B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20241104-15)
Concurso de traslados – Resolución de 22 de octubre de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se convoca concurso de traslados de ámbito estatal para funcionarios de los Cuerpos de Inspectores al Servicio de la Administración Educativa e Inspectores de Educación
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 263
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 4 DE NOVIEMBRE DE 2024
Pág. 255
visional en el ámbito de gestión de esta Consejería con anterioridad a la fecha de
publicación de esta convocatoria.
f) Los funcionarios que, habiendo estado adscritos a plazas en el exterior, deban reincorporarse al ámbito de gestión de esta Consejería en el curso 2025-2026 o que,
habiéndose reincorporado en cursos anteriores, no hubieran obtenido un destino
definitivo.
g) Los aspirantes seleccionados en el concurso oposición para acceso al Cuerpo de
Inspectores de Educación, convocado por Resolución de 23 de noviembre de 2023,
que han sido nombrados funcionarios en prácticas por Resolución de 14 de agosto de 2024 y estén obligados a obtener su primer destino definitivo en el ámbito
de gestión de esta Consejería.
También deberán participar, según lo indicado en el párrafo anterior, aquellos que,
al haber sido seleccionados en cumplimiento de sentencia, por interrupción, solicitud de aplazamiento u otras causas, no han finalizado el período de prácticas, y
las estén realizando en el curso 2024-2025.
Los funcionarios incluidos en este apartado que no participen en el presente concurso o, si participando, no obtuvieran destino en alguno de las plazas solicitadas,
se les adjudicará de oficio destino definitivo, con ocasión de vacante, en plazas dependientes de esta Consejería.
Cuarta
Derecho preferente a localidad
El personal funcionario tendrá derecho preferente a localidad cuando se encuentre en alguno de los supuestos aplicables y por el orden de prelación que se recoge en el artículo 17
del Real Decreto 1364/2010, de 29 de octubre, modificado por el Real Decreto 677/2024.
Los funcionarios que se acojan al derecho preferente a la localidad, lo harán constar
expresamente en su solicitud de participación, indicando la causa en la que apoyan su petición
y consignando en su solicitud, en primer lugar, el código de la Dirección de Área Territorial
en la que aspiren a ejercitarlo. Asimismo, podrán incluir en su solicitud otras plazas no acogidas a este derecho preferente.
Los participantes que tengan derecho preferente a obtener destino en una localidad, si
desean hacer uso de este derecho, deberán participar en todas las convocatorias incluyendo
plazas de dicha localidad. Si no participan, se les tendrá por decaído del derecho preferente.
Quinta
La Dirección General de Recursos Humanos es el órgano competente para la tramitación de las solicitudes, así como para resolver cuantas incidencias se susciten durante el
desarrollo del procedimiento.
5.1. Presentación de la solicitud.
Cada participante deberá presentar una única solicitud por cuerpo desde el que se
participe, consignando todas las plazas a que se opte. En caso de presentación en tiempo
y forma de más de una solicitud, sólo será tenida en cuenta la última presentada.
De conformidad con lo establecido en el apartado e) del artículo 14.2 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la presentación de la solicitud se realizará a través de medios electrónicos. Las solicitudes de participación se cumplimentarán exclusivamente por medios electrónicos, en la
aplicación a la que se accede a través del portal de la Comunidad de Madrid en
https://sede.comunidad.madrid/oferta-empleo/conc-traslados-inspectores-educ-24-25 y,
con carácter meramente informativo y sin efectos administrativos, a través del portal
“personal + educación” ( http://www.comunidad.madrid/servicios/personal-educacion ),
siguiendo la siguiente secuencia: “Funcionarios Docentes”, “Concursos y cese voluntario”, “Concurso de traslados de Inspectores”.
Para poder presentar la solicitud por medios electrónicos, es necesario disponer de uno
de los certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean
operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la “Lista
de confianza de prestadores de servicios de certificación”, o bien estar dado de alta en IDentifica, medio de identificación y firma digital de la Comunidad de Madrid, o en alguno de
los sistemas de identificación y autenticación Cl@ve de la Administración General del
BOCM-20241104-15
Solicitudes
B.O.C.M. Núm. 263
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 4 DE NOVIEMBRE DE 2024
Pág. 255
visional en el ámbito de gestión de esta Consejería con anterioridad a la fecha de
publicación de esta convocatoria.
f) Los funcionarios que, habiendo estado adscritos a plazas en el exterior, deban reincorporarse al ámbito de gestión de esta Consejería en el curso 2025-2026 o que,
habiéndose reincorporado en cursos anteriores, no hubieran obtenido un destino
definitivo.
g) Los aspirantes seleccionados en el concurso oposición para acceso al Cuerpo de
Inspectores de Educación, convocado por Resolución de 23 de noviembre de 2023,
que han sido nombrados funcionarios en prácticas por Resolución de 14 de agosto de 2024 y estén obligados a obtener su primer destino definitivo en el ámbito
de gestión de esta Consejería.
También deberán participar, según lo indicado en el párrafo anterior, aquellos que,
al haber sido seleccionados en cumplimiento de sentencia, por interrupción, solicitud de aplazamiento u otras causas, no han finalizado el período de prácticas, y
las estén realizando en el curso 2024-2025.
Los funcionarios incluidos en este apartado que no participen en el presente concurso o, si participando, no obtuvieran destino en alguno de las plazas solicitadas,
se les adjudicará de oficio destino definitivo, con ocasión de vacante, en plazas dependientes de esta Consejería.
Cuarta
Derecho preferente a localidad
El personal funcionario tendrá derecho preferente a localidad cuando se encuentre en alguno de los supuestos aplicables y por el orden de prelación que se recoge en el artículo 17
del Real Decreto 1364/2010, de 29 de octubre, modificado por el Real Decreto 677/2024.
Los funcionarios que se acojan al derecho preferente a la localidad, lo harán constar
expresamente en su solicitud de participación, indicando la causa en la que apoyan su petición
y consignando en su solicitud, en primer lugar, el código de la Dirección de Área Territorial
en la que aspiren a ejercitarlo. Asimismo, podrán incluir en su solicitud otras plazas no acogidas a este derecho preferente.
Los participantes que tengan derecho preferente a obtener destino en una localidad, si
desean hacer uso de este derecho, deberán participar en todas las convocatorias incluyendo
plazas de dicha localidad. Si no participan, se les tendrá por decaído del derecho preferente.
Quinta
La Dirección General de Recursos Humanos es el órgano competente para la tramitación de las solicitudes, así como para resolver cuantas incidencias se susciten durante el
desarrollo del procedimiento.
5.1. Presentación de la solicitud.
Cada participante deberá presentar una única solicitud por cuerpo desde el que se
participe, consignando todas las plazas a que se opte. En caso de presentación en tiempo
y forma de más de una solicitud, sólo será tenida en cuenta la última presentada.
De conformidad con lo establecido en el apartado e) del artículo 14.2 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la presentación de la solicitud se realizará a través de medios electrónicos. Las solicitudes de participación se cumplimentarán exclusivamente por medios electrónicos, en la
aplicación a la que se accede a través del portal de la Comunidad de Madrid en
https://sede.comunidad.madrid/oferta-empleo/conc-traslados-inspectores-educ-24-25 y,
con carácter meramente informativo y sin efectos administrativos, a través del portal
“personal + educación” ( http://www.comunidad.madrid/servicios/personal-educacion ),
siguiendo la siguiente secuencia: “Funcionarios Docentes”, “Concursos y cese voluntario”, “Concurso de traslados de Inspectores”.
Para poder presentar la solicitud por medios electrónicos, es necesario disponer de uno
de los certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean
operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la “Lista
de confianza de prestadores de servicios de certificación”, o bien estar dado de alta en IDentifica, medio de identificación y firma digital de la Comunidad de Madrid, o en alguno de
los sistemas de identificación y autenticación Cl@ve de la Administración General del
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