D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20241104-51)
Convenio – Convenio de 21 de octubre de 2024, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia Juventud y Asuntos Sociales y la Confederación Española de aulas de tercera edad (CEATE), para la concesión directa de una ayuda de 75.000 euros para realización de visitas culturales y acciones de voluntariado en la Comunidad Madrid dirigidas a colectivos vulnerables
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BOCM
Pág. 420
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 4 DE NOVIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 263
como el impulso de políticas de servicios sociales en relación con las personas y grupos en
situación o riesgo de exclusión social, personas sin hogar, inmigrantes, minorías étnicas y
otros grupos de población en situación de necesidad o de vulnerabilidad social.
V. Por otro lado, hay que recordar que el acceso a la cultura es un derecho que dignifica a la persona y normaliza su inclusión plena a la sociedad. De ese modo, la inclusión
en el consumo cultural de los colectivos arriba mencionados tiene como propósito conseguir una sociedad más justa e inclusiva.
VI. Asimismo, dentro de las políticas de voluntariado, el fomento del voluntariado
de y para personas mayores, como medio de lucha contra la Soledad No Deseada, así como
el impulso del envejecimiento activo, están consideradas como líneas de acción social prioritarias de la Comunidad de Madrid.
VII. El fomento del voluntariado incluye, también, el conjunto de actividades promovidas y apoyadas por una empresa o corporación que tienen como finalidad la involucración y participación libre de sus integrantes a través de la dedicación de su tiempo, capacidades y talentos a causas, proyectos y organizaciones sin ánimo de lucro.
VIII. CEATE es una organización de más de 40 años de antigüedad, que cuenta desde el año 1993 con un programa de voluntariado cultural. Entre sus fines, según lo referido
en el artículo 3 de sus Estatutos están organizar, promover y desarrollar programas y acciones de Voluntariado Cultural de mayores e Intergeneracional, que favorezcan su participación activa, creativa y solidaria, ofreciendo a todos los participantes los medios necesarios
para que estas actividades sean útiles y tengan un efecto positivo en la sociedad, así como
promover y difundir el patrimonio artístico, cultural, histórico, tecnológico y científico de
nuestro país y del resto de países del mundo por Voluntarias y Voluntarios Mayores.
IX. Su experiencia en el ámbito del voluntariado cultural resulta única, tanto por los
más de 500 voluntarios mayores de 55 años que ejercen en la Comunidad de Madrid, como
por su capacidad organizativa, realizando visitas a 32 museos y 37 espacios culturales diversos repartidos por toda la geografía madrileña.
X. El artículo 4.5.c) 3.o, de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid, autoriza la concesión de forma directa con carácter excepcional de
aquellas subvenciones en las que se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario, previa aprobación por Acuerdo de Consejo de Gobierno. Asimismo, y el
artículo 4.6 de la citada ley, establece la necesita de emitir informe justificativo sobre la
concurrencia de las razones excepcionales que aconsejan la utilización del procedimiento
de concesión directa, firmado por el titular de la Consejería.
XI. A su vez, artículo 22.2 c) de la Ley General de Subvenciones, de 17 de noviembre, recoge la posibilidad de conceder de forma directa con carácter excepcional aquellas
subvenciones en que se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública.
XII. Asimismo, el plan Estratégico de Subvenciones del año 2024 de la Consejería
de Familia, Juventud y Política Social, recoge en su Objetivo 5. Fomentar el voluntariado
social, cultural, deportivo y de cualquier otra índole, así como impulsar la acción voluntaria, la participación ciudadana, el emprendimiento social, la solidaridad organizada y la
ayuda humanitaria y específicamente, una línea para la concesión de una ayuda para contribuir a la realización de realización de un proyecto específico de voluntariado de visitas
culturales dirigidas a colectivos vulnerables.
XIII. Con fecha de 16 de octubre de 2024, el Consejo de Gobierno aprobó la celebración de este convenio.
En virtud de cuanto antecede, es deseo de las partes, dada su confluencia de intereses,
suscribir este convenio, conforme a las siguientes
Primero
Objeto y finalidad del convenio
El objeto del convenio es la concesión de una ayuda directa para la financiación de la
Confederación Española de Aulas de Tercera Edad (CEATE), cuyos costes están vincu-
BOCM-20241104-51
CLÁUSULAS
Pág. 420
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 4 DE NOVIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 263
como el impulso de políticas de servicios sociales en relación con las personas y grupos en
situación o riesgo de exclusión social, personas sin hogar, inmigrantes, minorías étnicas y
otros grupos de población en situación de necesidad o de vulnerabilidad social.
V. Por otro lado, hay que recordar que el acceso a la cultura es un derecho que dignifica a la persona y normaliza su inclusión plena a la sociedad. De ese modo, la inclusión
en el consumo cultural de los colectivos arriba mencionados tiene como propósito conseguir una sociedad más justa e inclusiva.
VI. Asimismo, dentro de las políticas de voluntariado, el fomento del voluntariado
de y para personas mayores, como medio de lucha contra la Soledad No Deseada, así como
el impulso del envejecimiento activo, están consideradas como líneas de acción social prioritarias de la Comunidad de Madrid.
VII. El fomento del voluntariado incluye, también, el conjunto de actividades promovidas y apoyadas por una empresa o corporación que tienen como finalidad la involucración y participación libre de sus integrantes a través de la dedicación de su tiempo, capacidades y talentos a causas, proyectos y organizaciones sin ánimo de lucro.
VIII. CEATE es una organización de más de 40 años de antigüedad, que cuenta desde el año 1993 con un programa de voluntariado cultural. Entre sus fines, según lo referido
en el artículo 3 de sus Estatutos están organizar, promover y desarrollar programas y acciones de Voluntariado Cultural de mayores e Intergeneracional, que favorezcan su participación activa, creativa y solidaria, ofreciendo a todos los participantes los medios necesarios
para que estas actividades sean útiles y tengan un efecto positivo en la sociedad, así como
promover y difundir el patrimonio artístico, cultural, histórico, tecnológico y científico de
nuestro país y del resto de países del mundo por Voluntarias y Voluntarios Mayores.
IX. Su experiencia en el ámbito del voluntariado cultural resulta única, tanto por los
más de 500 voluntarios mayores de 55 años que ejercen en la Comunidad de Madrid, como
por su capacidad organizativa, realizando visitas a 32 museos y 37 espacios culturales diversos repartidos por toda la geografía madrileña.
X. El artículo 4.5.c) 3.o, de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid, autoriza la concesión de forma directa con carácter excepcional de
aquellas subvenciones en las que se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario, previa aprobación por Acuerdo de Consejo de Gobierno. Asimismo, y el
artículo 4.6 de la citada ley, establece la necesita de emitir informe justificativo sobre la
concurrencia de las razones excepcionales que aconsejan la utilización del procedimiento
de concesión directa, firmado por el titular de la Consejería.
XI. A su vez, artículo 22.2 c) de la Ley General de Subvenciones, de 17 de noviembre, recoge la posibilidad de conceder de forma directa con carácter excepcional aquellas
subvenciones en que se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública.
XII. Asimismo, el plan Estratégico de Subvenciones del año 2024 de la Consejería
de Familia, Juventud y Política Social, recoge en su Objetivo 5. Fomentar el voluntariado
social, cultural, deportivo y de cualquier otra índole, así como impulsar la acción voluntaria, la participación ciudadana, el emprendimiento social, la solidaridad organizada y la
ayuda humanitaria y específicamente, una línea para la concesión de una ayuda para contribuir a la realización de realización de un proyecto específico de voluntariado de visitas
culturales dirigidas a colectivos vulnerables.
XIII. Con fecha de 16 de octubre de 2024, el Consejo de Gobierno aprobó la celebración de este convenio.
En virtud de cuanto antecede, es deseo de las partes, dada su confluencia de intereses,
suscribir este convenio, conforme a las siguientes
Primero
Objeto y finalidad del convenio
El objeto del convenio es la concesión de una ayuda directa para la financiación de la
Confederación Española de Aulas de Tercera Edad (CEATE), cuyos costes están vincu-
BOCM-20241104-51
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