B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20241104-14)
Concurso de traslados –  Resolución de 21 de octubre de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se convoca concurso de traslados de ámbito estatal de los Cuerpos de Maestros, Catedráticos, Profesores de Enseñanza Secundaria, Técnicos de Formación Profesional (a extinguir), Especialistas en sectores singulares de Formación Profesional, Escuelas Oficiales de Idiomas, Música y Artes Escénicas, y Profesores y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 263

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 4 DE NOVIEMBRE DE 2024

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ciones, 6.2. Por premios o proyectos de investigación o innovación y 6.3. Méritos Artísticos y Literarios) del baremo de méritos establecido en el Anexo 2.
La composición de cada Comisión será la siguiente:
— Un Presidente, designado directamente por la Dirección General de Recursos
Humanos que será, preferentemente, catedrático de la especialidad o una de las especialidades que conformen la Comisión.
— Cuatro vocales que serán elegidos, de forma voluntaria o, en su defecto, por sorteo
público. Actuará como Secretario, en cada una de ellas, el vocal de menor edad,
salvo que la Comisión acuerde determinar su nombramiento de otra manera.
Asimismo, se nombrarán Presidentes y vocales suplentes por el mismo procedimiento.
Todos los miembros deberán tener la condición de funcionarios de carrera en activo
pertenecientes a los Cuerpos de Catedráticos, Profesores de Enseñanza Secundaria, Técnicos de Formación Profesional (a extinguir), Especialistas en sectores singulares de Formación Profesional, Escuelas Oficiales de Idiomas, Música y Artes Escénicas, y Profesores y
Maestros de Taller de Artes Plásticas de las especialidades correspondientes.
La designación de los cuatro miembros vocales, tanto titulares como suplentes, se realizará mediante sorteo, no obstante, lo anterior, previa a la realización del mismo, la Dirección General de Recursos Humanos promoverá la participación voluntaria tanto de Presidentes como vocales en dichos órganos de valoración, con sujeción a la resolución que la
Dirección General de Recursos Humanos dicte al efecto.
Cuando no exista suficiente número de funcionarios de carrera que hayan solicitado su
participación voluntaria, está Administración designará por sorteo público a tantos vocales
como sean necesarios.
El sorteo para la elección de los vocales titulares y suplentes se celebrará el día siguiente
hábil al de finalización de la fecha de presentación de solicitudes en la sede de la Dirección General de Recursos Humanos, c/ Santa Hortensia n.o 30, planta baja a las 12 horas de la mañana, extrayéndose al azar, en primer lugar, las dos letras iniciales del primer apellido del primer
Vocal titular y, a continuación, las otras dos letras que determinarán las dos iniciales del segundo apellido del mismo Vocal. Si no existiera ningún primer y /o segundo apellido que comience con estas letras, se acudirá al inmediatamente siguiente en orden alfabético.
Podrán quedar excluidos del sorteo los funcionarios de carrera de aquellas especialidades que por necesidades de servicio o planificación educativa así lo determine la Dirección General de Recursos Humanos.
En el sorteo se extraerán, en primer lugar, todos los vocales titulares de cada especialidad seguidos de los vocales suplentes.
6.2.

Procedimiento para la valoración de los demás méritos de los concursantes

La valoración de todos los demás méritos se realizará por las siguientes unidades de la
Dirección General de Recursos Humanos: por el Servicio de Gestión del Profesorado de
Educación Infantil, Primaria y Educación Especial II para la valoración de los méritos de
los funcionarios del Cuerpo de Maestros, y por el Servicio de Gestión del Profesorado de
Educación Secundaria, Bachillerato, Formación Profesional, Artísticas e Idiomas II, para
los del resto de cuerpos.
Séptima

Una vez recibidas las actas de las Comisiones de valoración, mediante resolución de
la Dirección General de Recursos Humanos, se publicará la lista provisional de admitidos
y excluidos junto con el baremo provisional con las puntuaciones obtenidas, abriéndose un
plazo de cinco días hábiles, a contar a partir del día siguiente de su publicación, para presentar alegaciones, a efectos de subsanar los errores en que se hubiera podido incurrir en la
valoración de los méritos, así como su eventual exclusión.
En los listados se indicará, la convocatoria, la modalidad de participación, la puntuación provisional de cada uno de los participantes admitidos, así como la relación provisional de participantes excluidos al concurso y la relación de excluidos al ejercicio del derecho preferente, con indicación en ambos casos de las causas de exclusión.
Los citados listados se publicarán en el portal de la Comunidad de Madrid siguiendo
la ruta indicada en el apartado 5.1. Las alegaciones, tanto a las listas de excluidos como al

BOCM-20241104-14

Lista provisional de admitidos con baremo provisional y listas de excluidos
con las causas de exclusión. Plazo de alegaciones