatoria. A la vista de dicho informe el Tribunal
Calificador resolverá.
9.5. Calificación de las pruebas físicas: se calificarán de 5 a 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos en cada una de ellas. Para la realización de cada prueba
será necesaria la previa superación de la anterior.
La nota final será la media aritmética correspondiente al conjunto de las pruebas, con
decimales hasta la centena en cada una de las pruebas, con aproximación del tercer decimal.
Las marcas a las que corresponde cada puntuación serán recogidas en el Anexo I.
9.6. Calificación final de la fase de oposición: la calificación final de la fase de oposición será la suma de las calificaciones finales obtenidas en las pruebas de naturaleza puntuable, quedando eliminados quienes no hayan superado cada una de las cuatro pruebas, estableciéndose en tal suma una ponderación consistente en que el resultado obtenido en la
prueba cultural suponga el 60 % de la calificación final de la fase de oposición, y el de las
pruebas físicas el 40 % restante.
El Tribunal hará pública en la sede electrónica municipal la relación de aspirantes que
hayan superado la fase de oposición, con indicación de la puntuación obtenida. Dicha publicación se efectuará en el plazo máximo de un mes, que podrá ser prorrogado, por una
sola vez, por causas justificadas y previa resolución motivada.
10.1. Criterios de valoración:
Finalizada la fase de oposición, se accederá a la fase de concurso, en la que tan solo
participarán aquellos aspirantes que hubieran superado la fase de oposición.
Consistirá en la calificación de los méritos alegados y acreditados documentalmente
por los aspirantes antes de la finalización del plazo de admisión de instancias.
Todos los méritos alegados, deberán acreditarse mediante documentos públicos administrativos, entendiendo por tales certificados, diplomas, hago constar o cualquier otro medio
que a juicio del Tribunal Calificador acredite fehacientemente lo alegado.
La valoración se llevará conforme al siguiente baremo:
10.1.1. Servicios prestados, con una puntuación máxima de 0,40 puntos:
— Como agente auxiliar: 0,05 puntos por año o fracción superior a 6 meses.
— Como agente de movilidad: 0,05 puntos por año o fracción superior a 6
meses.
10.1.2. Titulaciones oficiales, con una puntuación máxima de 0,90 puntos, entendiéndose como tales las siguientes titulaciones reconocidas por el Ministerio
competente en materia de Educación y Formación Profesional, y sin que pueda computarse la titulación exigida para participar en el proceso selectivo:
— Doctorado: 0,80 puntos.
— Máster oficial de estudios universitarios de 120 o más créditos del Sistema Europeo de Transferencia y Acumulación de créditos (en adelante
ECTS): 0, 20 puntos.
— Máster oficial de estudios universitarios de 60 a 119 créditos ECTS: 0,10
puntos.
— Licenciatura o título de grado de, al menos, 300 créditos ECTS: 0,50
puntos.
— Grado universitario de 240 créditos ECTS: 0,40 puntos.
— Diplomatura o grado universitario de 180 créditos ECTS: 0,30 puntos.
— Técnico Superior o Técnico Especialista de Formación Profesional: 0,20
puntos.
BOCM-20241105-79
10. Fase de concurso
B.O.C.M. Núm. 264
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 5 DE NOVIEMBRE DE 2024
Pág. 335
El test se calificará de acuerdo a los siguientes criterios:
— Las respuestas acertadas se calificarán con 0,1 puntos.
— Las respuestas erróneas se calificarán con − 0,033 puntos.
— Las respuestas no contestadas no puntuarán ni positiva ni negativamente.
9.4. Calificación del reconocimiento médico:
El reconocimiento médico se calificará como “apto/a” o “no apto/a”.
Para la valoración y calificación de las pruebas psicotécnicas, físicas y de reconocimiento médico se requerirá los servicios de personal especializado que emitirá su informe
con arreglo a las condiciones de la convocatoria. A la vista de dicho informe el Tribunal
Calificador resolverá.
9.5. Calificación de las pruebas físicas: se calificarán de 5 a 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos en cada una de ellas. Para la realización de cada prueba
será necesaria la previa superación de la anterior.
La nota final será la media aritmética correspondiente al conjunto de las pruebas, con
decimales hasta la centena en cada una de las pruebas, con aproximación del tercer decimal.
Las marcas a las que corresponde cada puntuación serán recogidas en el Anexo I.
9.6. Calificación final de la fase de oposición: la calificación final de la fase de oposición será la suma de las calificaciones finales obtenidas en las pruebas de naturaleza puntuable, quedando eliminados quienes no hayan superado cada una de las cuatro pruebas, estableciéndose en tal suma una ponderación consistente en que el resultado obtenido en la
prueba cultural suponga el 60 % de la calificación final de la fase de oposición, y el de las
pruebas físicas el 40 % restante.
El Tribunal hará pública en la sede electrónica municipal la relación de aspirantes que
hayan superado la fase de oposición, con indicación de la puntuación obtenida. Dicha publicación se efectuará en el plazo máximo de un mes, que podrá ser prorrogado, por una
sola vez, por causas justificadas y previa resolución motivada.
10.1. Criterios de valoración:
Finalizada la fase de oposición, se accederá a la fase de concurso, en la que tan solo
participarán aquellos aspirantes que hubieran superado la fase de oposición.
Consistirá en la calificación de los méritos alegados y acreditados documentalmente
por los aspirantes antes de la finalización del plazo de admisión de instancias.
Todos los méritos alegados, deberán acreditarse mediante documentos públicos administrativos, entendiendo por tales certificados, diplomas, hago constar o cualquier otro medio
que a juicio del Tribunal Calificador acredite fehacientemente lo alegado.
La valoración se llevará conforme al siguiente baremo:
10.1.1. Servicios prestados, con una puntuación máxima de 0,40 puntos:
— Como agente auxiliar: 0,05 puntos por año o fracción superior a 6 meses.
— Como agente de movilidad: 0,05 puntos por año o fracción superior a 6
meses.
10.1.2. Titulaciones oficiales, con una puntuación máxima de 0,90 puntos, entendiéndose como tales las siguientes titulaciones reconocidas por el Ministerio
competente en materia de Educación y Formación Profesional, y sin que pueda computarse la titulación exigida para participar en el proceso selectivo:
— Doctorado: 0,80 puntos.
— Máster oficial de estudios universitarios de 120 o más créditos del Sistema Europeo de Transferencia y Acumulación de créditos (en adelante
ECTS): 0, 20 puntos.
— Máster oficial de estudios universitarios de 60 a 119 créditos ECTS: 0,10
puntos.
— Licenciatura o título de grado de, al menos, 300 créditos ECTS: 0,50
puntos.
— Grado universitario de 240 créditos ECTS: 0,40 puntos.
— Diplomatura o grado universitario de 180 créditos ECTS: 0,30 puntos.
— Técnico Superior o Técnico Especialista de Formación Profesional: 0,20
puntos.
BOCM-20241105-79
10. Fase de concurso